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Documento BOE-B-2000-125111

Resolución del Servicio Provincial de Costas en Lugo aprobando el deslinde al que se refiere este expediente según se define en los planos que se integran en el proyecto y que están fechados en septiembre de 1997 y firmados por el Ingeniero Jefe del Servicio Provincial de Costas, en los que se define el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa comprendido entre la playa Valea y La Espiñeira, en el término municipal de Barreiros (Lugo).

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 25 de mayo de 2000, páginas 7053 a 7053 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2000-125111

TEXTO

Con fecha 13 de noviembre de 1999, la Dirección

General de Costas del Ministerio de Medio

Ambiente, por delegación de la Ministra, y de conformidad

con el Servicio Jurídico, ha resuelto, en relación

al "asunto" lo siguiente:

"I. Aprobar el deslinde al que se refiere este

expediente según se define en los planos que se

integran en el proyecto y que están fechados en

septiembre de 1997 y firmados por el Ingeniero

Jefe del Servicio Provincial de Costas, en los que

se define el deslinde de los bienes de dominio

público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos

ocho mil trescientos treinta (8.330) metros de

longitud, comprendido entre la playa Valea y La

Espiñeira, en el término municipal de Barreiros (Lugo).

II. Ordenar al Servicio de Costas de este

Ministerio en Lugo que inicie las actuaciones conducentes

a rectificar las situaciones jurídicas registrales

contradictorias con el deslinde aprobado.

III. Otorgar el plazo de un (1) año para solicitar

la concesión de aquellos titulares de terrenos que

pudieran acreditar su inclusión en alguno de los

supuestos contemplados en la disposición transitoria

primera de la Ley 22/1988, de Costas.

Contra la presente Resolución, que pone fin a

la vía administrativa, puede interponerse, con

carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo

de un (1) mes ante la Ministra de Medio Ambiente,

o directamente, recurso contencioso-administrativo,

previa comunicación de su interposición al órgano

que la ha adoptado, en el plazo de dos (2) meses,

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de

la Audiencia Nacional.

Lo que se comunica para que por ese Servicio

Periférico se notifique la presente Resolución a los

interesados en el expediente, Comunidad

Autónoma, Ayuntamientos respectivos y Registro de la

Propiedad, debiendo remitirse a este centro directivo

los acuses de recibo o los duplicados firmados que

permitan tener constancia del recibo de las citadas

notificaciones."

El Servicio Provincial de Costas en Lugo, en

cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 59.4 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, practica las

siguientes notificaciones, para conocimiento y

demás efectos, a aquellos titulares de fincas

colindantes con el dominio público marítimo-terrestre

que no hayan sido notificados, por ser desconocidos

o no disponer de su dirección, así como a los señores

que seguidamente se relacionan, a los cuales, tras

intentos repetidos, no se les pudo practicar la

notificación individual:

Herederos de Otilia Fernández Pardo, plaza del

Campo, número 1, 1.o, 27001 Lugo.

Eduardo Gradaille Sierra, calle Rafael Lobeto, sin

número, 27880 Burela (Lugo).

María Vázquez Fernández, avenida Arteixo, 87,

7.o izquierda, 15007 A Coruña.

Celestino Veiga Ramos, Tercera Travesía, número

20, 36994-S, Salvador de Poio (Pontevedra).

Elviro Manuel Lorenzo Michelena, Parque

Residencia P-B-3, 28110 Majadahonda (Madrid).

Julia Veiga Sánchez, carretera general San Cosme,

27279 Barreiros (Lugo).

Lugo, 26 de abril de 2000.-El Jefe del Servicio

Provincial, José Miguel Estevan Dols.-27.824.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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