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Documento BOE-B-1999-296030

Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas sobre notificación de resolución expediente sancionador.

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 11 de diciembre de 1999, páginas 16396 a 16396 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Subastas y concursos de obras y servicios
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-1999-296030

TEXTO

Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo

dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común (LRJPAC), y dado que no

ha podido ser efectuada notificación en su último

domicilio conocido, se notifica al Auditor de

cuentas, don José Carlos Balagué Doménech, que en

virtud de lo establecido en el artículo 20 del

Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la

potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto

1398/1993, de 4 de agosto, y en el artículo 55

del Reglamento que desarrolla la Ley 19/1988, de

12 de julio, de Auditoría de Cuentas, aprobado por

el Real Decreto 1636/1990, de 20 de diciembre,

ha sido dictada, con fecha 25 de noviembre de 1999,

y en el curso del expediente sancionador seguido

frente a él, resolución por parte del Presidente del

Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas,

previo informe del Comité consultivo.

Asimismo, se señala el lugar en donde el

interesado dispone de la resolución íntegra, dado que

en virtud de lo establecido en los artículos 60.2

y 61 de la citada LRJPAC, ésta no se publica en

su integridad.

Dicho expediente se inició por resolución del

Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría

de Cuentas de 11 de junio de 1999, formulando

el interesado alegaciones el 5 de julio de 1999.

Concluida la fase de instrucción, y una vez sometida

la propuesta de resolución de 30 de septiembre de

1999, y las alegaciones del interesado, de 28 de

octubre de 1999, a la consideración del Comité

Consultivo, de conformidad con lo establecido en

los artículos 16.2.c), 17.1, 17.3 y 17.5, de la Ley

19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas,

se ha resuelto por el Presidente del Instituto de

Contabilidad y Auditoría de Cuentas, con fecha 25

de noviembre de 1999:

Primero.-Declarar a don José Carlos Balagué

Doménech responsable de la comisión de una

infracción grave de las contempladas en el apartado 2.c)

del artículo 16 de la Ley de Auditoría de Cuentas,

al haber quedado acreditado el incumplimiento de

las normas técnicas de auditoría que pueda causar

perjuicio económico a terceros o a la entidad

auditada, en los trabajos de auditoría de las cuentas

anuales a 31 de diciembre de 1993, 1994, 1995

y 1996 de la entidad "Grupdeu, Sociedad Limitada".

Segundo.-Imponer a don José Carlos Balagué

Doménech multa por un importe de 500.000

pesetas.

A tenor de lo establecido en el apartado 5 del

citado artículo 17 de la Ley de Auditoría de Cuentas,

dicha sanción llevará aparejada la incompatibilidad

del Auditor de cuentas inculpado con respecto a

las cuentas anuales de "Grupdeu, Sociedad

Limitada", correspondientes a los tres primeros ejercicios

que se inicien con posterioridad a la fecha en que

la sanción adquiera firmeza en vía administrativa.

El ingreso correspondiente a dicha multa deberá

realizarse en el Tesoro, Caja de la Delegación

Provincial del Ministerio de Economía y Hacienda,

correspondiente al domicilio profesional del

sancionado, en el plazo a que se refiere el artículo

20 del Reglamento General de Recaudación

(R.G.R.), aprobado por el Real Decreto 1684/1990,

de 20 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"

de 3 de enero de 1991), tomando como fecha de

la notificación aquella en que la presente Resolución

adquiera firmeza en vía administrativa, a tenor de

lo dispuesto en el artículo 138.3 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común (LRJPAC), debiendo

remitir copia del correspondiente justificante de dicho

ingreso a este Instituto.

Contra la presente Resolución podrá interponer

recurso de alzada ante el Ministro de Economía

y hacienda, en el plazo de un mes, a contar desde

el día siguiente a la publicación de este anuncio

en el "Boletín Oficial del Estado", o al último de

exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento

de Barcelona, si éste fuera posterior, de acuerdo

con lo establecido en el artículo 114 de la LRJPAC,

según la redacción dada a este precepto por la Ley

4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 1 de diciembre de 1999.-El Secretario

general, Pedro de María Martín.-&7.034.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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