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Documento BOE-B-1999-6292

Otros anuncios oficiales

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 13 de abril de 1999, páginas 5110 a 5118 (9 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Referencia:
BOE-B-1999-6292

TEXTO

MINISTERIO

DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Delegaciones

TARRAGONA

Resolución por la que se realiza una investigación

patrimonial de la finca sita en el término municipal

de Reus (Tarragona)

La Dirección General del Patrimonio del Estado,

en fecha 29 de enero de 1999, ha ordenado la

realización de una investigación sobre la propiedad

de la finca polígono 57, parcela 08,010 (finca TI-10

del proyecto de las obras de acondicionamiento del

colector norte-este del término municipal de Reus,

Tarragona, tramos I y II).

Por lo que se emplaza a toda persona afectada

por ese expediente para que alegue lo que

corresponda en defensa de sus derechos ante esta

Delegación de Hacienda, Rambla Nova 93 Tarragona,

Sección del Patrimonio del Estado, acompañando

la documentación en la que funde sus alegaciones.

El presente anuncio estará expuesto quince días

hábiles en el tablón de anuncios del Ayuntamiento

de Reus, al término de los cuales se dispone del

plazo de un mes para la presentación de alegaciones.

Tarragona, 18 de febrero de 1999.-La Delegada

provincial, M. Rosa Llorach Canosa.-14.810.

Resolución por la que se realiza una investigación

patrimonial de la finca urbana sita en el término

municipal de Reus (Tarragona)

La Dirección General del Patrimonio del Estado,

en fecha 29 de enero de 1999, ha ordenado la

realización de una investigación sobre la propiedad

de la finca urbana sita en calle Antonio de Bofarull,

18-20, Reus (Tarragona).

Por lo que se emplaza a toda persona afectada

por ese expediente para que alegue lo que

corresponda en defensa de sus derechos ante esta

Delegación de Hacienda, rambla Nova, 93, Tarragona,

Sección del Patrimonio del Estado, acompañando

la documentación en la que funde sus alegaciones.

El presente anuncio estará expuesto quince días

hábiles en el tablón de anuncios del Ayuntamiento

de Reus, al término de los cuales se dispone del

plazo de un mes para la presentación de alegaciones.

Tarragona, 18 de febrero de 1999.-La Delegada

provincial, M. Rosa Llorach Canosa.-14.811.

Organismo Nacional de Loterías

y Apuestas del Estado

Resolución por la que se inicia expediente de traslado

a distinta localidad a instancia de la Administración

de Loterías número 1 de Lumbrales (Salamanca)

Por la titular de la Administración de Loterías

número 1 de Lumbrales (Salamanca), doña Carmen

Santiago González, se solicita del Organismo

Nacional de Loterías y Apuestas del Estado autorización

para cambiar la ubicación de la citada

Administración desde la calle ancha, 52, de Lumbrales

(Salamanca), en que actualmente está situada, a la calle

Nuestra Señora, 28, de Peñaranda de Bracamonte

(Salamanca).

Lo que de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 1. º 1 del Real Decreto 1511/1992, de 11

de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 30),

se hace público a fin de que cuantas personas se

consideren afectadas puedan ponerlo de manifiesto

mediante escrito dirigido al Director general del

Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del

Estado en Madrid, calle Guzmán el Bueno, 137,

código postal 28003, que habrá de ser presentado

dentro del plazo de quince días, contados a partir

de la fecha de publicación del presente anuncio

en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 29 de marzo de 1999.-El Director

general, P. S. (artículo 1. º del Real Decreto 1651/1995,

de 13 de octubre), el Gerente de la Lotería Nacional,

Fernando Hipólito Lancha.-14.799.

MINISTERIO DE FOMENTO

Demarcaciones de Carreteras

CASTILLA Y LEÓN ORIENTAL

Información pública y convocatoria al levantamiento

de las actas previas a la ocupación

Proyecto: Modificación número 1, mejora de

plataforma y acondicionamiento de las carreteras

BU-531 (ramal de la CN-232 a Trespaderne), puntos

kilométricos 0,0 al 7,3 y BU-540 de Trespaderne

a Medina de Pomar, puntos kilométricos 7,3 al 15

(futura N-629, de Burgos a Santoña), tramo

Oña-Nofuentes. Clave: 20-BU-2130.M.

La Dirección General de Carreteras del Ministerio

de Fomento, ha aprobado con fecha 15 de junio

de 1998 el proyecto arriba referenciado, aprobación

que lleva implícitas las declaraciones de utilidad

pública y necesidad de la ocupación;

Estando incluido el proyecto primitivo del que

deriva el presente modificado en el Plan General

de Carreteras, le es de aplicación el artículo 4 del

Real Decreto-ley 3/1988, de 3 de junio ("Boletín

Oficial del Estado" del 4), que declaraba la urgente

ocupación de los bienes afectados de expropiación

forzosa, como consecuencia de las obras

comprendidas en el citado Plan.

Para ello, esta Demarcación de Carreteras, de

conformidad con lo establecido en el artículo 52 de

la vigente Ley de Expropiación Forzosa, que regula

el procedimiento de urgencia, ha resuelto convocar

a los propietarios que figuran en las relaciones que

se publicarán en el "Boletín Oficial de la Provincia

de Burgos", y que se encuentran expuestas en los

tablones de anuncios de los Ayuntamientos

afectados, así como en los de esta Demarcación de

Carreteras (avenida del Cid, número 54, Burgos),

para que asistan al levantamiento de las actas previas

a la ocupación, en los lugares y fechas que a

continuación se indican:

Ayuntamiento de Oña: Día 26 de abril de 1999.

Ayuntamiento de Trespaderne: Día 27 de abril

de 1999.

Ayuntamiento de Merindad de Cuesta Urría

(Nofuentes): Día 28 de abril de 1999.

A dicho acto comparecerán bien personalmente

o representados por persona debidamente

autorizada, al objeto de trasladarse al propio terreno si

fuera necesario; debiendo aportar los documentos

acreditativos de su titularidad, pudiendo ir

acompañados, si así lo desean, de un Notario y un Perito,

con gastos a su costa. Todo ello les será notificado

individualmente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo

56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, los

interesados, así como las personas que siendo

titulares de derechos reales o intereses económicos que

se hayan podido omitir en las relaciones indicadas,

podrán formular ante esta Demarcación de

Carreteras (avenida del Cid, número 54, 09071 Burgos),

alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles

errores que puedan figurar en dichas relaciones,

hasta el momento del levantamiento de las actas.

Burgos, 5 de abril de 1999.-El Jefe de la

Demarcación, Carlos Centeno Ferruelo.-19.554.

MINISTERIO

DE ADMINISTRACIONES

PÚBLICAS

Delegaciones del Gobierno

CASTILLA Y LEÓN

Área de Industria y Energía de Valladolid

Información pública relativa a la autorización

administrativa y de declaración de utilidad pública para

la construcción del gasoducto correspondiente al

proyecto denominado "semianillo norte de Valladolid"

y sus instalaciones auxiliares, en la provincia de

Valladolid

A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de

7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y en

el Reglamento General del Servicio Público de

Gases Combustibles, aprobado por Decreto

2913/1973, de 26 de octubre, en el artículo 17

de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de

diciembre de 1954, y 56 de su Reglamento, se somete

a información pública el siguiente proyecto:

Peticionario: "Enagás, Sociedad Anónima", con

domicilio en avenida de América, número 38

(28028 Madrid).

Objeto de la petición: Autorización administrativa

y declaración de utilidad pública para la

construcción del gasoducto correspondiente al proyecto

denominado "semianillo norte de Valladolid" y sus

instalaciones auxiliares que discurrirá en la provincia

de Valladolid por los términos municipales de

Fuensaldaña y Valladolid.

Descripción de las instalaciones:

Trazado de la conducción: El origen del trazado

es la posición B-07.06.X de la ampliación de la

red de Cigales fase 1, término municipal de

Fuensaldaña, entra en el término municipal de Valladolid,

finalizando en la posición B-07.06.X.1 en la factoría

de neumáticos "Michelín".

Instalaciones auxiliares: Estación de medida tipo

G-250, en el recinto de la posición de válvulas

B-07.06.X.

Tubería: De acero grado B según API-5L, de 6''

y 4'' de diámetro y entre 7,1 y 4,8 mm de espesor

y revestimiento doble de polietileno extrusionado.

Su profundidad mínima de enterramiento será de

0,80 metros de profundidad sobre su generatriz

superior. Presión de diseño: 72 bar.

Longitud: La longitud total del gasoducto es de

4.260 m.

Presupuesto: 115.847.665 pesetas.

El proyecto incluye planos parcelarios y la relación

concreta e individualizada de los bienes y derechos

afectados.

Afección a fincas privadas: La afección a fincas

de propiedad privada derivada de la construcción

del gasoducto y sus instalaciones auxiliares se

concreta en la siguiente forma:

Uno. Expropiación forzosa de los terrenos sobre

los que se han de construir las instalaciones fijas

en superficie.

Dos. Para las canalizaciones:

A) Imposición de servidumbre permanente de

paso de gas a lo largo del trazado de la conducción,

con una anchura de 4 metros, 2 a cada lado del

eje, por donde discurrirá enterrada la tubería o

tuberías que se requieran para la conducción del gas.

Esta servidumbre estará sujeta a las siguientes

limitaciones al dominio:

1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o

similares a una profundidad superior a 50

centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a

una distancia inferior a 2 metros, a contar desde

el eje de la tubería.

2. Prohibición de realizar cualquier tipo de

obras, construcción, edificación o efectuar acto

alguno que pudiera dañar o perturbar el buen

funcionamiento de las instalaciones, a una distancia

inferior a 10 metros del eje del trazado, a uno y otro

lado del mismo. Esta distancia podrá reducirse,

siempre que se solicite expresamente y se cumplan

las condiciones que, en cada caso, fije el órgano

competente de la Administración.

3. Libre acceso del personal y equipos

necesarios para poder mantener, reparar o renovar las

instalaciones con pago, en su caso, de los daños

que se ocasionen.

4. Posibilidad de instalar los hitos de

señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así

como de realizar las obras superficiales o

subterráneas que sean necesarias para la ejecución o

funcionamiento de las instalaciones.

B) Ocupación temporal de los terrenos

necesarios para la ejecución de las obras, de la franja

que se refleja para cada finca en los planos

parcelarios de expropiación y en la que se hará

desaparecer todo obstáculo, y se realizarán las obras

necesarias para el tendido e instalación de la

canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos

u operaciones precisas a dichos fines.

Tres. Para el caso de los cables de conexión

y elementos dispersores de protección catódica:

A) Imposición de servidumbre permanente de

paso en una franja de terreno de 1 metro de ancho,

por donde discurrirán enterrados los cables de

conexión. Para los lechos dispersores de protección

catódica, la franja de terreno donde se establece

la imposición de servidumbre permanente de paso

tendrá como anchura, la correspondiente a la de

la instalación más 1 metro a cada lado, que estará

sujeta a las siguientes limitaciones:

Prohibición de efectuar trabajos de arada o

similares a una profundidad superior a 50 centímetros,

a plantar árboles o arbustos y a realizar cualquier

tipo de obras, construcción o edificación a una

distancia inferior a 1,5 metros a cada lado del cable

de conexión o del límite de la instalación enterrada

de los lechos dispersores, pudiendo ejercer el

derecho a talar o arrancar los árboles o arbustos que

hubiera a distancia inferior a la indicada.

Libre acceso del personal y elementos necesarios

para poder mantener, reparar o renovar las

instalaciones con pago, en su caso, de los daños que

se ocasionen.

B) Ocupación temporal, como necesidad

derivada de la ejecución de las obras, de la zona que

se refleja para cada finca en los planos parcelarios

de expropiación, y en la que se podrá hacer

desaparecer todo obstáculo, así como realizar las obras

necesarias para el tendido y montaje de las

instalaciones y elementos anexos, ejecutando las obras

u operaciones precisas a dichos fines.

Lo que se hace público para conocimiento general

y especialmente de los propietarios de terrenos y

demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya

relación, incluida en dicho proyecto, se encuentra

expuesta en los tablones de edictos de los

Ayuntamientos afectados y se publica además en el diario

"El Norte de Castilla" del día 18 de marzo de 1999

y en el "Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid"

del 20 de marzo de 1999, para que puedan examinar

el mencionado proyecto en el Área de Industria

y Energía, de la Delegación del Gobierno en Castilla

y León, sita en avenida José Luis Arrese, sin número,

edificio administrativo de usos múltiples (sexta

planta), 47071 Valladolid, y presentar por triplicado en

dicho centro las alegaciones que consideren

oportunas en el plazo de veinte días a partir del siguiente

al de la inserción de este anuncio.

Valladolid, 29 de marzo de 1999.-El Director

del Área de Industria y Energía, Esteban Useros

de la Calzada.-15.578.

MINISTERIO

DE MEDIO AMBIENTE

Demarcaciones de Costas

MURCIA

Notificación del trámite de vista o audiencia del

expediente de deslinde de los bienes de dominio público

marítimo-terrestre estatal y su servidumbre de

protección en la Manga del Mar Menor, del tramo

de costa denominado tramo 10, que comprende

desde el norte de los terrenos que confrontan con el

puerto deportivo de El Estacio hasta el límite norte

de la urbanización "Veneciola", en el mar Menor,

término municipal de San Javier (Murcia)

Para el caso de que resulten ausentes o

desconocidos los interesados y/o propietarios colindantes

en el expediente de deslinde mencionado, se procede

a notificar el trámite de vista o audiencia en dicho

expediente, de acuerdo con lo establecido en el

artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

(LRJ y PAC) sobre notificaciones a interesados

cuando éstos sean desconocidos o ausentes o se

ignore su domicilio:

Por orden de la Dirección General de Costas,

se comunica lo siguiente:

"Se tramita en esta Dirección General el

expediente sobre el asunto de referencia.

De conformidad con el artículo 84 de la Ley

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se

concede un plazo de diez días para que dentro del

mismo pueda examinar el expediente y presentar,

también dentro de este mismo plazo, los escritos,

documentos y pruebas que estime conveniente.

El expediente se hallará en la Subdirección

General de Gestión del Dominio Público

Marítimo-Terrestre, de esta Dirección General de Costas

(despacho 6.4, plaza de San Juan de la Cruz, sin

número, Madrid). Una copia del expediente podrá

ser examinada en la Demarcación de Costas de

este Ministerio en Murcia.

Lo que se comunica por si desea hacer uso de

este trámite de vista o audiencia que se le concede."

Murcia, 26 de marzo de 1999.-El Jefe de la

Demarcación, Salvador Barnés Mora.-14.849.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE CATALUÑA

Departamento de Industria,

Comercio y Turismo

Dirección General de Energía

Resolución por la que se otorga a la empresa "Gas

Natural SDG, Sociedad Anónima", la autorización

administrativa y la aprobación parcial de un

proyecto de construcción de instalaciones de transporte

y distribución de gas natural (tramo:

CerdanyolaMontmeló)

La empresa "Gas Natural SDG, Sociedad

Anónima", con domicilio social en Barcelona, avenida

portal de l'Ángel, 20 y 22, solicitó en fecha 27

de enero de 1998, la autorización administrativa

y la aprobación del proyecto de construcción de

las instalaciones de transporte y distribución de gas

natural: Tercer Cinturón de Barcelona, y en fecha

29 de octubre de 1998, solicitó el reconocimiento

de utilidad pública de las mencionadas instalaciones,

de acuerdo con la Ley 34/1998, de 7 de octubre,

del sector de hidrocarburos.

La citada empresa ha presentado el

correspondiente proyecto, en el cual se definen las

instalaciones necesarias para la realización del transporte

y distribución de gas natural: Tercer Cinturón de

Barcelona.

Términos municipales afectados por la

autorización parcial del tramo Cerdanyola-Montmeló:

Cerdanyola del Vallès, Ripollet, Barberà del Vallès,

Santa Perpètua de Mogoda, Mollet del Vallès, Parets

del Vallès, Montmeló, Sant Quirze del Vallès y

Sabadell.

Características principales de la instalación:

Conducción principal: Afecta a los términos

municipales de Cerdanyola del Vallès, Ripollet, Barberà

del Vallès, Santa Perpètua de Mogoda, Mollet del

Vallès, Parets del Vallès, Montmeló.

Longitud: 19.612,04 metros.

Diámetro: 20º.

Grosor: 12,7 milímetros.

Material: Acero al carbono API-5L-Gr ^ 60.

Presión máxima de servicio efectiva: 80 bar.

Caudal horario al inicio de la conducción:

280.000 Nm 3 /h.

Inicio: El gasoducto se inicia dentro de la estación

de regulación y medida EM-001, situada en un

recinto existente de la empresa "Enagás, Sociedad

Anónima", en el término municipal de El Papiol, al

lado de la carretera C-1413, donde está situado el

vértice V-O de la conducción, de acuerdo con el

plano 41176-PP-001. El tramo inicial así definido

no se incluye en la presente autorización.

Final: En el término municipal de Montmeló, en

la estación de regulación y medida, ubicada en el

vértice V-237 de la conducción de acuerdo con el

plano 41176-PP-012.

Red de gas natural: Para la realimentación de

la conducción Feeder interior entre Sabadell y

Terrassa. Términos municipales afectados:

Cerdanyola del Vallès, Sant Quirze del Vallès y Sabadell.

Longitud: 262,35 y 7.549 metros,

respectivamente.

Diámetro: 10º y 16º, respectivamente.

Material: Acero al carbono API-5L-Gr ^ 42 y

API-5L-GrB, respectivamente.

Presión máxima de servicio efectiva: 80 bar y 16

bar, respectivamente.

Caudal horario previsto al inicio de la conducción:

40.000 Nm 3 /h.

Esta red se inicia en la posición de válvulas 003

de la conducción principal, de acuerdo con el plano

41176-PP-013, al lado de la línea de RENFE de

El Papiol-Mollet y delante del núcleo urbano de

Cerdanyola del Vallès, cruza la mencionada línea

de ferrocarril y la autopista A-7 para llegar a unos

campos al lado de la Universidad Autónoma de

Barcelona (UAB), donde se colocará una estación

de regulación y medida (ERM) en el punto

kilométrico 0,262 de la conducción donde finaliza el

tramo DN-10º y 80 bar de presión, de acuerdo

con el plano 41175-PP-101. Después de la ERM

la conducción, ahora en DN-16º y 16 bar de presión,

continúa por el término municipal de Cerdanyola

del Vallès, entra en el término municipal de Sabadell,

posteriormente penetra en el término municipal de

Sant Quirze del Vallès y vuelve finalmente al de

Sabadell, recorre la zona de Can Gambins y se

adaptará a un futuro vial municipal, hasta llegar

así a la cercanía de la cerretera N-150, donde

conectará con el gasoducto Feeder interior en el punto

kilométrico 7,548, que será el punto final de la red

de realimentación, de acuerdo con el plano

41176-PP-116.

Red de conexión al gasoducto Cinturón A-36 de

Barcelona, en el término municipal de Montmeló.

Longitud: 61,89 metros.

Diámetro: 12º.

Grosor: 7,92 milímetros.

Material: Acero al carbono API-5L-GrB.

Presión máxima de servicio efectiva: 45 bar.

La conducción se inicia en la ERM de Montmeló

y finaliza, mediante la conexión, en el Cinturón

A-36 de Barcelona.

Red de conexión al gasoducto de Girona, en el

término municipal de Montmeló.

Longitud: 293,09 metros.

Diámetro: 16º.

Grosor: 9,53 milímetros.

Material: Acero al carbono API-5L-GrB.

Presión máxima de servicio efectiva: 45 bar.

La conducción se inicia en la ERM de Montmeló

y finaliza, mediante la conexión, en el gasoducto

de Girona.

Estaciones de regulación y medida (ERM).

Estación de regulación y medida en el término

municipal de Cerdanyola del Vallès.

Características:

Caudal nominal: 50.000 Nm 3 /h.

Presión máxima de servicio efectiva de entrada:

80 bar.

Presión máxima de servicio efectiva de salida: 16

bar.

La estación quedará situada entre los vértices

V-116 y V-117 de la conducción principal en el

término municipal de Cerdanyola del Vallès.

Estación de regulación y medida en el término

municipal de Montmeló.

Características:

Caudal nominal: 300.000 Nm 3 /h.

Presión máxima de servicio efectiva de entrada:

80 bar.

Presión de salida: Doble salto 45 bar y 36 bar

efectivos, pero dimensionada por 45 bar.

La estación se instalará después del vértice V-235

de la conducción principal en el término municipal

de Montmeló.

Sistemas de protección catódica:

Vistos los estudios realizados, las canalizaciones

objeto de este proyecto se protegerán catódicamente

mediante dos estaciones de protección catódica

(EPC). Una estará situada en la ERM de Cerdanyola

del Vallès y la otra al final del gasoducto y dentro

del recinto de la ERM de Montmeló.

Sistema de comunicaciones:

El proyecto contempla la instalación del soporte

físico vacío, necesario para la futura red de

telecomunicación y telemando de este gasoducto,

instalado en la misma zanja de las conducciones de

gas natural de acuerdo con lo que dispone la

disposición adicional 19 de la Ley 34/1998, de 7 de

octubre, del sector de hidrocarburos.

Presupuesto total: 992.647.506 pesetas

(5.965.931,66 euros).

Esta solicitud de autorización administrativa ha

sido sometida a un período de información pública

mediante el anuncio publicado en el "Diario Oficial

de la Generalidad de Cataluña" número 2.605, de

24 de marzo de 1998; en el "Boletín Oficial del

Estado" número 77, de 31 de marzo de 1998, y

en los diarios "Avui" de 26 de marzo de 1998;

"La Vanguardia" de 24 de marzo de 1998; "Diari

de Terrassa" de 25 de marzo de 1998, y "El 9

Nou" de 27 de marzo de 1998.

Paralelamente se dirigieron las correspondientes

separatas del proyecto a los Ayuntamientos

afectados de El Papiol, Sant Cugat de Vallès, Rubí,

Cerdanyola del Vallès, Ripollet, Barberà del Vallès,

Santa Perpétua de Mogoda, Mollet del Vallès, Parets

del Vallès, Montmeló, Sant Quirze del Vallès y

Sabadell y al conjunto de organismos afectados.

Con respecto a los Ayuntamientos, la empresa

solicitante de esta autorización ha incorporado al

proyecto original la mayoría de las alegaciones

técnicas formuladas y, en concreto, se han acordado

modificaciones del trazado de la conducción

principal con los servicios técnicos de los Ayuntamientos

siguientes:

Ayuntamiento de Cerdanyola del Vallès. Para no

comprometer la zona de desarrollo del futuro Centro

Direccional Cerdanyola-Sant Cugat y el trazado del

tren de alta velocidad, y, de acuerdo con las

directrices de la Dirección General de Ordenación del

Territorio y Urbanismo y los servicios técnicos del

Ayuntamiento, se modifica el trazado de la

conducción principal de gas natural entre los vértices

V-103 y V-119, de acuerdo con los planos

41.176-PP-005, revisión 1 y 41.176-PP-006, revisión

2, que anulan y sustituyen los planos con el mismo

número, revisión 0, del proyecto original.

La aceptación de esta modificación del trazado

comporta las siguientes variaciones de los bienes

y derechos afectados del término municipal de

Cerdanyola del Vallès:

Fincas desafectadas:

FN-B-CE-19. Titular: Incasol.

FN-B-CE-20. Titular: P. Urbanas Metropolitanas.

FN-B-CE-21. Titular: Ayuntamiento de

Cerdanyola del Vallés.

FN-B-CE-22. Titular: J. M. Trenor i Suàrez

Delero.

FN-B-CE-23. Titular: P. Urbanas Metropolitanas.

FN-B-CE-24. Titular: Junta de Aguas.

FN-B-CE-25. Titular: Incasol.

FN-B-CE-27. Titular: Incasol.

FN-B-CE-30. Titular: Francisco Margenat Bori.

FN-B-CE-31. Titular: Ayuntamiento de

Cerdanyola del Vallès.

FN-B-CE-32. Titular: Francisco Margenat Bori.

FN-B-CE-33. Titular: Francisco Margenat Bori.

FN-B-CE-34. Titular: Incasol.

FN-B-CE-36. Titular: ACESA (esta finca

corresponde a la conducción Sabadell-Terrassa).

Nuevos bienes y derechos afectados:

FN-B-CE-46. PO = 17; PA = 33; TD =

Francisco Margenat Bori, Rector Volta, 2, 08034 Barcelona;

SO = 2771,86, 192,93, 278,69, 45,91 y 132,22;

SP = 1453,2, 37,13, 102,71, 53,74 y 37,5; N = Ls,

Cno, Ma, Hu y Mb; OD = 111,81, N = Ls.

FN-B-CE-48. PO = 16; PA = 12; TD =

Ministerio de Fomento, Mestre Nicolau, 19, 08021

Barcelona; SO = 461,12 y 181,54; SP = 310,83 y 0;

N = Ls y Cno.

FN-B-CE-57. TD = Ayuntamiento de Cerdanyola

del Vallès, Pl. Francesc Leyre, 2, 08290 Cerdanyola

del Vallés; N = Urb.

FN-B-CE-58. TD = Universidad Autónoma de

Barcelona, Av. Josep Lluís Sert, 32, 08290

Cerdanyola del Vallès; SO = 1698,68, 416,79, 1897,81,

14,66 y 2197,72; SP = 841,92, 290,61, 970,65, 7,28

y 1137,61; N = Mb, Cno, Ls, ACq y Er.

Fincas cuya afectación se modifica:

FN-B-CE-11. TD = ACESA, Pl. Galpla Placidia,

1, 08006 Barcelona; SO = 615,02, 92,37, 61,35 y 0;

N = Mb, Pista, Cno y A.

FN-B-CE-13. PO = 22; PA = 3; TD = Incasol, c.

Còrsega, 289, 08008 Barcelona; SO = 740,19,

571,41, 276,82, 72,54 y 877,22; SP = 360,95,

302,39, 135,49, 36,15 y 430,02; N = Ep, Mb, Ma,

Cno y Rf.

FN-B-CE-14. PO = 22; PA = 2; TD =

Mancomunidad Municipios A.M.B., CN-62, Zona Franca,

420, 08004 Barcelona; SO = 2428,77;

SP = 1203,82; L = Ls.

FN-B-CE-16. TD = Junta de Aguas, V. Laietana,

10, 08008 Barcelona; SO = 18,31; SP = 9,31;

N = To.

FN-B-CE-17. PO = 22; PA = 42; TD =

Mancomunidad Municipios A.M.B., CN-62, Zona Franca,

420, 08004 Barcelona; SO = 69,46; SP = 21,84;

N = Ls.

FN-B-CE. PO = 23; PA = 5; TD =

Mancomunidad Municipios A.M.B., CN-62, Zona Franca, 420,

08004 Barcelona; SO = 2764,43 y 300,38;

SP = 1382,21 y 26,8; N = Ls y Er.

FN-B-CE-38. TD = Junta de Aguas, V. Laietana,

10, 08008 Barcelona; SO = 196,79, 1861,01,

951,38 y 5038,17; SP = 132,09, 343,6, 1632,13

y 2005,92; N = Hu, Riu, Cno y Mb.

Ayuntamiento de Ripollet. Para mejorar la

afectación en terrenos de propiedad municipal se

modifica el trazado de la conducción principal entre los

vértices V-139 y V-143 de acuerdo con el plano

41.176-PP-007, versión 1, que anula y sustituye el

plano del mismo número, versión 0, del proyecto

original. Esta variación del trazado discurre por

terrenos municipales.

Ayuntamiento de Santa Perpètua de Mogoda.

Para desafectar una zona de terrenos cualificados,

en parte de suelo urbanizable programado de

desarrollo mixto residencial industrial, se modifica

el trazado de la conducción principal entre los

vértices V-171 y V-179 de acuerdo con el plano

41.176-PP-009, versión 1, que anula y sustituye el

plano del mismo número, versión 0, del proyecto

original.

La aceptación de esta variante del trazado de la

conducción principal comporta las variaciones de

los bienes y derechos afectados del término

municipal de Santa Perpètua de Mogoda siguientes:

Finca desafectadas:

FN-B-PM-23. Titular: Ayuntamiento de Santa

Perpètua de Mogoda.

FN-B-PM-26. Titular: Lluís Selvas Llonch.

FN-B-PM-27. Titular: Antoni Bonas Font.

FN-B-PM-30. Titular: Jaume Olivé Butxosa.

FN-B-PM-31. Titular: Antoni Bonas Font.

FN-B-PM-32. Titular: M. Asunción Valls Paradell.

FN-B-PM-34. Titular: Ayuntamiento de Santa

Perpètua de Mogoda.

FN-B-PM-38. Titular: Valentín Leiró Paz.

FN-B-PM-39. Titular: Diputación de Barcelona

(Servicio de Carreteras).

FN-B-PM-43. Titular: M. Asunción Valls Paradell.

FN-B-PM-44. Titular: M. Asunción Valls Paradell.

FN-B-PM-45. Titular: Jaume Olivé Butxosa.

FN-B-PM-46. Titular: Ayuntamiento de Santa

Perpètua de Mogoda.

FN-B-PM-47. Titular: Jaume Olivé Butxosa.

FN-B-PM-48. Titular: Jaume Olivé Butxosa.

FN-B-PM-49. Titular: Finca Serra Punt Grau.

FN-B-PM-50. Titular: ACESA.

