A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de
7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos y en
el Reglamento General del Servicio Público de
Gases Combustibles, en relación con los artículos
17 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de
su Reglamento y en el Decreto 38/1994, de 19
de mayo, por el que se aprueba el Plan de
Ordenación de los Recursos Naturales del Principado
de Asturias, se somete a información pública el
siguiente proyecto de instalaciones:
Peticionario: "Gas de Asturias, Sociedad
Anónima", con domicilio en plaza de la Gesta, número
2, en Oviedo.
Objeto de la petición: Autorización y declaración
de utilidad pública del proyecto de instalación de
la red de distribución de gas natural de Navia, en
el término municipal de Navia.
Descripción de las instalaciones: Las instalaciones
proyectadas se componen de una red de distribución
de gas natural en el núcleo urbano de Navia, de
material polietileno (PE), tipo SDR 11, en 160,
110, 90 y 63 mm, para una presión máxima de
servicio de 4 bar (MPB). Esta red mallada se
conectará mediante un gasoducto de 1.772 metros de
longitud (160 mm en PE-SDR 11) a una E.R.M.
situada en las proximidades de la fábrica de celulosas
(Armental), que a su vez conecta con el gasoducto
que "Enagás, Sociedad Anónima", ha proyectado
para el suministro de gas a la citada fábrica.
Presupuesto: 109.708.286 pesetas.
Afecciones a terrenos:
La afección a fincas particulares, derivadas de
la construcción del gasoducto objeto de este
proyecto, se concreta de la siguiente forma:
Superficie a expropiar: Pleno dominio de los
terrenos sobre los elementos de instalación fija en
superficie.
Ocupación temporal: Es una necesidad derivada
de la ejecución de las obras, consistente en la
ocupación del área indicada en la relación, y en la
que se hará desaparecer cualquier obstáculo que
entorpezca la construcción de la red de gas natural.
Servidumbres: Imposición de servidumbre
permanente de paso en una franja de 4 metros de ancho,
a lo largo del gasoducto, por donde discurran
enterradas las tuberías y otras instalaciones para
la conducción de gas:
Prohibición de efectuar trabajos de arada o
similares a una profundidad superior a 30 centímetros,
así como a plantar árboles o arbustos a una distancia
inferior a 2 metros a contar desde el eje de la tubería.
Prohibición de efectuar cualquier tipo de obras
o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar
el buen funcionamiento de las instalaciones, a una
distancia inferior a 5 metros del eje del trazado
a uno y otro lado del mismo. Esta distancia podrá
reducirse siempre que se solicite expresamente y
se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije
el órgano competente de la Administración.
Libre acceso del personal y equipos necesarios
para poder mantener, reparar y renovar las
instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que
se ocasionen.
Lo que se hace público para conocimiento general
y especialmente de los propietarios de terrenos y
demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya
relación se inserta al final de este anuncio, para
que pueda ser examinado el expediente en la
Dirección General de Industria y Energía, sita en la plaza
de España, sin número, edificio administrativo de
servicios múltiples, cuarta planta, 33007 Oviedo y
presentar, por triplicado, en dicho centro las
alegaciones que estime oportunas en el plazo de veinte
días a partir del siguiente al de la inserción de este
anuncio. Asimismo, conforme a lo dispuesto en el
Decreto 38/1994, de 19 de mayo, por el que se
aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos
Naturales del Principado de Asturias se concede
un plazo de quince días naturales, contados a partir
de la misma fecha, para la presentación de
reclamaciones relativas a la evaluación del estudio
preliminar del impacto ambiental.
Oviedo, 23 de marzo de 2000.-El Consejero de
Industria, Comercio y Turismo, P. D. (Resolución
de 20 de agosto de 1999, "Boletín Oficial del
Principado de Asturias" del 28), P. D. (Resolución de
1 de febrero de 2000, "Boletín Oficial del Principado
de Asturias", de 4 de marzo), el Director general
de Industria y Energía, Jesús Urrutia
García.-22.958.
Relación de bienes y derechos afectados
Servid.
lineal
-m
Ocup.
temp.
-m2
Ocup.
def.
-m2
Sup.
totalFinca Políg. Parc. Propietario Domicilio Bienes Destino Calif. Urban. Paraje
1 19 322 Celulosas de
Asturias, S. A.
Armental, s/n.
Villanueva, Navia.
120 Ver total. Ver total. Ver total. - Improductivo. S u e l o n o
urbanizable.
Armental.
2 19 331 Celulosas de
Asturias, S. A.
Armental, s/n.
Villanueva, Navia.
1.530 Ver total. Ver total. Ver total. - Improductivo. S u e l o n o
urbanizable.
Armental.
3 19 332 Celulosas de
Asturias, S. A.
Armental, s/n.
Villanueva, Navia.
198 Ver total. Ver total. Ver total. - Improductivo. S u e l o n o
urbanizable.
Armental.
4 19 334 Celulosas de
Asturias, S. A.
Armental, s/n.
Villanueva, Navia.
180 Ver total. Ver total. Ver total. - Improductivo. S u e l o n o
urbanizable.
Armental.
5 19 335 Celulosas de
Asturias, S. A.
Armental, s/n.
Villanueva, Navia.
192 Ver total. Ver total. Ver total. - Improductivo. S u e l o n o
urbanizable.
Armental.
6 19 336 Celulosas de
Asturias, S. A.
Armental, s/n.
Villanueva, Navia.
228 Ver total. Ver total. Ver total. - Improductivo. S u e l o n o
urbanizable.
Armental.
7 19 94 Celulosas de
Asturias, S. A.
Armental, s/n.
Villanueva, Navia.
1.760 Ver total. Ver total. Ver total. - Improductivo. S u e l o n o
urbanizable.
Armental.
8 19 95 Celulosas de
Asturias, S. A.
Armental, s/n.
Villanueva, Navia.
2.425 Ver total. Ver total. Ver total. - Improductivo. S u e l o n o
urbanizable.
Armental.
9 19 96 Celulosas de
Asturias, S. A.
Armental, s/n.
Villanueva, Navia.
13.800 Ver total. Ver total. Ver total. - Improductivo. S u e l o n o
urbanizable.
Armental.
10 19 97 Celulosas de
Asturias, S. A.
Armental, s/n.
Villanueva, Navia.
2.340 Ver total. Ver total. Ver total. - Improductivo. S u e l o n o
urbanizable.
Armental.
15 19 384 Celulosas de
Asturias, S. A.
Armental, s/n.
Villanueva, Navia.
3.264 Ver total. Ver total. Ver total. - Improductivo. S u e l o n o
urbanizable.
Armental.
Total 510 2.550 3.060
24 19 113 Sánchez, Emilio y
hermanos.
Armental, Navia. 5.550 - - 205 - Prado. S u e l o n o
urbanizable.
Armental.
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