Duplicación de calzada. Variante noreste de
Palencia. Carretera N-611, puntos kilométricos 3
al 12,345 (T7-P-2700).
Duplicación de calzada. Carretera N-610.
Variante norte de Palencia. Provincia de Palencia
(T7-P-2710).
El excelentísimo señor Secretario de Estado de
Infraestructuras y Transportes, por delegación del
excelentísimo señor Ministro de Fomento (Orden
de 30 de mayo de 1996), con fechas 27 y 24 de
septiembre de 1999, aprobó provisionalmente los
proyectos de trazado más arriba expresados y ordenó
incoar el correspondiente expediente de información
pública en cumplimiento de cuanto establece el
artículo 10 de la vigente Ley de Carreteras ("Boletín
Oficial del Estado" de 30 de julio de 1988) y
concordantes de su Reglamento, y a efectos de lo
dispuesto en el Real Decreto 1302/1986, de evaluación
de impacto ambiental ("Boletín Oficial del Estado"
de 30 de junio de 1986) y su Reglamento (Real
Decreto 1131/1988).
Esta Demarcación, de conformidad con lo
indicado, abre un período de treinta días hábiles (a
contar del primer día hábil siguiente al de la fecha
de publicación del anuncio en el "Boletín Oficial
del Estado"), durante el cual ejemplares de estos
proyectos de trazado se encontrarán expuestos al
público en las oficinas de esta Demarcación de
Carreteras del Estado en Castilla y León occidental
(edificio administrativo de uso múltiple, plaza de
la Constitución, sin número, cuarta planta, 47074
Valladolid), y en los Ayuntamientos de la provincia
de Palencia: Palencia, Villalobón de Campos y
Villamuriel de Cerrato, el primer proyecto de trazado
T7-P-2700, y en los de Grijota y Palencia, el segundo
proyecto de trazado T7-P-2710, pudiendo durante
el expresado plazo presentarse en las dependencias
más arriba indicadas, las alegaciones y observaciones
oportunas, que deberán versar sobre las
circunstancias que justifiquen la declaración de interés
general de la autovía y sobre la concepción global de
su trazado, y todas aquellas que tengan relación
con el Real Decreto 1302/1986, de evaluación de
impacto ambiental y su Reglamento, indicando que
las nuevas calzadas tendrán limitación total de
accesos a las propiedades colindantes.
Valladolid, 2 de noviembre de 1999.-El Jefe de
la Demarcación, Antonio del Moral
Sánchez.-&5.660.
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