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Documento BOE-B-1999-9500

Anuncios particulares

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 26 de mayo de 1999, páginas 7466 a 7466 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-1999-9500

TEXTO

ARGENTARIA GESTIÓN, SGIIC,

SOCIEDAD ANÓNIMA

Comunica que ha sido autorizado por la CNMV

la sustitución de "Banco Directo, Sociedad

Anónima", por "Banco de Negocios Argentaria,

Sociedad Anónima", como entidad depositaria de los

siguientes fondos de inversión: Argentaria Renta,

FIM; Argentaria Fondirecto V Aniversario, FIM;

Argentaria Fondirecto, FIAMM. Esta sustitución ha

sido comunicada individualizadamente a todos los

partícipes, haciéndose efectiva el día en que se

inscriba en el Registro correspondiente de la CNMV

y permite a los partícipes optar, en el plazo de

un mes a partir de la fecha de publicación en el

"Boletín Oficial del Estado", o de la remisión de

las comunicaciones a los partícipes, si ésta fuera

posterior, por el reembolso de sus participaciones

sin deducción de comisión de reembolso ni gasto

alguno.

Madrid, 17 de mayo de 1999.-El Secretario del

Consejo de Administración.-21.531.

ARGENTARIA GESTIÓN, S. G. I. I. C.,

SOCIEDAD ANÓNIMA

Comunica que, con fecha 21 de mayo de 1999,

la DGTPF ha resuelto autorizar la modificación de

los Reglamentos de Gestión de Argentaria

Fondrentas 1-A, FIM, y de Argentaria Fondrentas 1-B, FIM,

mediante texto refundido, al objeto, entre otros, de

cambiar su denominación por la de Argentaria

Extrabonos Internacional, FIM, y Argentaria Dólar,

FIM, respectivamente, como consecuencia de la

modificación prevista en sus políticas de inversión,

y modificar el valor liquidativo aplicable a

suscripciones y reembolsos, que pasará a ser el del mismo

día de la solicitud. Esta modificación ha sido

comunicada individualizadamente a todos los partícipes,

haciéndose efectiva el día en que se inscriba en

el Registro correspondiente de la Comisión

Nacional del Mercado de Valores y permite a los partícipes

optar, en el plazo de un mes, a partir de la fecha

de publicación en el "Boletín Oficial del Estado",

o de la remisión de las comunicaciones a los

partícipes, si ésta fuera posterior, por el reembolso de

sus participaciones, sin deducción de comisión de

reembolso ni gasto alguno.

Madrid, 21 de mayo de 1999.-El Secretario del

Consejo de Administración.-22.456.

BANIF

INMOBILIARIA, S. A., S. G. I. I. C.

Modificación del Reglamento

Por acuerdo tomado por el Consejo de

Administración de "Banif Inmobiliaria, Sociedad

Anónima, SGIIC", gestora de este fondo, se modifica

el artículo 23 del Reglamento del fondo BCH Banif

Fondo Inmobiliario FII, al siguiente tenor:

"Artículo 23. Reembolso de las participaciones.

a) Los partícipes podrán solicitar el reembolso

parcial o total de su participación dos veces al año,

dentro de los meses de febrero y de octubre.

El valor liquidativo correspondiente al reembolso

de febrero y de octubre será el correspondiente al

último día del mes de febrero y de octubre de cada

año, respectivamente, entendiéndose las referidas

fechas como las de reembolso.

b) El reembolso de participaciones se realizará

por cuenta del fondo inmobiliario con cargo a su

propio patrimonio.

c) El reembolso de participaciones podrá

solicitarse en las oficinas de la sociedad gestora o en

las del depositario, presentando el último estado

de posición emitido y, en su caso, los certificados

de participaciones que deseen reembolsar,

acompañado de la correspondiente solicitud debidamente

cumplimentada.

En todo caso, la petición de reembolso

correspondiente al mes de febrero deberá hacerse entre

losdías1y13defebrero y, en caso de que el

año sea bisiesto, entre el día1y14delmismo

mes. La petición de reembolso correspondiente al

mes de octubre deberá hacerse entre los días 1 y

16 de octubre.