Fincas cuya afectación se modifica:

FN-B-PM-18. TD = Ayuntamiento de Santa

Perpètua de Mogoda, c. Disset, 12, La Florida, 08130

Santa Perpètua de Mogoda; SO = 65,44;

SP = 38,52; N = Cno.

FN-B-PM-20. TD = José Llonch Barcon, c. de

l'Estació, 28, 08291 Ripollet; SO = 782,99;

SP = 451,9; N = Ls.

FN-B-PM-21. TD = Eulàlia Humet, c. Martí

Costa, 08130 Santa Perpètua de Mogoda; SO = 126,88

y 18,38; SP = 0: N = Mb y Acq.

FN-B-PM-51. PO = 14; PA = 8; TD = Jaume

Olivé Butxosa, Can Boada Nou, 08184 Palau de

Plegamans; SO = 556,55 y 169,73; SP = 256,79

y 385,99; N = Mb y Ls.

FN-B-PM-52. PO = 14; PA = 58; TD = Jaume

Olivé Butxosa, Can Boada Nou, 08184 Palau de

Plegamans; SO = 94,17; SP = 84,58; N = Ls.

Nuevos bienes y derechos afectados:

FN-B-PM-19. TD = Dirección General de

Carreteras, c. Aragó, 244-248, 08007 Barcelona; N = A

y Mb.

FN-B-PM-86. PO = 13; TD = Ayuntamiento de

Santa Perpètua de Mogoda, c. Disset, 12, 08130

Santa Perpètua de Mogoda; SO = 113,11;

SP = 73,36; N = Cno.

FN-B-PM-88. PO = 13; PA = 17; TD = Ramón

Oller Sala, Camí de Polinyà, sin número, 08130

Santa Perpètua de Mogoda; SO = 259,19;

SP = 151,25; N = Ho.

FN-B-PM-89. PO = 13; PA = 18; TD = Pedro

Rábano Altayo (sin dirección); SO = 431,24;

SP = 212,46; N = Hu.

FN-B-PM-91. PO = 13; PA = 19; TD = Pedro

Soley Morral, c. Mariano Fortuny, 18, 08130 Santa

Perpètua de Mogoda; SO = 9,64 y 406,37;

SP = 3,93 y 196,97; N = Acq y Lr.

FN-B-PM-92. PO = 13; PA = 37; TD =

Herederos de Manuel Sanllehy Girona, c. Londres, 94,

4t, 1. ª , 08036 Barcelona; SO = 7,18 y 1661,08;

SP = 3,4 y 822,94; N = Acq y Lr.

FN-B-PM-93. TD = Junta de Aguas de Cataluña,

vía Laietana, 10, 08003 Barcelona; SO = 69,51;

SP = 33,08; N = To.

FN-B-PM-94. PO = 13; PA = 9; TD = Herederos

de Manuel Sanllehy Girona, c. Londres, 94, 4t, 1. ª ,

08036 Barcelona; SO = 1898,45 y 159,94;

SP = 942,99 y 83,83; N = Lr y Bco.

FN-B-PM-96. TD = Ayuntamiento de Santa

Perpètua de Mogoda, c. Disset, 12, 08130 Santa

Perpètua de Mogoda; N = Urb.

FN-B-PM-98. TD = Dirección General de

Carreteras, c. Aragó, 244-248, 08007 Barcelona;

N = Crta.

FN-B-PM-100. TD = Dirección General de

Carreteras, c. Aragó, 244-248, 08007 Barcelona;

N = Crta.

FN-B-PM-101. TD = Desconocido; SO = 539,21

y 271,03; N = Ep y Er.

FN-B-PM-102. PO = 13; PA = 62; TD = Incasol,

c. Còrsega,289, 08008 Barcelona; SO = 1177,39

y 229,77; SP = 1025,3 y 221,86; N = Ls y Er.

FN-B-PM-106. PO = 13; PA = 62; TD = Incasol,

c. Córsega, 289, 08008 Barcelona; SO = 140;

SP = 178,12; N = Ls.

FN-B-PM-107. PO = 13; Pa = 61; TD = Incasol,

c. Còrsega, 289, 08008 Barcelona; SO = 80,17;

SP = 85,38; N = Ls.

FN-B-PM-108. TD = Ayuntamiento de Santa

Perpètua de Mogoda, c. Disset, 12, 08130 Santa

Perpètua de Mogoda; SO = 529,38; SP = 113,11;

N = Cno.

FN-B-PM-109. PO = 87; TD = Incasol, c.

Córsega, 289, 08008 Barcelona; SO = 1079,89;

SP = 553,87; N = Ls.

FN-B-PM-111. TD = Ayuntamiento de Santa

Perpètua de Mogoda, c. Disset, 12, 08130 Santa

Perpètua de Mogoda; SO = 16,99; SP = 16,55;

N = Cno.

FN-B-PM-112. PO = 14; PA = 29; TD = Jaume

Olivé Butxosa, Can Boada Nou, 08184 Palau de

Plegamans; SO = 1497,89; SP = 736,33; N = Ls.

FN-B-PM-114. PO = 14; PA = 56; TD =

Mariana Salesa Balfagon, c. Sant Llorenç, 16, 08130 Santa

Perpètua de Mogoda; SO = 888,9; SP = 501,2;

N = Ls.

Ayuntamiento de Mollet del Vallès. Se modifica

el trazado de la conducción principal entre los

vértices V-206 y V-209 de acuerdo con el plano

41.176-PP-011, versión 1, que anula y sustituye el

plano del mismo número, versión 0, del proyecto

original, la mencionada modificación transcurre por

viales públicos.

Ayuntamiento de Montmeló. La empresa

solicitante de la autorización manifiesta que se han

considerado las alegaciones formuladas sin necesidad

de modificar el trazado de la conducción.

Con relación a la red de gas natural, para la

realimentación de la conducción existente Feeder

interior, la empresa beneficiaria ha incorporado al

proyecto original las alegaciones técnicas formuladas

por los Ayuntamientos y, en concreto, se han

acordado modificaciones del trazado de la mencionada

red con los servicios técnicos de los Ayuntamientos

siguientes:

Ayuntamiento de Sant Quirze del Vallès, se

modifica el trazado entre los vértices V-33/1 y V-68/1

del proyecto original de acuerdo con los planos

41.176-PP-107-A; 41.176-PP-107-B;

41.176-PP-107-C; 41.176-PP-107-D;

41.176-PP-107-E y 41.176-PP-107-F.

La aceptación de esta variante comporta las

siguientes variaciones de los bienes y derechos

afectados del término municipal de Sant Quirze del

Vallès.

Fincas desafectadas:

FN-B-SQ-6. Titular: Ayuntamiento de Sant Quirze

del Vallès.

FN-B-SQ-8. Titular: Rosamunda Giribert Fatjor.

Fincas que se modifica su afectación:

FN-B-SQ-1. TD = Ayuntamiento de Sant Quirze,

plaça de la Vila, 6, 08192 Sant Quirze del Vallès;

SO = 1070,83; 154,13, 449,66 y 135,78;

SP = 549,78, 132,28, 139,22 y 66,66; N = Er, Cno,

Mb y Ep.

FN-B-SQ-2. TD = Dirección General de

Carreteras, c. Aragó, 244-248, 08007 Barcelona; SO = 0

y 322,21; SP = 0 y 11,30; N = A y Mb.

FN-B-SQ-4. TD = Ayuntamiento de Sant Quirze,

plaça de la Vila, 6, 08192 Sant Quirze del Vallès;

N = Urb.

FN-B-SQ-12. TD = Dirección General de

Carreteras, c. Aragó, 244-248,08007 Barcelona;

N = Crta.

FN-B-SQ-14. TD = Dirección General de

Carreteras, c. Aragó, 244-248, 08007 Barcelona;

N = Crta.

FN-B-SQ-15. TD = FFCC Generalidad de

Cataluña, c. Diputació, 239, 08007 Barcelona;

N = RENFE.

Nuevos bienes y derechos afectados:

FN-B-SQ-13. TD = Ayuntamiento de Sant

Quirze, plaça de la Vila, 6, 08192 Sant Quirze del Vallès;

SO = 125,78; SP = 52,74; N = Mb.

FN-B-SQ-19. TD = Ayuntamiento de Sant

Quirze, plaça de la Vila, 6, 08192 Sant Quirze del Vallès;

SO = 163,80 y 19,13; SP = 74,07 y 5,15; N = Lr

y Er.

FN-B-SQ-20. TD = Ayuntamiento de Sant

Quirze, plaça de la Vila, 6, 08192 Sant Quirze del Vallès;

N = Urb.

FN-B-SQ-39. PO = 7860; PA = 1; TD = Dolores

Durán Gorina, c. Sant Pau, 25, 08208 Sabadell;

SO = 1356,77, 128,07 y 135,32; SP = 574,50,

35,10 y 48,72; N = Ls, Hu y Er.

FN-B-SQ-40. TD = Ayuntamiento de Santa

Quirze, plaça de la Vila, 6, 08192 Sant Quirze del Vallès;

N = Urb.

FN-B-SQ-45. PO = 6880; PA = 1; TD = ITLA,

SA, polígono "Can Torres i Can Llobet", 08192

Sant Quirze del Vallès; SO = 73,16, 14,68, 51,77

y 217,61; SP = 19,00, 6,32, 13,77 y 114,03;

N = Hu, Bco, Mb y Er.

FN-B-SQ-51. PO = 2; PA =66; TD = Guillermo

Palleja Ferrer-Vidal, Mas Durán Can Feu, 08192

Sant Quirze del Vallès; SO = 485,58; SP = 192,35;

N = Er.

FN-B-SQ-54. PO = 2895; PA = 1; TD = Junta de

Compensación Mas Durán, plaça de la Vila, 6,

08192 Sant Quirze del Vallès; SO = 3420,20;

SP = 1471,60; N = Ls.

Ayuntamiento de Sabadell. Para poder desafectar

terrenos con planeamiento aprobado se modifica

el trazado de la conducción entre el vértice V-24/1

y V-28/1 de acuerdo con los planos 41176-PP-106

y 41176-PP-007, versión 1, que anula y sustituye

los planos de los mismos números, versión 0, del

proyecto original y la variante entre los vértices

V-66/1 y V-80/1 del proyecto original de acuerdo

con los planos 41176-PP-107-F, 41176-PP-107-G,

41176-PP-107-H, 41176-PP-107-I y

41176-PP-107-J, que quedan incorporados al

proyecto.

La aceptación de estas variantes comporta las

modificaciones de los bienes y derechos afectados

del término municipal de Sabadell siguientes:

Fincas desafectadas:

FN-B-SA-11. Titular: Explotaciones Agrícolas

Mar.

FN-B-SA-28. Titular: Enric Sallent.

FN-B-SA-29. Titular: M. Rosa Guarc Garriga.

FN-B-SA-32. Titular: Francisco Sánchez.

FN-B-SA-33. Titular: Francisco Sánchez.

FN-B-SA-38. Titular: Ayuntamiento de Sabadell.

FN-B-SA-39. Titular: Agustí Argemí.

FN-B-SA-44. Titular: Agustí Castalls.

FN-B-SA-46. Titular: Agustí Argemí.

Fincas cuya afectación se modifica:

FN-B-SA-3/2. TD = Dirección General de

Carreteras, c. Aragó, 244-248, 08007 Barcelona;

SO = 447,47; N = Mb.

FN-B-SA-9. PO = 6641; PA = 4; TD =

Explotaciones Agrícolas Marsal, carretera de Sabadell a

Bellaterra, sin número, 08025 Sabadell;

SO = 832,26, 34,43, 791,02 y 82,85; SP = 658, 65,

26, 48 y 223,33; N = Ls, Mb, Cno y Er.

FN-B-SA-10. PO = 6641; PA = 2; TD =

Explotaciones Agrícolas Marsal, carretera de Sabadell a

Bellaterra, sin número, 08025 Sabadell;

SO = 871,64, 77,18 y 450,62; SP = 406,93, 10,7

y 189,47; N = Ls, Cno. y Mb.

FN-B-SA-12. TD = Junta de Aguas, v. Laietana,

10, 08003 Barcelona; SO = 166,55; SP = 69,65;

N = Río.

FN-B-SA-13. PO = 19; PA = 119; TD = Isidre

Guardiola Albert, Sant Vicenç, 6, 08208 Sabadell;

SO = 1215,25, 1204,45, 11,77 y 371,51;

SP = 295,32, 367,16, 4,71 y 27,89; N = Mb, Ls,

To y Eb.

FN-B-SA-22. PO = 19; PA = 123; TD = José M.

Edo, carretera de Rubí, sin número, 08191 Rubí;

SO = 986,75; SP = 426,66; N = Ls.

FN-B-SA-23. TD = Ayuntamiento de Sabadell, pl.

Sant Roc, 1, 08201 Sabadell; SO = 100,76;

SP = 49,81; N = Cno.

FN-B-SA-24. PO = 19; PA = 135; TD = Pedro

Navarro Ruiz, c. Schubert, 13, 08206 Sabadell;

SO = 823,61; SP = 347,06; N = Ls.

FN-B-SA-30. PO = 19; PA = 134; TD = Feliu

Barnola Comas (sin dirección); SO = 497,21;

SP = 214,5; N = Ls.

FN-B-SA-35. PO = 19; PA = 131; TD = Manuel

Lartuna Poblet, c. La Palma, 25, 08205;

SO = 507,02, 80,86, 77,3 y 110,58; SP = 202,9,

35,22, 31,96 y 46,51; N = Ep, Cno, Er y Hu.

FN-B-SA-36. PO = 19; PA = 22; TD = Agustí

Argemí, S. Antoni M. Cleret, 18, 08202 Sabadell;

SO = 1033,26; SP = 440,11; N = Ep.

FN-B-SA-37. TD = Ayuntamiento de Sabadell, pl.

Sant Roc, 1, 08201 Sabadell; SO = 49,75;

SP = 21,09; N = Cno.

FN-B-SA-40. PO = 19; SA = 68; TD = Agustí

Argemí, c. Sant Antoni M. Claret, 18, 08202

Sabadell; SO = 90,95 y 586,67; SP = 38,5 y 248,51;

N=MayEp.

Nuevos bienes y derechos afectados:

FN-B-SA-31. PO = 19; PA = 133; TD = Josep

Vila Gili (sin dirección); SO = 529,49 y 29,24;

SP = 225,39 y 12,76; N = Ls y Cno.

FN-B-SA-34. PO = 19; PA = 132; TD = Manuel

Lartuna Poblet, c. La Palma, 25, 08205 Sabadell;

SO = 385,62; SP = 158,97; N = Ls.

FN-B-SA-41. TD = Junta de Aguas, vía Laietana,

10, 08003 Barcelona; SO = 123,04; SP = 46,67;

N = To.

FN-B-SA-42. PO = 19; PA = 65; TD = Joan

Argemí Fontanet, c. Creueta, 97, 08202 Sabadell;

SO = 285,99, 65,75 y 1588,68; SP = 124,09, 3,23

y 722,5; N = Hu, Ls y Ma.

FN-B-SA-47. PO = 19; PA = 66; TD = Agustí

Castells Faine, c. Margenat, 15, 08206 Sabadell;

SO = 887,53 y 109,66; SP = 340,84 y 48,88;

N=LsyMb.

FN-B-SA-48. TD = Ayuntamiento de Sabadell, pl.

Sant Roc, 1, 08201 Sabadell; SO = 43,04;

SP = 19,96; N = Cno.

FN-B-SA-49. PO = 19; PA = 16; TD = Antonio

García Moreno, c. La Bòbila, 34, 08205 Sabadell;

SO = 278,96 y 31,56; SP = 120,57 y 13,2; N = Ls

y Cno.

FN-B-SA-54. TD = Junta de Aguas, vía Laietana,

10, 08003 Barcelona; SO = 22,88; SP = 9,79;

N = To.

FN-B-SA-55. PO = 19; PA = 137; TD = M.

Camadran Vila, c. Sant Pau, 2, 08201 Sabadell;

SO = 1172,5; SP = 518,69; N = Ma.

FN-B-SA-56. PO = 19; PA = 15; TD = Teresa

Serra Payà, c. Francesc Layret, 2-4, 08208 Sabadell;

SO = 231,28; SP = 155,53; N = Ls; OD = 107,91;

N = Ls.

FN-B-SA-61. TD = Ayuntamiento de Sabadell, pl.

Sant Roc, 1, 08201 Sabadell; SO = 504,75 y 125,83;

SP = 481,22; N = Mb y pista.

El Ayuntamiento de Parets del Vallès ha

informado favorablemente el proyecto.

El Ayuntamiento de Barberà del Vallès no ha

enviado ningún informe.

Con respecto a otros organismos a los cuales se

ha solicitado informe, lo han emitido favorable los

siguientes: Servicios Territoriales de Barcelona de

la Dirección General de Carreteras del

Departamento de Política Territorial y Obras Públicas;

Sección de Recursos Forestales de los Servicios

Territoriales de Barcelona del Departamento de

Agricultura, Ganadería y Pesca; Servicio de Obras

Públicas de la Diputación de Barcelona; Ferrocarriles

de la Generalidad de Cataluña; Patronato

Metropolitano de Collserola y RENFE. Estos organismos,

junto con los mencionados informes, han

formulado, de acuerdo con la legislación vigente, una serie

de recomendaciones de tipo técnico y

medioambientales que la empresa solicitante de esta

autorización tendrá en cuenta durante la realización de

las obras.

En los términos municipales de Sant Cugat del

Valles y El Papiol, el trazado de gasoducto transcurre

por los límites del parque de Collserola incluido

en el Plan de Espacios de Interés Natural (PEIN),

por tanto este tramo ha quedado excluido de esta

autorización parcial.

Dentro del período de información pública

presentaron alegaciones diversos particulares

propietarios de bienes y derechos afectados ubicados en

los términos municipales de Cerdanyola del Vallès

y Parets del Vallès, referidas a cambios de

titularidades y de naturaleza de terrenos afectados,

propuestas de trazados alternativos y de información

de la existencia de otros servicios de suministros

públicos.

Estas alegaciones han sido trasladadas a la

empresa peticionaria, la cual ha procedido a corregir los

errores de titularidad y naturaleza de terrenos

afectados y con relación a las modificaciones de trazado

han sido aceptadas.

Una vez cumplimentados los trámites

administrativos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre;

el Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, por el

que se aprueba el Reglamento General del Servicio

Público de Gases Combustibles; el Decreto

1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de

instalación, ampliación y traslado de industrias; la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 13/1989, de

14 de diciembre, de Organización, Procedimiento

y Régimen Jurídico de la Administración de la

Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

1. Otorgar a la empresa "Gas Natural SDG,

Sociedad Anónima", la autorización administrativa

y la aprobación del proyecto de ejecución de las

obras de las instalaciones transporte y distribución

de gas natural: Tercer cinturón de Barcelona. Tramo:

Cerdanyola-Montmeló.

2. Declarar la utilidad pública de las

instalaciones, a los efectos previstos en el artículo 52 de

la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre

de 1954, sobre imposición de servidumbre de paso

y limitaciones de dominio necesarios para el

establecimiento de las instalaciones, de acuerdo con

lo que establece el artículo 103 de la Ley 34/1998,

de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.

Los bienes y los derechos afectados por esta

autorización administrativa son los que figuran en el

anuncio publicado en el "Diario Oficial de la

Generalidad de Cataluña" número 2.605, de 24 de marzo

de 1998; en "Boletín Oficial del Estado" número

77, de 31 de marzo de 1998, y en los diarios: "Avui",

de 26 de marzo de 1998; "La Vanguardia", de 24

de marzo de 1998; "Diari de Terrassa", de 25 de

marzo de 1998; y El "9 Nou", de 27 de marzo

de 1998, y expuesto en los tablones de anuncios

de los Ayuntamientos afectados y de la Dirección

General de Energía y Minas de Barcelona, con las

modificaciones de los bienes y derechos afectados

citados.

