Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 35.2
del Reglamento de IIC, se procede a comunicar
la modificación del Reglamento de Gestión del
Fondo mediante un texto refundido, al objeto de
acogerse al régimen de Fondo de Inversión Mobiliaria
Subordinado, designando como Fondo de Inversión
Mobiliaria Principal a Sabadell Corto Plazo
Euro, F.I.M.P.. Como consecuencia de ello,
Tecnofim, F.I.M., pasará a invertir, como mínimo, un
80 por 100 de su Activo en participaciones del
citado Fondo principal, una vez transformado en
Fondo subordinado con la nueva denominación
Tecnofim, F.I.M.S.
El Fondo principal, también gestionado por
BanSabadell Inversión, realizará las inversiones en
valores de renta fija denominados en euros, fijándose
como objetivo de gestión alcanzar, como mínimo,
la rentabilidad esperada del índice por capitalización
EFFAS, índice de deuda pública de uno a tres años
de la zona euro, y localizando sus inversiones en
los mercados de aquellos países que formen parte
de la Unión Monetaria Europea, así como del Reino
Unido, Dinamarca, Suecia, Noruega, Grecia y Suiza,
además de aquellos otros mercados donde se
negocien valores de renta fija en euros. Por otro lado,
este Fondo principal podrá invertir hasta el 35
por 100 de su cartera en otras instituciones de
inversión colectiva extranjeras.
La adopción de esta nueva estructura persigue
una mayor eficiencia de las condiciones de inversión
de los partícipes. En este sentido, únicamente se
aplicará al Fondo principal la comisión de
depositario del 1 por 1.000 anual sobre el patrimonio
efectivo custodiado, reduciéndose la comisión de
gestión para Tecnofim, F.I.M.S., hasta situarse en
el 1 por 1.000. En ningún caso, las comisiones
resultantes superan las de la situación anterior.
Finalmente se establecerá un importe de
inversión mínima inicial de 600 euros para los nuevos
suscriptores, modificación que no afecta a la
situación de los actuales partícipes.
Esta modificación se notifica a los partícipes del
Fondo, indicándoles la posibilidad de que éstos
puedan ejercer, mediante manifestación expresa y en
el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" o de la fecha
de remisión de las comunicaciones, si ésta fuera
posterior, el derecho de reembolso de sus
participaciones sin deducción de comisión o descuento
de reembolso, sin evitar por ello el efecto fiscal
que resulte en cada caso.
Sabadell, 27 de abril de 2000.-El Director de
"BanSabadell Inversión, Sociedad Anónima,
S.G.I.I.C.", Santiago Alonso Morlans.-23.539.
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