De acuerdo con lo que dispone el artículo 24.4
de la Ley de Minas, se publica anexa la resolución
del expediente de declaración de la condición de
manantial de las de las aguas que manan de los
pozos denominados "Mina A", "Mina B" y
"Número 5".
Anexo
"Resolución sobre el expediente 001/2000, de
declaración de denominación de las aguas
declaradas de manantial que manan de los pozos
denominados ``Mina A'', ``Mina B'' y ``Número 5'', dentro
del término municipal de Viladrau.
Hechos que figuran a continuación:
Primero.-En fecha 25 de enero de 2000, la
empresa ``Eycam Perrier, Sociedad Anónima'', propietaria
de una planta envasadora en los términos
municipales de Viladrau y Arbúcies, para el envasado
del agua mineral natural denominada ``Aigua de
Viladrau'', la cual fue declarada de utilidad pública
por Orden de 12 de octubre de 1973, solicitó delante
de este centro directivo la clasificación de manantial
de las mencionadas aguas.
Segundo.-Anteriormente, mediante resolución
dictada por la Dirección General de Industria, en
fecha 28 de marzo de 1988, se otorgó a la solicitante
un perímetro de protección para las aguas minerales
naturales captadas mediante el pozo denominado
"Mina A".
Tercero.-El 10 de junio de 1996 la Dirección
General de Energía otorgó a ``Eycam Perrier,
Sociedad Anónima'', la autorización de aprovechamiento
del agua mineral natural captada mediante la "Mina
B" dentro del perímetro de protección autorizado,
y el 13 de enero de 1997 se le otorgó el
aprovechamiento del agua captada por el pozo número 5.
Cuarto.-De acuerdo con el informe emitido en
fecha 7 de abril de 2000 por el coordinador de
Aguas Minerales e Investigación Minera de la
Subdirección General de Minas, las características que
exige el anexo I del Real Decreto 1164/1991, de
22 de julio, por el cual se aprueba la Reglamentación
Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación
y comercio de las aguas de bebida envasada, para
la clasificación de un agua como de manantial
quedan subsumidas en las requeridas para la
clasificación como agua mineral natural, es decir, un agua
que cumple los requisitos para ser clasificada como
mineral natural, también cumple las condiciones
para ser clasificada de manantial.
Quinto.-Consecuentemente, en fecha 18 de abril
de 2000, el Consejero de Industria, Comercio y
Turismo dictó resolución mediante la cual declaró
la condición de manantial de las aguas que nos
ocupan.
Sexto.-Finalmente, en fecha 19 de mayo del
presente la interesada ha solicitado que los manantiales
anteriormente mencionados se les denomine
Aquarel ``Los Abetos'', nombre con el cual se
comercializará el agua declarada de manantial.
La valoración jurídica de los hechos expuestos
es la siguiente:
Visto aquello que disponen el Real Decreto
1164/1991, de 22 de julio, por el cual se aprueba
la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la
elaboración, circulación y comercio de las aguas de bebida
envasada (``Boletín Oficial del Estado'' número 178,
del 26), y los artículos 24 de la Ley 22/1973, de
21 de julio, de Minas, en adelante LM y 39 del
Reglamento General para el Régimen de la Minería,
en adelante RGRM, en relación a aquello que
establece el Decreto 327/1997, de 9 de diciembre, de
desplegamiento de la estructura del Departamento
de Industria, Comercio y Turismo (``DOGC''
número 2541, del 18), de acuerdo con el cual el órgano
competente para declarar la condición de manantial
y su denominación es el Consejero de Industria,
Comercio y Turismo.
Por todo ello, resuelvo:
Primero.-Declarar que las aguas clasificadas de
manantial, mediante resolución dictada por el
Consejero de Industria, Comercio y Turismo en fecha
18 de abril de 2000, se denominarán, a los efectos
de su comercialización, Aquarel ``Los Abetos''.
Segundo.-Ordenar, de acuerdo con lo que
establecen los artículos 24 de la LM y 39 del RGRM,
la notificación de la resolución a los interesados
y su publicación en el ``Boletín Oficial del Estado''
y en el ``Diario Oficial de la Generalitat de
Catalunya''.
Barcelona, 23 de mayo de 2000.-Antonio Subirà
i Claus, Consejero de Industria, Comercio y
Turismo."
Barcelona, 8 de junio de 2000.-El Director
general de Energía y Minas, Albert Mitjà i
Sarvisé.-&40.750.
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