En uso de las atribuciones que me han sido
conferidas por las disposiciones vigentes dispongo:
Primero.-Incoar el expediente de expropiación
forzosa de los bienes y derechos afectados por el
proyecto de construcción de los emisarios de
Moraleja de Enmedio y Arroyomolinos a la EDAR de
Navalcarnero, en los términos municipales de
Moraleja de Enmedio, Arroyomolinos, Navalcarnero y
Batres (expedientes 508, 509, 510 y 511), en el
que la entidad beneficiaria es el Canal de Isabel
II.
Segundo.-Someter a información pública durante
el plazo de quince días, a los efectos previstos en
los artículos 17.1, 18 y 19 de la Ley de Exporpiación Forzosa,
la relación de bienes y derechos afectados por el mismo, que se
publican en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid"
y figura expuesta en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Moraleja
de Enmedio, Arroyomolinos, Navalcarnero y Batres.
Durante dicho período, las personas afectadas por la expropiación, y cualesquiera otra interesadas, podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas,
mediante escrito dirigido a la Consejería de Medio Ambiente,
Secretaría General Técnica, calle Princesa, número 3, 28008 Madrid; o bien
al Canal de Isabel II, Servicio de Expropiaciones, calle Santa Engracia, 125, 28003 Madrid, y presentado en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. De igual modo, se podrán presentar las
alegaciones que tengan por fin subsanar posibles errores en la descripción material
o legal de las fincas afectadas.
La presente publicación se hace, asimismo, a los efectos previstos en el
artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en cuanto a posibles
afectados desconocidos o de ignorado domicilio.
Madrid, 29 de diciembre de 1999.-El Consejero de Medio Ambiente, Carlos Mayor Oreja.-2.460.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid