Con fecha 9 de marzo de 2000 se autorizó por
Resolución de la Dirección General de la Energía
el proyecto de construcción de las instalaciones del
gasoducto "Granada-Motril", previa la
correspondiente información pública. Dicha aprobación, de
acuerdo con lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7
de octubre, del Sector de Hidrocarburos, lleva
implícita la necesidad de ocupación de los bienes y
derechos afectados. Al propio tiempo, la declaración
de utilidad pública y urgencia en la ocupación vienen
determinadas por lo dispuesto en la precitada Ley,
siéndoles de aplicación el procedimiento de urgencia
que determina el artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,
se convoca a los titulares de los bienes y derechos
afectos en el Ayuntamiento donde radican las fincas
afectadas, como punto de reunión para, de
conformidad con el procedimiento que establece el
citado artículo 52, llevar a cabo el levantamiento de
actas previas a la ocupación y, si procediera, las
de ocupación definitiva. El levantamiento de actas
tendrá lugar los días que se especifican a
continuación:
Día 4 de julio de 2000 en los Ayuntamientos
de Molvizar y Vélez de Benaudalla.
Día 5 de julio de 2000 en los Ayuntamientos
de Salobreña y Motril.
Día 6 de julio de 2000 en los Ayuntamientos
de El Valle (Restábal) y Pinos del Valle.
Todos los interesados, así como las personas que
sean titulares de cualquier clase de derechos o
intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir
personalmente o representados por persona
debidamente autorizada, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad y el último recibo de la
contribución, pudiéndose acompañar, a su costa,
de sus peritos y un Notario, si lo estiman oportuno.
El orden de levantamiento de las actas figura en
el tablón de edictos de los Ayuntamientos afectados
y se comunicará a cada interesado mediante la
oportuna cédula de citación, significándose que esta
publicación se realiza, igualmente, a los efectos que
determina el artículo 59.4 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, para la
notificación de la presente Resolución en los casos de
titular desconocido o domicilio ignorado, según se
relaciona en el anexo.
En el expediente expropiatario, "Enagás, Sociedad
Anónima", asumirá la condición de beneficiaria.
Sevilla, 7 de junio de 2000.-El Delegado del
Gobierno en Andalucía, José Torres
Hurtado.-&39.024.
Anexo (ver imagen página 8403).
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