Esta autorización administrativa se otorga

sometida a las condiciones generales que prevén la Ley

34/1998, de 7 de octubre; el Decreto 2913/1973,

de 26 de octubre; el Decreto 1775/1967, de 22

de julio, y bajo las condiciones especiales siguientes:

1. Las instalaciones objeto de esta autorización

administrativa se realizarán de acuerdo con las

especificaciones y los planos que figuran en el proyecto

presentado por la empresa concesionaria, el cual

ha servido de base para la tramitación del expediente

número 4030960/98, firmado por el señor Marcos

Serer Figueroa, visado por el Colegio Oficial de

Ingenieros Industriales de Cataluña en Barcelona,

en fecha 15 de enero de 1998, con el número

038747.

La construcción y el funcionamiento de estas

instalaciones se someten a lo que establece la Ley

13/1987, de 9 de julio, de Seguridad de las

Instalaciones Industriales; el Reglamento General del

Servicio Público de Gases Combustibles, aprobado

por el Decreto 2913/1973, de 26 de octubre; el

Reglamento de Redes y Acometidas de

Combustibles Gaseosos, aprobado por la Orden del

Ministerio de Industria y Energía de 18 de noviembre

de 1974, modificado por las Órdenes de 26 de

octubrede1983y6dejulio de 1984 y sus ITC-MIG;

el Decreto 120/1992, de 28 de abril ("Diario Oficial

de la Generalidad de Cataluña" número 1.606, de

12 de junio de 1992), por el que se regulan las

características que han de cumplir las protecciones

a instalar entre las redes de diferentes suministros

públicos que discurren por el subsuelo, y la Orden

de 5 de julio de 1993 ("Diario Oficial de la

Generalidad de Cataluña" número 1.782, de 11 de agosto

de 1993), que lo desarrolla, y otros reglamentos

técnicos específicos que le sean de aplicación y

disposiciones de aplicaciones generales.

2. El peticionario deberá solicitar la autorización

administrativa correspondiente para realizar

cualquier modificación del proyecto aprobado.

3. El plazo para llevar a cabo las instalaciones

y su puesta en funcionamiento será de dos años,

contados a partir de la fecha de publicación de

la presente autorización administrativa.

4. La Dirección General de Energía y Minas

podrá realizar, durante las obras y cuando se hayan

acabado, las comprobaciones y las pruebas que

considere necesarias en relación con el cumplimiento

de las condiciones de esta Resolución. Con esta

finalidad el peticionario comunicará a la Dirección

General de Energía y Minas la fecha de inicio de

las obras, la realización de las pruebas y cualquier

incidencia relevante.

5. Una vez ejecutadas las obras, la empresa

peticionaria solicitará de la Dirección General de

Energía y Minas el acta de puesta en servicio de las

instalaciones, adjuntando el certificado de dirección

y de finalización de obra firmado por el técnico

competente y visado por el colegio oficial

correspondiente, mediante el cual se acredite que las

instalaciones se ajustan al proyecto aprobadoyala

normativa aplicable. A este certificado se adjuntarán

las actas de pruebas y controles reglamentarios, todo

de acuerdo con lo que dispone la Resolución de

la Dirección General de Energía de 20 de agosto

de 1992 ("Diario Oficial de la Generalidad de

Catalunya" número 1.656, de 14 de octubre de 1992).

6. Los cruces especiales y otras afecciones de

los bienes de dominio público se harán de acuerdo

con las condiciones técnicas impuestas por los

organismos competentes afectados.

7. El peticionario asegurará el mantenimiento

y la vigilancia correctos de las instalaciones durante

la construcción y después de su puesta en

funcionamiento, para garantizar que en todo momento

cumplen las condiciones reglamentarias de

seguridad.

8. De acuerdo con lo que prevé el capítulo 4

de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, la autorización

administrativa de este proyecto comporta, con el

pago de la indemnización que corresponda y de

los perjuicios que se deriven de la rápida ocupación,

la imposición de las servidumbres y las limitaciones

de dominio siguientes:

a) Servidumbre perpetua de paso en una franja

de terreno de 4 metros de ancho para las

canalizaciones a presiones máximas superiores a 16 bar

y 3 metros de ancho para las conducciones a

presiones máximas de servicios iguales o inferiores a

16 bar, por las que irán bajo tierra las canalizaciones

a una profundidad mínima de 1 metro, junto con

los elementos y accesorios que éstas requieran. Los

límites de estas franjas quedarán definidos a 2

metros y 1,5 metros y a 1,5 metros y 1,5 metros,

respectivamente, a un lado y a otro de los ejes de

los trazados de las canalizaciones citadas y dentro

de los límites de ocupación temporal. Estas franjas

de servidumbre perpetua de paso se utilizarán para

la vigilancia y el mantenimiento de las

canalizaciones, para lo que se dispondrá de libre acceso

del personal, elementos y medios necesarios. Se

deberán pagar los daños que se ocasionen en cada

uno de los casos en que se tenga que intervenir.

b) Servidumbre de ocupación temporal durante

el período de ejecución de las obras en una franja

o pista de donde se harán desaparecer todo tipo

de obstáculos, cuyo ancho máximo será de 12

metros para las canalizaciones a presiones máximas

superiores a 16 bar y 10 metros de ancho máximo

para las canalizaciones a presiones de servicio

efectivas iguales o inferiores a 16 bar, con el pago de

los daños que se ocasionen en cada caso.

c) La prohibición de plantar árboles y arbustos

de tallo alto y de haber movimientos de tierras en

la franja a que hace referencia el apartado a).

d) La prohibición de efectuar trabajos de arado,

cava u otros similares a una profundidad superior

a 50 centímetros en la franja a que hace referencia

el apartado b).

e) No se permitirá levantar edificaciones o

construcciones de ningún tipo, aunque tengan carácter

provisional o temporal, ni variar la cota de terreno,

ni efectuar ningún acto que pueda dañar o perturbar

el buen funcionamiento, la vigilancia, la

conservación, las reparaciones y las sustituciones necesarias,

en su caso, de las canalizaciones y de los elementos

anexos, a una distancia inferior a 2 metros a ambos

lados del eje del trazado de las canalizaciones con

presiones máximas superiores a 16 bar y a una

distancia inferior a 1,5 metros a ambos lados de eje

del trazado de las canalizaciones a presiones iguales

o inferiores a 16 bar.

f) Todo lo que se ha indicado en los apartados

anteriores no será aplicable a los bienes de dominio

público.

g) Ocupación de dominio: Ocupación

permanente y perpetua de las parcelas que se señalan

en los planes parcelarios, al vuelo, al suelo y al

subsuelo necesarios para la construcción de las

instalaciones de recepción, filtrado, regulación de

presión y medida del gas, y de sus elementos anexos,

armarios para la instalación de sistemas de

protección catódica y la instalación de los conjuntos

de válvulas de línea y derivación, incluyendo la

construcción del cierre de las barreras de protección

a la totalidad de los perímetros para salvaguardar

las instalaciones de elementos extraños o de intrusos.

Al efecto del cumplimiento de lo que establece

esta condición octava, la empresa "Gas Natural

SDG, Sociedad Anónima", antes del montaje de

las instalaciones y de su puesta en servicio recogerá

las servidumbres y las limitaciones de dominio

citadas en los convenios y acuerdos y estará obligada

a la vigilancia de su cumplimiento y, si es necesario,

a la notificación de los presuntos incumplimientos

a la Dirección General de Energía y Minas.

9. Esta autorización quedará sin efecto por

cualquiera de las causas señaladas en el artículo 34

del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, por

incumplimiento de las condiciones estipuladas, por

facilitar datos inexactos, por la extinción de las

concesiones de las que dimana y por cualquier otra

causa excepcional que lo justifique.

10. La presente autorización administrativa se

otorga sin perjuicio de terceros y con independencia

de las autorizaciones, licencias y demás permisos

de competencia municipal, provincial u otros que

sean necesarios para la realización de las

instalaciones autorizadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía

administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante

el Director general de Energía y Minas, en el plazo

de un mes a contar desde la fecha de su publicación.

Barcelona, 24 de marzo de 1999.-El Jefe de la

Sección de Gas Canalizado, Jaume Farré i

Solsona.-14.686-*.

Número Nombre Superficie municipales Mineral Términos

815 Amigos...............................Sección Dos C.............. 150pertenencias......Carabias y Moral de Hornuez.

832 Amigos Dos 2.............................Sección C.............. 230pertenencias......Carabias y Moral de Hornuez.

864 Segoviana oeste C.........................Sección C.............. 100 C. M. ..............Valdeprados, Segovia y otros.

864 Segoviana oeste D.........................Sección C.............. 48 C. M. ................Valdeprados, Segovia y otros.

864 Segoviana este F 2. ª .......................Sección C..............1.312 pertenencias....Segovia y La Losa.

864 Segoviana este F 3. ª .......................Sección C..............6.251 pertenencias....Pedraza, Arcones y otros.

864 Segoviana oesteDF1. ª ...................Sección D..............37.477 pertenencias . . . Fuentemilanos y otro.

864 Segoviana esteDF2. ª ....................Sección D..............25.266 pertenencias . . . Segovia y otros.

868 Margarita..................................Sección C.............. 297pertenencias......Sacramenia y Cuevas de Provanco.

900 Santana bis................................Sección C..............Parte de Segovia.......Villacastín.

919 Cruz La de Hierro.........................Sección C..............Parte de Segovia.......Villacastín.

924 Frupesa....................................Sección C.............. 30 C. M. ...............Pradales y otros.

931 Riaza-A................................Sección Río C.............. 164 C. M. ..............Aldeonte, Maderuelo y otros.

942 2. ª Lydia 1. ª ................................Sección C.............. 15 C. M. ............... ElEspinar, Otero y otros.

968 Eresma-I F 1. ª .............................Sección C.............. 300 C. M. ..............Segovia, Trescasas y otros.

