Con fecha 11 de mayo de 2000, esta Dirección
General ha resuelto dejar sin efecto alguno la
convocatoria relativa a su licitación y contratación,
como consecuencia de la modificación de
competencias de este Departamento establecidas en el Real
Decreto 557/2000, de 27 de abril, por el que la
Secretaría General de Comunicaciones pasa a
integrarse en el nuevo Ministerio de Ciencia y
Tecnología, al entender este centro directivo que la
referida encuesta debería ser susceptible de un enfoque
cualitativo diferente y ser diseñado y realizada por
el Ministerio de Ciencia y Tecnología.
Contra la presente Resolución, que pone fin a
la vía administrativa y, de conformidad con lo
previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en su nueva redacción de
la Ley 4/1999, de 13 de enero, podrá ser interpuesto,
no obstante y con carácter potestativo, recurso de
reposición, en el plazo de un mes, contado desde
el día siguiente al de recepción de la notificación
de esta Resolución ante el excelentísimo señor
Ministro de Fomento. El escrito de interposición
será presentado o remitido a cualquiera de los
Registros u oficinas a que hace referencia el artículo 38.4
de la Ley citada. El plazo establecido para dictar
y notificar la resolución del recurso será de un mes.
Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído
la correspondiente resolución, el recurso podrá
entenderse desestimado, por lo que con
independencia de la obligación de resolver, quedará expedita
la vía jurisdiccional ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo.
Lo que se publica a los efectos previstos en el
artículo 60 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Madrid, 12 de mayo de 2000.-El Director
general, Pablo Gasós Casao.-&37.239.
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