Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en el expediente, por la presente se
comunica a "Fotocomposición Didot, Sociedad
Anónima", la Resolución dictada por esta Secretaría
General Técnica el día 17 de febrero de 2000: Con fecha
29 de julio de 1999 se autorizó por Resolución
de esta Secretaría un gasto de 561.600 pesetas, para
contratar la edición de 300 ejemplares de la obra
"Libros españoles en venta 1999. Catalán", en virtud
de lo establecido en el artículo 57 de la Ley 13/1995,
de 18 de mayo, de Contratos de Administraciones
Públicas, con cargo a la aplicación presupuestaria
18.02.421A.240 del presupuesto de gastos de 1999.
Una vez realizada dicha edición por la empresa
"Sociedad Anónima de Fotocomposición", con
número de identificación fiscal A-28.337.541, según
consta en el certificado de conformidad expedido
por el Jefe de Servicio de Producción Editorial de
la Subdirección General de Publicaciones, de fecha
10 de noviembre de 1999, se procedió al pago de
la factura número 288 de la mencionada empresa.
No obstante lo anterior, al elaborarse el
documento contable "Adok" de pago, se señaló como
interesado por error a la empresa "Fotocomposición
Didot, Sociedad Anónima", con número de
identificación fiscal A-48.120.539, siendo ingresada
posteriormente la cantidad del contrato 561.600
pesetas, por la Dirección General del Tesoro, en la
cuenta corriente número 0072 0661 00000412631, que
"Fotocomposición Didot, Sociedad Anónima", tiene
dada de alta en el Banco Pastor.
Habida cuenta del error cometido en el pago de
la factura número 288, de "Sociedad Anónima de
Fotocomposición" y para poder subsanar el mismo,
es preciso que por parte de "Fotocomposición
Didot, Sociedad Anónima", se proceda a la
retrocesión de 561.600 pesetas a la cuenta corriente que
la Dirección General del Tesoro tiene en el Banco
de España, con el fin de proceder al pago de la
cantidad a "Sociedad Anónima de
Fotocomposición", empresa que realmente es la adjudicataria
de la edición de "Libros españoles en venta 1999.
Catalán", y por tanto única acreedora del servicio.
La devolución del ingreso mencionado
anteriormente se deberá hacer en el plazo de diez días
hábiles desde la recepción de la notificación de la
presente Resolución, a la cuenta corriente de la
Dirección General del Tesoro en el Banco de
España.
Contra la presente Resolución se podrá interponer
recurso de reposición ante el excelentísimo señor
Ministro de este Departamento, en el plazo de un
mes, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 18 de abril de 2000.-El Secretario
general técnico del Ministerio de Educación y Cultura,
Tomás González Cueto.-&23.888.
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