Mediante Decreto 26/1999, de 11 de febrero, se
aprobó el Plan de Ordenación de los Recursos
Naturales para el Curso Medio del Río Guadarrama y
su Entorno, el cual no incluía la totalidad de los
territorios que comprenden el ámbito del citado
Parque Regional, de conformidad con los artículos 1
y 2 de la Ley 20/1999, de 3 de mayo, del Parque
Regional del Curso Medio del Río Guadarrama y
su Entorno.
En concreto, con la aprobación de la citada Ley
20/1999, de 3 de mayo, la superficie protegida se
vio incrementada en 4.018 hectáreas, por la
inclusión en su ámbito territorial de parte del término
municipal de Moraleja de Enmedio, y de la
ampliación de terrenos de los términos municipales de
El Álamo, Arroyomolinos, Boadilla del Monte,
Colmenarejo, Galapagar, Móstoles, Navalcarnero,
Serranillos del Valle y Villaviciosa de Odón,
necesarios para el establecimiento de correderos
ecológicos que conecten los espacios naturales, para
la conservación de áreas de interés para las especies
protegidas y para la protección de los acuíferos
secundarios del río Guadarrama que asegure la
conservación de los ecosistemas asociados.
El apartado 1 de la disposición transitoria única
de la citada Ley 20/1999, de 3 de mayo, establece
que a fin de ordenar los territorios del Parque
Regional no incluidos en el ámbito del vigente Plan de
Ordenación de los Recursos Naturales, se procederá
a la tramitación de un nuevo Plan de Ordenación
de los Recursos Naturales para dichos territorios
en el plazo de un año, a partir de la entrada en
vigor de la Ley.
Elaborado dicho documento y con el fin de dar
cumplimiento a lo previsto en el artículo 6 de la
Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de
los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna
Silvestres, el cual establece la obligatoriedad de someter
el Plan de Ordenación al trámite de información
pública, y de conformidad con el artículo 86 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, que establece
que el órgano al que corresponde la resolución del
procedimiento tiene la competencia para acordar
el trámite de información pública, a propuesta del
Consejero de Medio Ambiente, y previa
deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del
día 27 de abril de 2000, acuerda:
Someter a información pública, durante el plazo
de un mes, la ampliación del Plan de Ordenación
de los Recursos Naturales para el espacio
denominado "Parque Regional del Curso Medio del Río
Guadarrama y su Entorno".
Dicho plazo se contará a partir del día siguiente
al de la última publicación del este Acuerdo en
el "Boletín Oficial del Estado" y "Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid".
La documentación relativa a la ampliación del
Plan de Ordenación puede ser examinada en la
Consejería de Medio Ambiente de esta Comunidad de
Madrid, calle Princesa, número 3, planta octava,
28008 Madrid, y en los Ayuntamientos de los
términos municipales afectados por la ampliación: El
Álamo, Arroyomolinos, Boadilla del Monte,
Colmenarejo, Galapagar, Moraleja de Enmedio,
Móstoles, Navalcarnero, Serranillos del Valle y
Villaviciosa de Odón.
Los interesados podrán formular por escrito las
alegaciones u observaciones que estimen oportunas,
dirigidas al Consejero de Medio Ambiente, y
presentarlas, dentro del plazo señalado, en el Registro
de la citada Consejería, en el domicilio
anteriormente indicado, o por cualquiera de los medios
previstos al efecto en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 27 de abril de 2000.-El Consejero de
Medio Ambiente, Carlos Mayor Oreja.-El
Presidente de la Comunidad de Madrid, Alberto
Ruiz-Gallardón.-&29.543.
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