968 Eresma-II F 1. ª ............................Sección C.............. C. 1 M. ................. LaGranja.

968 Eresma-II F 2. ª ............................Sección C.............. C. 1 M. .................Segovia.

968 Eresma-II F 3. ª ............................Sección C.............. 24 C. M. ...............Segovia, La Lastrilla y otros.

968 Eresma-III.................................Sección C.............. 52 C. M. ...............Tres Casas, La Granja y otros.

969 II....................................Sección Pirón C.............. 93 C. M. ...............Pradales de la Cuesta y otros.

969 II....................................Sección Pirón C.............. 101 C. M. ..............Torrecaballeros y otros.

969 III...................................Sección Pirón C.............. 42 C. M. ...............Navafría y otros.

975 Arcones I..................................Sección C..............Parte de Segovia.......Arcones y Prádena.

975 Arcones II.................................Sección C..............Parte de Segovia.......Matabuena, Arcones y otros.

977 Jorge..................................Sección San C.............. 167 C. M. ..............Fuentidueña y otros.

980 Soña I......................................Sección C..............Parte de Segovia.......Laguna de Contreras y otros.

986 Sotillo I....................................Sección C.............. C. 9 M. .................Navas de San Antonio.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE ARAGÓN

Departamento de Economía,

Hacienda y Fomento

Servicios Provinciales

TERUEL

Por "Cerámicas Calaf, Sociedad Anónima", con

domicilio en carretera Folquer a Jorba, kilómetro

38, Calaf (Barcelona), ha sido presentada una

solicitud de permiso de investigación para recursos de

la sección C), con el nombre de Fuencelada, al

que ha correspondido el número 6,103, para una

extensión de 12 cuadrículas mineras, ubicadas en

terrenos pertenecientes a los términos municipales

de Albalate del Arzobispo y Ariño (Teruel), y con

la siguiente designación:

Vértices Longitudes Latitudes

10. º 36' 20'' 41. º 05' 00''

20. º 34' 20'' 41. º 05' 00''

30. º 34' 20'' 41. º 04' 20''

40. º 36' 20'' 41. º 04' 20''

Cerrándose así el perímetro solicitado de 12

cuadrículas mineras, longitudes referidas al meridiano

de Greenwich.

Habiendo sido admitida esta petición en el día

de hoy definitivamente, en virtud de lo dispuesto

en el artículo 70 del vigente Reglamento General

para el Régimen de la Minería, de 25 de agosto

de 1978, se pone en conocimiento del público,

señalándose el plazo de quince días, a partir de la

publicación en el "Boletín Oficial del Estado", para que,

dentro de él, puedan presentarse ante este Servicio

Provincial de Economía, Hacienda y Fomento, las

reclamaciones u observaciones que estimen

pertinentes.

Teruel, 1 de marzo de 1999.-El Director del

Servicio Provincial, Fernando Milla

Barquinero.-14.820.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE CASTILLA Y LEÓN

Consejería de Industria, Comercio

y Turismo

Servicios Territoriales

SEGOVIA

Resolución por la que se convoca concurso público

de registros mineros que han quedado francos dentro

de esta provincia

El Servicio Territorial de Industria, Comercio y

Turismo de Segovia, hace saber:

Que, como consecuencia de la caducidad de los

registros mineros que al final se detallan, quedaron

francos sus terrenos.

Esta Delegación, en aplicación del artículo 53

de la Ley de Minas, de 21 de julio de 1973, convoca

concurso de los comprendidos en esta provincia

y, en su caso, quedan incluidos aquellas cuadrículas

que, comprendidas entre más de una provincia, su

mayor superficie pertenece a esta de Segovia.

Las solicitudes se ajustarán a lo establecido en

el artículo 72 del Reglamento general para el

Régimen de la Minería ("Boletín Oficial del Estado"

de 11 y 12 de diciembre de 1978) y se presentarán

en el Servicio Territorial de Industria, Comercio

y Turismo, sito en la plaza de la Merced, número 12,

en las horas de Registro comprendidas entre las

nueve y las catorce horas, durante el plazo de dos

meses contados a partir del día siguiente a la

presente publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

La Mesa de apertura de solicitudes se constituirá

a las doce horas del día hábil, a la expiración del

plazo anteriormente citado.

Obran en este servicio a disposición de los

interesados, durante las horas de oficina, los datos

relativos a la situación geográfica de la superficie

sometida a concurso. Podrán asistir a la apertura de

pliegos quienes hubiesen presentado peticiones.

Número Nombre Superficie municipales Mineral Términos

987 Bardal I....................................Sección C.............. 85 C. M. ...............Segovia, La Losa y Otero.

988 Olmo D-1..................................Sección D.............. 190 C. M. ..............Lastras de Cuéllar y otros.

989 Miguel D...................................Sección D.............. 990 C. M. ..............Carbonero de Ausín y otros.

990 Prado D....................................Sección D..............2.673 pertenencias....Fuentepelayo y otros.

990 Prado C....................................Sección C..............2.673 pertenencias....Fuentepelayo y otros.

995 Álamo......................................Sección C..............Parte de Segovia.......Navas de San Antonio y otros.

999 Cardoso.................................Sección El C..............Parte de Segovia.......Santo Tomé del Puerto y otros.

1.000 Muela......................................Sección C..............Parte de Segovia.......Ayllón y otros.

1.010 Cuchillejos II bis...........................Sección D..............Parte de Segovia.......Sacramenia y otros.

1.032 Ana........................................Sección C.............. C. 9 M. ................. ElEspinar y otros.

1.042 Minguete...................................Sección C..............Parte de Segovia....... ElEspinar y otros.

1.050 Sexto San Blas.............................Sección C.............. 54 C. M. ...............Pajareros y otros.

1.068 Virgen de Hontanares.....................Sección C..............Parte de Segovia.......Villacorta y otros.

1.071 Complemento a Mesa.....................Sección D..............Parte de Segovia.......Ribota, Villacorta y otros.

1.073 Cristóbal..............................Sección San C..............Parte de Segovia....... SanCristóbal de la Vega y otros.

1.082 Arandilla...................................Sección C.............. 22 C. M. ...............Pradales y otros.

1.083 Secín.......................................Sección C..............Parte de Segovia.......Sepúlveda y otros.

1.084 Campanas.............................Sección Las C..............Parte de Segovia.......Aldehorno, Pradales y otros.

1.086 Antonio...............................Sección San C..............Parte de Segovia.......Aldehorno y otros.

1.143 Félix...................................Sección San C..............Parte de Segovia.......Rapariegos y otros.

El presente anuncio será por cuenta y a prorrateo de los adjudicatarios.

Segovia, 20 de octubre de 1998.-El Jefe del Servicio, Sergio Gozalo de Mercado.-14.851.

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Ayuntamientos

CARCAIXENT

Edicto

En el expediente que se instruye para la

expropiación forzosa de los bienes y derechos que se

considera necesario ocupar para la ampliación del

Instituto de Enseñanza Secundaria Obligatoria

"Arabista Ribera", de esta población, cuyo proyecto fue

aprobado definitivamente por el Ayuntamiento

Pleno con fecha 25 de febrero de 1999, y declarado

de utilidad pública, por el Plan General de

Ordenación Urbana, se expone la relación de propietarios

y bienes afectados para que, dentro del plazo de

quince días hábiles, contados a partir del siguiente

al de la inserción de este edicto en el "Boletín

Oficial" de la provincia y en el "Boletín Oficial del

Estado", computándose el plazo a partir de la última

publicación, puedan los interesados formular

alegaciones sobre la procedencia de la ocupación o

disposición de los bienes y su estado material o

legal, aportando cuantos datos permitan la

rectificación de los errores que se estimen cometidos

en la relación que se publica en hoja adjunta.

A los solos efectos de la subsanación de errores

en la descripción material y legal de los bienes,

cualquier persona, natural o jurídica, podrá

comparecer para alegar y ofrecer cuantos antecedentes

o referencias sirvan de fundamento para las

rectificaciones que procedan.

Relación de bienes y derechos afectados

Término municipal de Carcaixent

Número de orden: 1. Referencia catastral:

1739902. Sup. suelo: 1.475 metros cuadrados.

Cultivo: Naranjos. Propiedad, titular: "Brodo, Sociedad

Anónima", calle Núñez de Balboa, 90, 28079

Madrid.

Número de orden: 2. Polígono: 12. Parcela: 2.

Sup. suelo: 3.007,22 metros cuadrados. Cultivo:

Naranjos. Propiedad, titular: "Brodo, Sociedad

Anónima", calle Núñez de Balboa, 90, 28079 Madrid.

Carcaixent, 4 de marzo de 1999.-El

Alcalde.-14.801.

LLORET DE MAR

El Jefe del Servicio de Recaudación del Consejo

Comarcal de La Selva (Girona),

Hace saber: Que en el expediente administrativo

de apremio que se instruye en esta Recaudación

Ejecutiva por débitos a la Hacienda Municipal de

Lloret de Mar, contra "Pons Arpi, Sociedad

Anónima", por el concepto de Impuesto sobre Bienes

Inmuebles e Impuesto de Actividades Económicas,

1992-1993-1994, cuyo importe por principal,

recargo de apremio, costas presupuestadas e intereses

de demora hasta el día 9 de febrero de 1999 es

de 8.630.029 pesetas, se ha dictado por la Tesorera,

con fecha 25 de marzo de 1999, la siguiente

"Providencia.-De conformidad con lo dispuesto

en el artículo 146 del Reglamento General de

Recaudación y autorizada la enajenación de los bienes

inmuebles embargados a la deudora ``Pons Arpi,

Sociedad Anónima'', procédase a la celebración de

la subasta de los mismos, el día 25 de mayo de

1999, a las diez horas, en la sala de actos del Consejo

Comarcal de La Selva, situado en el paseo Sant

Salvador, 25-27, de Santa Coloma de Farners, y

obsérvense en su trámite y realización de las

prescripciones de los artículos 146, 147 y 148 del

Reglamento General de Recaudación, indicándose que

el tipo de subastas de los citados bienes a enajenar

será de 275.459.048 pesetas.

