Para los propietarios colindantes y los interesados
desconocidos o ausentes que se hallan afectados
por el expediente de deslinde mencionado, y cuya
notificación personal ha resultado infructuosa, se
procede a notificar la Orden de fecha 13 de marzo
de 2000; aprobatoria del citado expediente de
deslinde, de acuerdo con lo establecido en el artículo
59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ
y PAC) sobre notificaciones a interesados cuando
éstos sean desconocidos o ausentes o se ignore su
domicilio:
La Dirección General de Costas del Ministerio
de Medio Ambiente, por delegación de la Ministra
y de conformidad con el Servicio Jurídico, ha
resuelto:
"I. Aprobar el deslinde al que se refiere este
expediente según se define en los planos que se
integran en el proyecto y que están fechados en
noviembre de 1997, en los que se delimitan los
bienes de dominio público marítimo-terrestre del
tramo de costa, de unos 3.372 metros de longitud,
denominado Tramo 10, que comprende desde el
norte de los terrenos que confrontan con el puerto
deportivo de El Estació (M-196 de Z.M.T., Orden
de 17 de noviembre de 1966), hasta el límite norte
de la urbanización "Veneziola" (M-154 de Z.M.T.,
Orden de 17 de noviembre de 1968), en La Manga
del Mar Menor, lado del Mar Menor, en el término
municipal de San Javier (Murcia).
II. Ordenar a la Demarcación de Costas de este
departamento en Murcia, que inicie las actuaciones
conducentes a rectificar las situaciones jurídicas
registrales contradictorias con el deslinde aprobado.
III. Otorgar el plazo de un año, para solicitar
la correspondiente concesión a aquellos titulares de
terrenos que pudieran acreditar su inclusión en
alguno de los supuestos contemplados en la disposición
transitoria primera de la Ley 22/1988, de Costas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la
vía administrativa, puede interponerse, con carácter
potestativo, recurso de reposición en el plazo de
un mes ante la Ministra de Medio Ambiente o,
directamente, recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Los plazos serán contados desde el día siguiente
a la práctica de la notificación de la presente
resolución.
Lo que se comunica para que por ese Servicio
Periférico se notifique la presente resolución a los
interesados en el expediente, Comunidad
Autónoma, Ayuntamientos respectivos y Registro de la
Propiedad, debiendo remitirse a este centro directivo
los acuses de recibo o los duplicados firmados que
permitan tener constancia del recibo de las citadas
notificaciones.
Murcia, 11 de abril de 2000.-El Jefe de la
Demarcación, Salvador Barnés Mora.-22.426.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid