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Documento BOE-B-2000-141089

Notificación de la Orden de fecha 7 de abril de 2000 aprobando el deslinde según se define en los planos que se integran en el proyecto y que están fechados en junio de 1998, en los que se delimitan los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa, de unos 6.963 metros de longitud, denominado tramo 9, que comprende desde la margen norte del canal del Estacio hasta la margen oriental del canal de Veneciola, en La Manga del Mar Menor, lado del mar Mediterráneo, en el término municipal de San Javier (Murcia).

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 13 de junio de 2000, páginas 7818 a 7818 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2000-141089

TEXTO

Para los propietarios colindantes y los interesados

desconocidos o ausentes que se hallan afectados

por el expediente de deslinde mencionado, y cuya

notificación personal ha resultado infructuosa, se

procede a notificar la Orden de fecha 7 de abril

de 2000 aprobatoria del citado expediente de

deslinde, de acuerdo con lo establecido en el

artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

(LRJ y PAC) sobre notificaciones a interesados

cuando éstos sean desconocidos o ausentes o se

ignore su domicilio:

"La Dirección General de Costas del Ministerio

de Medio Ambiente, por delegación de la

excelentísima señora Ministra, y de conformidad con el

Servicio Jurídico, ha resuelto:

I) Aprobar el deslinde según se define en los

planos que se integran en el proyecto y que están

fechados en junio de 1998, en los que se delimitan

los bienes de dominio público marítimo-terrestre

del tramo de costa, de unos 6.963 metros de

longitud, denominado tramo 9, que comprende desde

la margen norte del canal del Estacio hasta la margen

oriental del canal de Veneciola, en La Manga del

Mar Menor, lado del mar Mediterráneo, en el

término municipal de San Javier (Murcia).

II) Ordenar a la Demarcación de Costas de este

Departamento en Murcia que inicie las actuaciones

conducentes a rectificar las situaciones jurídicas

registrales contradictorias con el deslinde aprobado.

III) Otorgar el plazo de un año para solicitar

la correspondiente concesión a aquellos titulares de

terrenos que pudieran acreditar su inclusión en

alguno de los supuestos contemplados en la disposición

transitoria primera de la Ley 22/1988, de Costas.

Contra la presente Resolución, que pone fin a

la vía administrativa, puede interponerse con

carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo

de un mes ante la excelentísima señora Ministra

de Medio Ambiente, o directamente, recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses,

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de

la Audiencia Nacional.

Los plazos serán contados desde el día siguiente

a la práctica de la notificación de la presente

Resolución.

Lo que se comunica para que por ese Servicio

Periférico se notifique la presente Resolución a los

interesados en el expediente, Comunidad

Autónoma, Ayuntamientos respectivos y Registro de la

Propiedad, debiendo remitirse a este centro directivo

los acuses de recibo o los duplicados firmados que

permitan tener constancia del recibo de las citadas

notificaciones."

Murcia, 5 de mayo de 2000.-El Jefe de la

Demarcación, Salvador Barnés Mora.-&33.355.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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