Notifíquese esta providencia a la deudora y demás

personas interesadas, y anúnciese al público

mediante edictos en el ªBoletín Oficialº de la provincia

y demás sitios reglamentarios."

Y en cumplimiento de dicha providencia, se

publica el presente edicto, convocando licitadores y

advirtiéndose a cuantos deseen tomar parte en la subasta

lo siguiente:

1. Los bienes embargados a enajenar son los

que al final se relacionarán. Los títulos disponibles

podrán ser examinados por aquéllos a quien interese,

hasta el día anterior al de la subasta de esta

Recaudación Ejecutiva, sita en la calle José Luhí, 24, en

horario de nueve a trece horas y de lunes a viernes.

2. Todo licitador deberá constituir, ante la Mesa

de Subasta, el preceptivo depósito de garantía, que

será, al menos, del 20 por 100 del tipo de aquélla,

con la advertencia de que dicho depósito se ingresará

en firme en la Tesorería Municipal, si los

adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, sin

perjuicio de las responsabilidades en que incurrirán

por los mayores perjuicios que sobre el importe

del depósito origine la inefectividad de la

adjudicación.

3. La subasta se suspenderá, en cualquier

momento anterior a la adjudicación de bienes, si

se hace el pago de la deuda, intereses y costas del

procedimiento.

4. El rematante deberá entregar, en el acto de

la adjudicación o dentro de los cinco días siguientes,

la diferencia entre el depósito constituido y el precio

de la adjudicación.

5. Los licitadores podrán enviar o presentar sus

ofertas en sobre cerrado y dirigido al Presidente

de la Mesa de Subasta, hasta una hora antes del

comienzo de la subasta. Dichas ofertas, que tendrán

el carácter de máximas, deberán ir acompañadas

de cheque conformado, extendido a favor del

Ayuntamiento de Lloret de Mar por el importe del

depósito, advirtiendo que los cheques no tendrán validez

si su conformidad bancaria no se extiende hasta

diez días después de la celebración de la subasta.

6. En el supuesto de concurrencia de varias

ofertas en sobre cerrado, comenzará la admisión de

posturas a partir de la segunda más alta de aquéllas

y será adjudicataria la postura más alta por el tramo

superior a la segunda en el caso de no existir otras

ofertas.

7. Se procederá a la devolución de los depósitos

a los licitadores no adjudicatarios en el acto de

la subasta.

8. La Mesa de Subasta podrá, cuando así lo

estime pertinente y previa deliberación, acordar la

realización de una segunda licitación, una vez

finalizada la primera, de los bienes que no hayan sido

adjudicados en ésta.

9. Que el Ayuntamiento de Lloret de Mar se

reserva el derecho a pedir la adjudicación del

inmueble que no hubiese sido objeto de remate en la

subasta, para la solvencia de su crédito y dentro

de los límites establecidos en los artículos 158 y

159 del Reglamento General de Recaudación.

10. Los tramos a que deberán ajustarse las

posturas serán de 200.000 pesetas.

11. Los licitadores deberán conformarse con los

títulos de propiedad que se hayan aportado al

expediente y no tendrán derecho a exigir otros, los cuales

podrán ser examinados en esta Recaudación

Ejecutiva, hasta el día anterior a la celebración de la

subasta.

12. Las cargas y gravámenes anteriores y

preferentes a la anotación preventiva de embargo

quedarán subsistentes, sin aplicar su extinción al precio

del remate.

13. Los bienes no enajenados en subasta podrán

adjudicarse mediante la venta por gestión directa,

de acuerdo con el procedimiento establecido en el

artículo 150 del Reglamento General de

Recaudación.

Advertencias: En el caso de deudores con

domicilio desconocido, la notificación de la subasta se

entenderá efectuada, a todos los efectos legales, por

medio de la publicación del presente edicto, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 146.4 del

citado Reglamento. Quedando advertido, en este

caso, que contra la indicada providencia podrá

interponer recurso de reposición, previo al

contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, a contar

del siguiente al de la publicación del presente edicto

en el "Boletín Oficial" de la provincia y ante este

Ayuntamiento, conforme a lo dispuesto en el

artículo 14.4 de la Ley reguladora de las Haciendas

Locales; significando que el procedimiento de

apremio, aunque se interponga recurso, solamente se

suspenderá en los términos y condiciones señalados

en el artículo 14 de la citada Ley.

En todo lo no previsto en este edicto, se estará

a lo preceptuado en la disposiciones legales que

regulen el acto y confieran algún derecho a favor

de terceros.

Relación de los bienes a enajenar

Edificio destinado a hotel, con la denominación

de "Hotel Dex II", sito el Lloret de Mar, esquina

Juan Llaverias y avenida Dos de Febrero, sin

número; mide el solar 1.450 metros 17 decímetros

cuadrados. La edificación se desarrolla en plantas:

Sótano, de 600 metros 64 decímetros cuadrados, con

destino a cocina, almacén y dependencias del

servicio; baja, de 1.001 metros 8 decímetros cuadrados,

con destino a conserjería, recepción, "hall", aseos,

salón-bar, "boutique", comedor y piscina; plantas

primera, segunda, tercera, cuarta, quinta y sexta,

iguales entre sí, de 709,18 metros cuadrados, con

destino a habitaciones, en número 19, dobles, con

cuarto de baño y terraza, en cada una de dichas

seis plantas, cubierto con terrado o azotea. El

edificio cuenta con dos escaleras y dos ascensores con

montacargas. El edificio está circuido de patio o

jardín, hasta totalizar la superficie indicada del solar.

Lindante: Al frente, en línea de 45 metros 60

centímetros, con la avenida Dos de Febrero; a la

izquierda, entrando, otro frente, en línea de 29 metros

55 centímetros, con la calle Juan Llaverias; a la

derecha, en línea de 27 metros 90 centímetros y

13 metros 70 centímetros, con Carmen Cortés,

viuda de Freixas, y al fondo, con finca de que se segregó,

propiedad de Agustín Arpí.

Inscrita en el tomo 1.175, libro 146 de Lloret

de Mar, folio 143, finca 6.344, inscripción segunda,

anotaciones letras LL,NyR.

Valor de la tasación: Lote único, 275.459.048

pesetas.

Tipo de subasta en la primera licitación:

275.459.048 pesetas.

Cargas preferentes a las mencionadas

anotaciones: Según el Registro de la Propiedad existe una

de "Banco Hipotecario de España, Sociedad

Anónima", pero, solicitada la actualización por escrito,

nos comunican que ha sido cancelada.

Lloret de Mar, 26 de marzo de 1999.-El Jefe

del Servicio, Alex Ros Queldra.-14.698-E.

UNIVERSIDADES

MURCIA

Escuela Técnica Superior

de Ingenieros Industriales

El título de Ingeniero Industrial-Mecánica a

nombre de don Antonio I. Puigcerver Martínez, que

fue expedido el 3 de julio de 1986, con el número

de registro 1581, ha sufrido extravío según

manifiesta el interesado.

Lo que se hace público, a los efectos de expedición

de un duplicado del mismo.

Cartagena, 6 de noviembre de 1998.-El

Secretario.-Visto bueno, el Director.-13.114.

CAJA DE EXTREMADURA

Convocatoria de Asamblea general ordinaria

Por acuerdo del Consejo de Administración del

día 26 de febrero de 1999, se convoca a todos

los Consejeros Generales a la Asamblea general

ordinaria, que habrá de celebrarse, en primera

convocatoria, a las diez horas del próximo día 8 de

mayo de 1999, y en segunda convocatoria, a las

diez horas treinta minutos del mismo día, en el

salón de actos de este Caja de Ahorros y Monte

de Piedad de Extremadura, sito en calle de

Clavellinas, número 7, de Cáceres, con el siguiente

Orden del día

Primero.-Confección de la lista de asistentes para

determinar el quórum y subsiguiente constitución

válida de la Asamblea.

Segundo.-Salutación del señor Presidente.

Tercero.-Presentación de la Memoria, Balance

anual, Cuenta de Resultados y aplicación de

excedentes del ejercicio de 1998.

Cuarto.-Gestión de las obras sociales

correspondientes al ejercicio de 1998.

Quinto.-Informes de la Comisión de Control.

Sexto.-Aprobación, si procede, de la gestión del

Consejo de Administración, Memoria, Balance

anual, Cuenta de Resultados y aplicación del

excedente del ejercicio de 1998.

Séptimo.-Aprobación, si procede, de la gestión

de las obras sociales correspondientes al ejercicio

de 1998.

Octavo.-Presupuesto de la obra social para el

ejercicio de 1999, y su aprobación, si procede.

Noveno.-Otros asuntos.

Décimo.-Ruegos y preguntas.

Undécimo.-Acuerdo sobre aprobación del acta

de la sesión, o, en su caso, nombramientos de dos

Interventores.

Cáceres, 26 de febrero de 1999.-Por el Consejo

de Administración, el Presidente, Jesús Medina

Ocaña.-15.654.

CAJA DE AHORROS Y PENSIONES

DE BARCELONA

Convocatoria de Asamblea general extraordinaria

29 de abril de 1999

En cumplimiento del acuerdo del Consejo de

Administración del día 9 de abril de 1999, y de

conformidad con lo dispuesto en los artículos 12

y 13 de los Estatutos vigentes, se convoca sesión

extraordinaria de la Asamblea general de esta Caja,

que se celebrará en su domicilio social, situado en

la avenida Diagonal, 621-629, de Barcelona, el día

29 de abril de 1999, a las diecinueve horas, en

primera convocatoria, bajo el siguiente

Orden del día

Primero.-Modificación del artículo 20 de los

Estatutos sociales, añadiéndole un apartado 4. º para

contemplar la figura del Presidente de Honor.

Segundo.-Confirmación de los nombramientos

de don Isidro Fainé Casas como Director general

ANÁLISIS

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