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Documento BOE-B-2000-168150

Resolución sancionadora expediente número IC-741/99.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 14 de julio de 2000, páginas 9624 a 9625 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2000-168150

TEXTO

Asunto: Resolución expediente sancionador

número IC-741/99 dimanante del acta de inspección

número 0741249 de fecha 25 de febrero de 1999,

instruido a "Rute 2010 Europa, Sociedad Limitada".

Vistas las actuaciones practicadas por la Sección

de Sanciones del Servicio de Recursos y Sanciones

de esta Dirección General, en el expediente

sancionador que se cita en el epígrafe de este escrito,

con origen en el acta de inspección, también

referenciada, levantada por los Servicios Centrales de

la Inspección del Transporte de la Administración

del Estado, y teniendo en cuenta la propuesta de

resolución emitida por el Instructor, así como los

trámites y actuaciones realizados, que se ajustan

a Derecho, por lo que resulta lo siguiente.

Antecedentes de hecho

1. De la documentación facilitada por la

empresa "Almacenes Metalúrgicos, Sociedad Anónima",

con número de identificación fiscal A-48.532.808,

se ha observado la realización de función propia

de Agencia de Transportes de mercancías por "Rute

2010 Europe, Sociedad Limitada", careciendo de

la preceptiva autorización, ya sea para agencia

central o sucursal, en los servicios, entre otros, que

a continuación se citan:

Fecha: 22 de julio de 1998. Matricula: SE-4516-D.

Itinerario: Getafe-Sevilla.

Fecha: 5 de agosto de 1998. Matrícula:

LU-4150-K. Itinerario: Getafe-Guadalajara-A

Coruña.

Fecha: 6 de agosto de 1998. Matrícula:

A-7667-BV. Itinerario: Getafe-Alicante.

Fecha: 2 de octubre de 1998. Matrícula:

C-9773-AN. Itinerario: A Coruña-Getafe-Bels.

Fecha: 11 de septiembre de 1998. Matrícula:

LE-3482-U. Itinerario: Getafe-Plasencia.

Fecha: 14 de septiembre de 1998. Matricula:

M-4317-IM. Itinerario: Getafe-Puertollano.

Fecha: 15 de septiembre de 1998. Matrícula:

V-7238-CX. Itinerario: Getafe-Cartagena.

2. El día 21 de abril de 1999 se comunica a

la persona que figura en el encabezamiento de este

escrito, el inicio del expediente sancionador, no

presentando en su defensa ningún escrito de descargos,

por lo que habrá de darse al acta inspectora la

autenticidad inherente a todo documento público,

y tener como constitutivos de infracción los hechos

descritos en la misma.

Fundamentos de Derecho

Del expediente tramitado y de los hechos que

se estiman probados, y que han sido causa del

mismo, se deduce a juicio del Instructor la calificación

siguiente:

Número de infracciones: 1; normas infringidas:

Artículo 140.a) de la Ley 16/1987, artículo 197.a)

del Real Decreto 1211/1990; otras: Artículo 119

de la LOTT y artículo 161 del Reglamento;

naturaleza de la infracción: Muy grave; cuantía de las

sanciones: 250.000 pesetas, y clausura del local por

tres meses, calle Santa María de la Cabeza, 11.

Por todo ello acuerdo, en virtud de las facultades

que me confiere la Ley Orgánica 5/1987, de 30

de julio, en su artículo 10.3 y artículo 204.1 del

Reglamento de la LOT, dar por conclusa la

tramitación del expediente, estimar cometidos los

hechos que se declaran probados e imponer una

sanción por la cantidad totalizada de 250.000

pesetas (1.502,53 euros), y las sanciones accesorias

anteriormente reseñadas.

La referida sanción deberá hacerse efectiva dentro

de los quince días hábiles, siguientes a la firmeza

de la resolución, firmeza que se producirá al no

interponer recurso de alzada, dentro del plazo

establecido en el párrafo siguiente, transcurrido el cual

sin haber satisfecho la sanción impuesta en período

voluntario se exigirá en vía ejecutiva, según lo

dispuesto en los artículos 164.4 de la LOTT y 215

de su Reglamento de aplicación.

De conformidad con lo establecido en los artículos

146.2 de la Ley 16/1987 y 213.2 de su Reglamento,

en relación con el 114 de la Ley 30/1992, del

Procedimiento Administrativo Común, contra esta

Resolución se podrá interponer recurso de alzada

ante el excelentísimo señor Secretario de Estado

de Infraestructuras y de Transportes, dentro del

plazo de un mes, contado a partir de la notificación

de la presente.

Instrucciones: Caso de conformidad con la

Resolución, deberá hacerse efectiva la multa impuesta

por uno de los siguientes medios:

a) Entregando su importe en Papel de Pagos

del Estado en la Subdirección General de Inspección

del Transporte de la Dirección General de

Ferrocarriles y Transportes del Ministerio de Fomento.

b) Ingreso o transferencia en la cuenta corriente

número 9668876 de la Caja Postal, agencia urbana

de la plaza de San Juan de la Cruz, sin número,

de Madrid, haciendo constar expresamente el

número del expediente sancionador.

Madrid, 11 de mayo de 2000.-El Director

general, Juan Miguel Sánchez García.-42.663.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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