Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a "Mármoles y Terrazos Canals, Sociedad
Limitada", que por el Tribunal
Económico-Administrativo Central, y en el expediente R. G. 5.739//97,
seguido a instancia del Director del Departamento
de Recaudación de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria contra acuerdo del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Valencia de
fecha 27 de junio de 1997 recaída en expediente
46/503/92, en asunto relativo a derivación de
responsabilidad por sucesión de empresas, se ha
dictado resolución en sesión del día 13 de enero de
2000, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el presente recurso de alzada, acuerda:
Estimarlo, anulando parcialmente la resolución
recurrida en el sentido de declarar que la obligación
del sucesor en la actividad se extiende también a
las sanciones, si bien con las advertencias que se
contienen en los Fundamentos de Derecho tercero
y cuarto."
Lo que se notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá la interesada interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional,
dentro del plazo de dos meses contados desde el
día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
Madrid, 17 de abril de 2000.-El Vocal Jefe de
la Sección, Francisco J. Palacio Ruiz de
Azagra.-25.467.
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