Notificación a doña Pilar Vila Rierola, de fallo
dictado por el Tribunal Económico-Administrativo
Central, en el expediente R. G. 1026/97, por
aplicación de lo dispuesto en el artículo 86 del
Reglamento de Procedimiento en las Reclamaciones
Económico-Administrativas.
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a doña Pilar Vila Rierola, que por el Tribunal
Económico-Administrativo Central, y en el
expediente R. G. 1026/97, seguido a su instancia por
Renta de las Personas Físicas, se ha dictado
resolución en sesión del día 10 de mayo de 2000, cuya
parte dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso de alzada interpuesto por
doña Pilar Vila Rierola, contra resolución del
Tribunal Económico Administrativo Regional de
Cataluña, de 29 de septiembre de 1996, en reclamación
número 43/137/93, relativa al Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas del ejercicio 1986,
acuerda: Estimarlo totalmente por haberse incurrido
en prescripción, revocando dicha resolución y
anulando la liquidación practicada."
Lo que notifico reglamentariamente a Vd.
advirtiéndole que, contra esta resolución definitiva en
vía económico-administrativa, puede interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de
lo contencioso-administrativo de la Audiencia
Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde
el día siguiente a la fecha de esta notificación.
Madrid, 21 de junio de 2000.-María de Rus
Ramos Puig.-&42.792.
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