Por la presente y al amparo de lo dispuesto en
el artículo 39 y siguientes del Real Decreto
2857/1878, de 25 de agosto, que aprueba el
Reglamento General para el Régimen de la Minería, se
hace público que mediante Resolución de 2 de
noviembre de 1999, por parte de la Consejería de
Industria, Comercio y Turismo, se ha acordado el
inicio del expediente, a instancias de la sociedad
"Balneario Caldas de Oviedo, Sociedad Anónima",
para la declaración de la condición de termal de
las aguas que surgen en el manantial de Las Caldas
de Oviedo.
Oviedo, 3 de noviembre de 1999.-El Jefe del
Servicio de Promoción y Desarrollo Minero, José
Benito Soler Menéndez.-&4.747.
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