De conformidad con lo dispuesto en los
artículos 146 y siguientes del Reglamento General de
Recaudación (Real Decreto 1684/1990, de 20 de
diciembre, "Boletín Oficial del Estado" de 3 de enero
de 1991) y el artículo 137.1 de la Ley General
Tributaria, se dispone la venta de bienes inmuebles
dentro del expediente ejecutivo seguido contra la
deudora doña Elena Carmen Tablada Moure
(50716319).
La subasta se celebrará el día 7 de junio de 2000,
a las diez horas en el salón de actos de la Delegación
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
en Madrid, calle Guzmán el Bueno, 139.
Bienes embargados a enajenar
Descripción registral: Urbana número cinco,
parcela señalada con el número S-cinco, del "Parque
VA-tres", de la denominada "Zona Este de la
Moraleja", en término de Alcobendas. Ocupa una
superficie de 758,500 metros cuadrados. Linda: Al frente,
por donde tiene su entrada, en línea de 16,40 metros
con finca matriz en su vial interior; a la izquierda,
entrando, con parcela S-seis en línea de 47,50
metros; a la derecha, en línea de 47,50 metros,
con parcela S-cuatro, y al fondo, en línea de 16,40
metros, con finca matriz en su zona verde.
Sobre la misma se ha construido una casa chalé
que tiene su acceso por vía común a ésta y otros
chalés y cuya vía arranca del paseo de la Marquesa
Viuda de Aldama. Se compone de plantas sótano,
baja y primera, así como de aparcamiento, cubierto
adosado a la planta baja, este último de una
superficie de 31 metros cuadrados. La planta sótano
destinada a servicios generales, ocupa una superficie
de 169 metros 17 centímetros cuadrados. La planta
baja, distribuida en salón y cocina, ocupa una
superficie de 172 metros 13 centímetros cuadrados. La
planta primera será distribuida en cuatro
dormitorios, tres baños y terraza, ocupa una superficie
de 108 metros 99 centímetros cuadrados. Ocupa
sobre el terreno, la casa y el garaje, una superficie
de 203 metros 13 centímetros cuadrados, y el resto
hasta la total cabida de la parcela de 758 metros
50 centímetros cuadrados, destinados a jardines y
accesos de entrada.
Finca inscrita con el número 22.911 triplicado,
folio 219, libro 890, tomo 1.018 en el Registro
de la Propiedad número 2 de Alcobendas (Madrid).
Valorada en 92.600.000 pesetas, está gravada por
cargas que suman un importe de 16.824.684 pesetas,
siendo el tipo de subasta en primera licitación de
75.775.316 pesetas.
Tramos: 500.000 pesetas.
En cumplimiento del citado precepto, se publica
el presente anuncio y se advierte a las personas
que deseen tomar parte en la subasta lo siguiente:
Primero.-Todo licitador habrá de constituir ante
la Mesa de subasta, depósito de garantía de, al
menos, el 20 por 100 del tipo de subasta, en primera
licitación. Este depósito se ingresará en firme en
el Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el precio
del remate, sin perjuicio de las responsabilidades
en que incurrirán por los mayores perjuicios que
sobre el importe del depósito originare la
inefectividad de la adjudicación.
Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier
momento anterior a la adjudicación de los bienes,
si se efectúa el pago de la deuda, intereses y costas
del procedimiento.
Tercero.-Las cargas, gravámenes y situaciones
jurídicas que afectan a los bienes y que han de
quedar subsistentes, son las siguientes: Según la
documentación que consta:
A) Sujeta, por procedencia, a los Estatutos que
limitan la extensión del derecho de propiedad, como
consta en la inscripción sexta de la finca originaria
número 708, al folio 13 del tomo 9, libro 7 de
Alcobendas.
B) Sujeta al régimen urbanístico que resulta de
las escrituras otorgadas el 10 de julio de 1975 y 14
de septiembre de 1976, ante el Notario de Miraflores
de la Sierra don José María Peña y Bernaldo de
Quirós.
C) Gravada con la hipoteca de su inscripción
cuarta constituida a favor de Caja Española de
Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad. Según
información facilitada por esta entidad, la cantidad
pendiente de amortizar garantizada con esta
hipoteca, asciende a fecha 14 de febrero de 2000 a
16.824.684 pesetas.
