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Documento BOE-B-2000-128035

FONDO SANITARIO DE INVERSIÓN, F.I.M.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 29 de mayo de 2000, páginas 7188 a 7188 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2000-128035

TEXTO

Modificación Reglamento

Se comunica que se va a proceder a modificar

el Reglamento de gestión de Fondo Sanitario de

Inversión, F.I.M., mediante texto refundido, al

objeto de, entre otros, adaptar la operativa con

instrumentos derivados, ampliando su finalidad a

inversión, cambiar el valor liquidativo aplicable a

suscripciones y reembolsos que pasará a ser del mismo

día de la solicitud, modificar el posible volumen

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

máximo de participaciones propiedad de un mismo

partícipe e incluir la posibilidad de aplicar

descuentos a favor del fondo en las suscripciones y

reembolsos.

Asimismo, se comunica que una vez elevado a

escritura pública e inscrito en el Registro Mercantil,

se tiene previsto solicitar la actualización y

modificación del folleto explicativo con el fin de proceder

a modificar la política de inversión del fondo. El

fondo pasará a ser de renta variable mixta, en el

que la inversión en renta variable, toda ella en valores

del área euro, podrá llegar hasta el 50 por 100

de la cartera del fondo, y el resto, respetando el

coeficiente de liquidez, en activos de renta fija del

área euro.

De acuerdo con lo establecido en la disposición

cuarta de la Orden de 1 de octubre de 1998, sobre

causas de actualización de folletos informativos de

fondos de inversión y otros extremos, esta

circunstancia da derecho de separación en los términos

previstos en el artículo 35.2 del Real Decreto

1393/1990 por el que se desarrolla la Ley de

Instituciones de Inversión Colectiva, pudiendo optar

el partícipe en el plazo de un mes a partir de la

fecha de publicación en el "Boletín Oficial del

Estado", o de la comunicación si fuera posterior, por

el reembolso de sus participaciones, sin deducción

de comisión o descuento de reembolso ni gasto

alguno, por el valor liquidativo del día en que se

produzca la correspondiente inscripción de la

actualización del folleto en el Registro de la CNMV.

Madrid, 17 de mayo de 2000.-La Consejera

Delegada de "Gesmadrid, S.G.I.I.C., Sociedad

Anónima", Rocío Eguiraun Montes.-28.806.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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