Anuncio de fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
64.2 de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de
Cooperativas y en el 73.6 de la Ley 4/1999, de 30
de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de
Madrid, se hace público que las Asambleas generales
de las Cooperativas "Caja Rural de Málaga,
Sociedad Cooperativa de Crédito" y "Caja Grumeco,
Sociedad Cooperativa de Crédito", debidamente
convocadas en tiempo y forma, acordaron, por
unanimidad, en sus reuniones celebradas con fecha 31
de marzo y 12 de abril de 2000, la fusión de ambas
entidades, mediante la absorción de "Caja Grumeco,
Sociedad Cooperativa de Crédito", por Caja Rural
de Málaga, Sociedad Cooperativa de Crédito",
sucediendo la absorbente a la absorbida a título universal
en la totalidad de los derechos y obligaciones de
ésta, en función de los respectivos Balances de
fusión, cerrados por dichas Cooperativas con fecha
31 de diciembre de 1999, encontrándose
debidamente auditados todos ellos.
Dicho acuerdo de fusión fue adoptado de
conformidad con el proyecto de fusión depositado en
los Registros Mercantiles de Málaga y Madrid,
correspondientes a los domicilios sociales de la
Cooperativa absorbente y absorbida, respectivamente.
Dicho acuerdo de fusión queda condicionado
suspensivamente a la concesión de la preceptiva
autorización administrativa que sobre la referida fusión
debe emitir la Dirección General del Tesoro y
Política Financiera.
Como consecuencia de esta fusión, los socios
de la Cooperativa absorbida recibirán por cada
aportación que ostenten en ella, una aportación al capital
de la absorbente más la suma de 10.000 pesetas.
Los efectos contables de la operación tendrán lugar
a partir del día 12 de abril de 2000, fecha de
celebración de la Asamblea general de "Caja Grumeco,
Sociedad Cooperativa de Crédito" que aprobó la
operación de fusión.
Se hace constar expresamente: (I) El derecho
que asiste a los socios y acreedores de obtener el
texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance
de fusión; (II) el derecho de oposición que
corresponde a los acreedores, en los términos y
condiciones establecidos en los artículos 66 de la Ley
27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, y 75 de
la Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas
de la Comunidad de Madrid y (III) el derecho
de los socios de las cooperativas que se fusionan
y que no hayan votado a favor a separarse de su
cooperativa en los términos y condiciones previstos
en la Ley.
Málaga y Madrid, 24 de abril de 2000.-El
Consejo Rector de "Caja Rural de Málaga, Sociedad
Cooperativa de Crédito".-El Consejo Rector de
"Caja Grumeco, Sociedad Cooperativa de
Crédito".-23.752.
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