Por Resolución de fecha 21 de enero de 2000,
del señor Subdirector general de Conservación y
Explotación, actuando por delegación del ilustrísimo
señor Director general de Carreteras, se aprobó el
proyecto anteriormente mencionado. De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley
25, de 29 de julio de 1988, de Carreteras, la
aprobación de un proyecto de carreteras estatal implica
la declaración de utilidad pública y la necesidad
de ocupación de los bienes y adquisición de derechos
correspondientes a los fines de la expropiación.
Sometido el procedimiento expropiatorio al cauce
de urgencia establecido en el artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954,
según dispone el artículo 72 de la Ley 42/1994,
de 30 de diciembre de 1994, procede realizar la
información pública previa a que se hace referencia
el artículo 56.1 del Reglamento de la Ley de
Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de
abril de 1957. En consecuencia, se somete a
información pública por plazo de veinte días la relación
de bienes y derechos afectados, que se hará pública
en el "Boletín Oficial del Estado", "Boletín Oficial"
de la provincia y en un diario de la capital, y que
se remitirá para su exposición en el Ayuntamiento
del municipio afectado y que podrá ser consultada
en las oficinas de esta Demarcación de Carreteras
del Estado en Cataluña, sita en calle de La
Marquesa, 12, en Barcelona, a los solos efectos de
subsanar posibles errores que se hayan padecido al
relacionar los bienes y derechos afectados por la
urgente ocupación (artículo 16 del Reglamento de
Expropiación Forzosa), los interesados podrían
dirigir en el plazo expresado, ante esta Demarcación
de Carreteras, la oportuna reclamación a los
efectos de subsanar errores. Se hace constar que a tenor
de lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,
de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y en la norma segunda del
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el
presente anuncio servirá como notificación a los
posibles interesados no identificados, a los titulares
de bienes y derechos afectados que sean
desconocidos y a aquellos respecto de quienes sea ignorado
su paradero, sin perjuicio de lo dispuesto en el
artículo 5 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Asimismo, esta Demarcación de Carreteras del
Estado en Cataluña, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, ha resuelto
convocar a los propietarios y titulares de derechos
afectados por el proyecto de referencia para que
aparezcan en el Ayuntamiento de Sant Sadurní
d'Anoia el día 7 de junio de 2000 para, de conformidad
con el procedimiento que establece el artículo citado,
llevar a cabo el levantamiento de las actas previas
a la ocupación de las fincas, previo traslado, si es
necesario, a la propia finca. A dicho acto deberán
asistir los titulares de los derechos y bienes
afectados, personalmente o representados por persona
debidamente autorizada para actuar en su nombre,
aportando los documentos acreditativos de su
titularidad y el último recibo de la contribución que
corresponda al bien afectado, pudiendo hacerse
acompañar, a su costa, si lo estima oportuno, de
sus Peritos o Notario. El presente señalamiento será
notificado individualmente por correo certificado y
aviso de recibo a los interesados convocados, que
son los comprendidos en la relación concreta e
individualizada de bienes y derechos afectados.
Barcelona, 12 de abril de 2000.-El Jefe de la
Demarcación, Aureliano López Heredia.-21.948.
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