En cualquier caso, el adjudicatario se subrogará
en todas las cargas, gravámenes y derechos que
legalmente deban quedar subsistentes.
Cuarto.-Los licitadores habrán de conformarse
con los títulos de propiedad que se hayan aportado
al expediente, no teniendo derecho a exigir otros,
encontrándose de manifiesto aquéllos en esta
Dependencia de Recaudación hasta el día anterior
al de la subasta. Los gastos derivados del
otorgamiento de oficio de la escritura de venta de los
inmuebles que resulten enajenados serán por cuenta
del adjudicatario.
Quinto.-El rematante entregará en el acto de
adjudicación, o dentro de los cinco días siguientes, la
diferencia entre el depósito constituido y el precio
de la adjudicación.
Sexto.-Cuando en la primera licitación no se
hubiese cubierto la deuda y queden bienes sin
adjudicar, la Mesa anunciará la iniciación del trámite
de adjudicación directa que se llevará a cabo de
acuerdo con el artículo 150 del Reglamento General
de Recaudación. Para ello se admitirán ofertas por
importe igual o superior al tipo de subasta en primera
licitación.
Sin embargo y en el mismo acto de la primera
licitación, la Mesa podrá optar por celebrar una
segunda licitación, cuando así lo haya acordado,
previa deliberación sobre la conveniencia de la
misma. El nuevo tipo será el 75 por 100 del tipo de
subasta en primera licitación. Los bienes no
adjudicados pasarán al trámite de adjudicación directa
previsto en el artículo 150 del Reglamento General
de Recaudación.
En el trámite de adjudicación directa, la
Dependencia de Recaudación realizará las gestiones
conducentes a la adjudicación en el plazo máximo de
seis meses, en las mejores condiciones económicas,
realizando cuantas notificaciones consideren
necesarias en el tablón de anuncios de dicha
Dependencia. Las ofertas se presentarán en sobre cerrado
en el exterior del cual se indicará con claridad la
referencia "Subasta de doña Elena Carmen Tablada
Moure. Adjudicación directa (S-1205).
Dependencia de Recaudación". Dichas ofertas tendrán la
consideración de vinculantes. En este caso no será
necesario aportar en el sobre cerrado el depósito a que
se refiere el punto primero.
Séptimo.-Los deudores con domicilio
desconocido, los deudores declarados en rebeldía, así como
los acreedores hipotecarios o pignoraticios
desconocidos, se tendrán por notificados con plena
virtualidad legal, por medio del presente anuncio.
Octavo.-La Hacienda se reserva el derecho de
adjudicar al Estado los inmuebles que no hubiesen
sido objeto de remate, conforme al artículo 158
y siguientes del Reglamento General de
Recaudación y el 137.2 de la Ley General Tributaria.
Noveno.-De acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 147.3 del Reglamento General de
Recaudación, se admitirán ofertas en sobre cerrado. En éstas,
se expresará el precio máximo ofrecido por el bien
enajenado. Los sobres podrán presentarse en el
Registro General de la Delegación hasta una hora
antes de iniciarse la subasta, debiendo incluirse en
el sobre un cheque conformado a favor del Tesoro
Público por el importe del depósito a que se refiere
el punto primero, así como datos identificativos y
dirección del licitador a efectos de poder
comunicarle, en caso de adjudicación, el resultado de
la subasta para su conocimiento a los efectos de
lo determinado en el punto quinto. En la parte
exterior del sobre debe figurar con claridad la referencia
"Subasta de doña Elena Carmen Tablada Moure
(S-1205) /7/06/00. Dependencia de Recaudación".
Décimo.-Si de la venta de los bienes resultara
un importe superior a los débitos y costas incluidos
en el expediente ejecutivo, se depositará el sobrante
en la Caja General de Depósitos del Ministerio de
Economía y Hacienda, a los efectos oportunos.
Undécimo.-Recursos: De reposición, en el plazo
de quince días, ante la Dependencia de Recaudación
o reclamación económico-administrativa, en el plazo
de quince días ante el Tribunal de dicha jurisdicción.
Madrid, 21 de marzo de 2000.-El Jefe de la
Dependencia de Recaudación, Juan Luis Cerdán
Ruano.-23.565.
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