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Documento BOE-B-2000-133034

Resolución 1907/00, de la Secretaría General Técnica, de 16 de mayo, por la que se hace pública la convocatoria al leventamiento de actas previas a la ocupación en los expedientes expropiatorios 497 y 498, del proyecto de obra construcción de emisarios de Galapagar y Torrelodones (entidad beneficiaria: Canal de Isabel II).

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 3 de junio de 2000, páginas 7467 a 7467 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-B-2000-133034

TEXTO

Con fecha 6 de abril de 2000, por el Consejo

de Gobierno de la Comunidad de Madrid, se dicta

acuerdo, a los efectos previstos en el artículo 52

de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de

diciembre de 1954, por el que se declaran de urgente

ocupación de los bienes y derechos afectados por

las obras del proyecto correspondiente al expediente

de referencia.

En cumplimiento y ejecución de la disposición

citada, y en uso de las atribuciones que me han

sido conferidas por las disposiciones vigentes,

resuelvo:

Hacer pública la convocatoria a los propietarios

de los bienes y derechos afectados por las obras

del proyecto de construcción de emisarios de

Galapagar y Torrelodones, correspondiente a los

expediente expropiatorios 497 y 498, para que en los

días y horas establecidos comparezcan en los

Ayuntamientos de Galapagar y Torrelodones, al objeto

del levantamiento de las actas previas a la ocupación,

con traslado, en su caso, a las fincas afectadas, para

la toma de datos si fuera necesario.

Las operaciones podrán continuarse en días y

horarios posteriores, si fuera preciso, bastando a

tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se

trate y con ocasión del levantamiento de la última

acta que se extienda, haciéndose saber públicamente

a los asistentes.

A dicho acto deberán asistir los afectados

personalmente o bien representados por persona

debidamente autorizada para actuar en su nombre

aportando los documentos acreditativos de su titularidad,

último recibo de la contribución y certificación

catastral, pudiendo hacerse acompañar a su costa,

si lo estima oportuno, de Perito y Notario.

Según lo dispuesto en el artículo 24 del referido

texto legal, durante el transcurso del acto se

procederá a convenir, si procede, la adquisición de los

bienes y derechos afectados, por mutuo acuerdo.

En caso de que dicho convenio no pueda ser

alcanzado, transcurridos quince días, se seguirá el

procedimiento legalmente establecido al efecto. Los

interesados, así como las personas que siendo

titulares de derechos reales o intereses económicos se

hayan podido omitir en la relación, podrán formular

mediante escrito dirigido a la Consejería de Medio

Ambiente, Secretaría General Técnica, Servicio de

Régimen Jurídico y Normativa, Sección de

Expropiaciones, calle Princesa, 3, 10.a planta, 28008

Madrid, y hasta el día señalado para el levantamiento

de actas previas, cuantas alegaciones estimen

oportunas, a los efectos de subsanar los posibles errores

que se hayan podido producir al relacionar los bienes

y derechos que se afectan a tal fin, para lo cual

tendrán, a su disposición, los planos parcelarios

correspondientes en el Canal de Isabel II, División

de Expropiaciones, calle Santa Engracia, 125, y en

los Ayuntamientos antes mencionados.

Asimismo, la presente publicación se hace a los

efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 16 de mayo de 2000.-El Secretario

general técnico, Gerardo Ravassa Checa.-&33.576.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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