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Notificación a don Daniel Serralde Borrás del
fallo dictado por el Tribunal
Económico-Administrativo Central en pieza separada de suspensión en
el expediente R.G. 7271/99, protocolo S-519/99,
por aplicación de lo dispuesto en el artículo 86
del Reglamento de Procedimiento en las
Reclamaciones Económico-Administrativas.
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a don Daniel Serralde Borrás que por el
Tribunal Económico-Administrativo Central, y en
la pieza separada de suspensión en el expediente
R.G. 7271/99, protocolo S-519/99, seguido a
instancia del interesados por procedimiento
recaudatorio, se ha dictado resolución en sesión del día
1 de diciembre de 1999, cuya parte dispositiva dice
lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, como resolución de la pieza separada de
suspensión al expediente 7271/99 formalizada en
virtud de la solicitud deducida por don Daniel
Serralde Borrás en torno a la suspensión de la ejecución
del acto expresado en el antecedente de hecho único
de la presente resolución, acuerda no admitir a
trámite la citada solicitud."
Lo que se notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
Madrid, 22 de junio de 2000.-El Vocal Jefe de
la Sección, Francisco J. Palacio Ruiz de
Azagra.-42.811.
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