Los documentos correspondientes se entregarán

o, en su caso, remitirán a la sociedad gestora para

que proceda a la aplicación del precio de reembolso.

De la entrega de estos documentos se dará al

partícipe el correspondiente justificante.

d) Recibida por la sociedad gestora la

documentación señalada en la letra anterior y

comprobada su corrección, aquélla dará orden a la entidad

depositaria para que proceda, contra la entrega del

justificante señalado en la letra anterior, al pago

del reembolso solicitado, por medio de cualquiera

de las formas señaladas en la Orden del 30 de julio

de 1992 del Ministerio de Economía.

Si el reembolso fuera parcial, se entregará al

partícipe por la sociedad gestora o el depositario un

justificante de las participaciones que aquél continúe

teniendo en el fondo."

Lo que se pone en conocimiento general de los

partícipes a los efectos oportunos.

Madrid, 19 de mayo de 1999.-El Secretario del

Consejo de Administración.-22.540.

CAJA DE AHORROS Y MONTE

DE PIEDAD DE CÓRDOBA

(CAJASUR)

Convocatoria de Asamblea general ordinaria

Por acuerdo del Consejo de Administración de

esta entidad y de conformidad con lo establecido

en las normas estatutarias, se convoca a los señores

Consejeros generales, Consejo de Administración

y Comisión de Control de esta Caja de Ahorros

y Monte de Piedad de Córdoba (CAJASUR), a la

Asamblea general ordinaria, que se celebrará el día

19 de junio de 1999, en la iglesia de Santa María

de la Magdalena, sita en plaza de la Magdalena,

sin número, de Córdoba, a las once treinta horas,

en primera convocatoria, y de no reunirse el quórum

necesario, en segunda convocatoria, el mismo día

y en igual lugar a las doce horas, para tratar de

los asuntos que figuran en el siguiente

Orden del día

Primero.-Confección de la lista de asistentes para

la determinación del quórum y subsiguiente

constitución válida de la Asamblea general.

Segundo.-Salutación del señor Presidente e

indicación de las variaciones habidas en la Asamblea

general.

Tercero.-Examen y aprobación, si procede, de

la gestión del Consejo de Administración y cuentas

anuales de 1998 de la Caja de Ahorros y Monte

de Piedad de Córdoba, así como las cuentas anuales

consolidadas de su grupo financiero, compuestas

por las Memorias, Balances anuales y Cuentas de

Resultados con aplicación de éstos, previa

consideración del informe de censura de cuentas de la

Comisión de Control.

Cuarto.-Informe de la Comisión de Control.

Quinto.-Informe comprensivo de la situación de

las obras sociales y culturales y examen y

aprobación, si procede, de su gestión y liquidación del

presupuesto de dichas obras en el ejercicio de 1998.

Sexto.-Aprobación, si procede, de los

presupuestos de obras sociales para el ejercicio de 1999.

Séptimo.-Propuesta de delegación de facultades

en relación con la creación, modificacion,

transferencia y disolución de obras benéfico-sociales, en

su caso.

Octavo.-Aprobación, si procede, de la

actualización de la cuantía de las dietas por asistencia

a los órganos de gobierno de la entidad, de

conformidad con el acuerdo adoptado por la Comisión

Ejecutiva del Banco de España.

Noveno.-Propuesta de prórroga del

nombramiento de los actuales Auditores de cuentas de la

entidad.

Décimo.-Ruegos y preguntas.

Undécimo.-Acuerdo sobre aprobación del acta

de la sesión o designación, en su caso, de

Interventores a tal fin.

Nota: Quince días antes de la celebración de la

sesión estará a disposición de los señores Consejeros

en la sede central de la institución (Secretaría de

Órganos de Gobierno), para su examen la

documentación a que se refiere el artículo 18.7 de los

Estatutos y la correspondiente a obras sociales.

Córdoba, 17 de mayo de 1999.-El Presidente,

Miguel Castillejo Gorraiz.-22.531.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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