Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a "Complexo Bamio, Sociedad Limitada",
que por el Tribunal Económico-Administrativo
Central, y en el expediente R.G. 10.315/96, protocolo
608/99, seguido a instancia del interesado, contra
acuerdo del Tribunal Regional de Galicia de fecha
24 de mayo de 1996, en materia de recaudación
de los recursos de la Seguridad Social, se ha dictado
resolución en sesión del día 17 de diciembre de
1999, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en resolución del recurso de alzada
promovido por "Complexo Bamio, Sociedad Limitada",
contra el acuerdo del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Galicia de fecha 24 de mayo
de 1996, reclamación número 32/77/95, acuerda:
Desestimar el recurso y confirmar el acuerdo
recurrido."
Lo que se notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
Madrid, 28 de marzo de 2000.-El Vocal Jefe
de la Sección, J. Palacio Ruiz de Azagra.-&22.319.
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