Contido non dispoñible en galego
Visto el expediente tramitado en el Servicio de
Industria y Energía de esta Consejería, a petición
de don Alberto Ramón Gaitán Rodríguez, en
representación de la empresa de "Alumbrado Eléctrico
de Ceuta, Sociedad Anónima", con domicilio en
Ceuta, calle Beatriz de Silva, número 2, solicitando
autorización y declaración, en concreto, de utilidad
pública para el establecimiento de un centro de
transformación y una línea eléctrica subterránea de
15 KV para la alimentación del mismo, y cumplidos
los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo
III del Decreto 2617/1966, sobre expropiación
forzosa y sanciones en materia de instalaciones
eléctricas,
Esta Consejería, en ejercicio de las competencias
asignadas por el Decreto 2502/1996, de 5 de
diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la
Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta
en materia de industria y energía, ha resuelto:
Primero.-Autorizar a la empresa de "Alumbrado
Eléctrico de Ceuta, Sociedad Anónima", la
instalación de:
Centro de transformación "Machado".
Línea eléctrica subterránea de 15 KV para la
alimentación del centro de transformación.
Cuyas características son las siguientes:
a) Lugar donde se van a establecer las
instalaciones: El centro de transformación irá situado
en el edificio "Granada", de viviendas, en la
intersección de las calles Real y Machado.
La línea eléctrica de alimentación al centro de
transformación discurrirá a lo largo de la calle Real
entre el edificio "Guerrero del Peñón" y la plaza
del Teniente General Mola, enterrada bajo la acera
izquierda de la calle.
b) Finalidad de las instalaciones: Dotar de
energía eléctrica en baja tensión a las edificaciones
próximas a la calle Machado.
c) Características principales: El centro de
transformación tendrá acceso desde la calle Machado,
a nivel del suelo exterior. Tendrá una superficie de
23,38 metros cuadrados. Podrá albergar dos
transformadores trifásicos de hasta 630 KVA, cada uno,
para transformación de 15.000 a 380/220 V,
refrigerados por aceite.
La línea eléctrica subterránea de 15 KV, de
alimentación al centro de transformación , tendrá
origen en el centro de transformación "La Perla",
pasará a través del centro de transformación en
anteproyecto ("Machado") y continuará hasta el centro
de transformación "General Mola". Estará
constituida por cable de cobre tipo DHVFAZ1, de 3
(1 ^ 95 milímetros cuadrados), entubado, con una
longitud total de 340 metros. Capacidad de
transporte: 7.131 KVA.
d) Presupuesto:
Centro de transformación: 3.883.703 pesetas.
Línea eléctrica de alimentación: 4.796.797
pesetas.
Total: 8.680.500 pesetas.
Segundo.-Declarar, en concreto, la utilidad
pública de las instalaciones eléctricas que se autorizan,
a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre
expropiación forzosa y sanciones en materia de
instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación,
de 20 de octubre de 1966.
Contra la presente Resolución, que no agota la
vía administrativa, cabe interponer recurso ordinario
ante el excelentísimo señor Consejero de
Contratación, Industria, Comercio, Pesca y Suministros
de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en el plazo de
un mes, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, 11 de mayo de 2000.-El Consejero de
Contratación, Industria, Comercio, Pesca y
Suministros, Dilip Arjandas Daryanani.-&32.209.
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