En cumplimiento de lo dispuesto en el
Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de Evaluación
de Impacto Ambiental para Galicia; Decreto
327/1991, de 4 de octubre, de Evaluación de Efectos
Ambientales para Galicia; los Decretos 2617/1966,
sobre autorización de instalaciones eléctricas;
2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones
en materia de expropiación; artículos 53 y 54 de
la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector
Eléctrico; artículo 25 de la Ley 10/1995, de 23
de noviembre, de Ordenación del Territorio de
Galicia, y Decreto 205/1995, de 6 de julio, por el que
se regula el aprovechamiento de la energía eólica
en la Comunidad Autónoma de Galicia, se somete
a información pública, a solicitud de la empresa
"Unión Fenosa Energías Especiales, Sociedad
Anónima", las instalaciones que a continuación se
describen:
Objeto de información pública:
Declaración ambiental.
Aprobación del Proyecto Sectorial de Incidencia
Supramunicipal.
Autorización administrativa y aprobación del
proyecto de ejecución de las instalaciones que
comprenden el Proyecto de "Parque Eólico de Peña
Forcada".
Denominación: Parque Eólico de Peña Forcada.
Peticionario: "Unión Fenosa Energías Especiales,
Sociedad Anónima". Calle Betanzos, 1, 1.o
izquierda. 15004 A Coruña.
Situación: Municipio de Camariñas (A Coruña).
Emplazamiento (coordenadas poligonales en
unidades UTM):
A (X=496.000, Y=4.777.000)
B (X=488.000, Y=4.777.000)
C (X=484.000, Y=4.779.000)
D (X=486.000, Y=4.782.000)
E (X=496.000, Y=4.782.000)
Características técnicas del parque eólico:
Número de aerogeneradores: 58.
Potencia nominal unitaria: 660 kW.
Potencia total instalada: 38,28 MW.
Tipo de aerogenerador: GAMESA G 47-660 kW.
Producción neta anual estimada: 119.093 MWh/
año.
Presupuesto total: 5.360.000.000 de pesetas.
Características técnicas de la infraestructura
eléctrica de generación, transformación e interconexión:
58 aerogeneradores tipo GAMESA G47-660 kW
de potencia nominal unitaria.
58 centros de transformación de 775 kWA de
potencia unitaria y relación de transformación
0,69/20 kV, instalados unitariamente en interior de
la torre del aerogenerador con su correspondiente
aparamenta de seccionamiento, maniobra y
protección.
Líneas de media tensión subterráneas para
evacuación de energía a 20 kV, de interconexión entre
centros de transformación y centros de recogida
de media tensión hasta el transformador de
66/20 kV de la subestación.
Líneas subterráneas de cable de fibra óptica de 4
fibras, desde los aerogeneradores a la subestación
de 66/20 kV.
Subestación transformadora de 66/20 kV para
evacuación de energía producida en el parque eólico
compuesta por un transformador principal de
66/20 kV y 45 MVA de potencial nominal y un
transformador para servicios auxiliares 20/0,38 kV,
de 400 kVA de potencia nominal y siete celdas
de 20 kV con los correspondientes equipos de
control, seccionamiento, maniobra, medida y
protección.
Todas aquellas personas o entidades que se
consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones
en esta Delegación Provincial, en el plazo de treinta
días.
A Coruña, 24 de noviembre de 1999.-El
Delegado provincial, Jesús Espada Martínez.-7.317.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid