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Documento BOE-B-2000-174122

BSCH GESTIÓN, S. A. Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión Colectiva

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 21 de julio de 2000, páginas 9910 a 9910 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2000-174122

TEXTO

Se comunica a los partícipes del fondo de

inversión "BCH Rentas 1 M, FIM", que se va a proceder

a solicitar autorización a la Comisión Nacional del

Mercado de Valores para modificar, entre otros,

el apartado III.6 del folleto informativo del citado

fondo, a fin de establecer el siguiente régimen de

comisiones de reembolso:

Comisión de reembolso para el fondo:

Durante el primer año, contado desde el inicio

de cada uno de los planes de rentas que, en su

caso, se establezcan: 2,00 por 100.

Durante el segundo año, contado desde el inicio

de cada uno de los planes de rentas que, en su

caso, se establezcan: 1,00 por 100.

Durante el tercer año, contado desde el inicio

de cada uno de los planes de rentas que, en su

caso, se establezcan: 0,50 por 100.

El día del vencimiento de cada uno de los planes

de rentas que, en su caso, se establezcan: 0,00

por 100.

Asimismo, se comunica que la Dirección General

del Tesoro y Política Financiera ha considerado de

escasa relevancia la modificación del Reglamento

de Gestión, mediante un texto refundido, al objeto

de, entre otros, recoger la sustitución de "Banco

Santander Central Hispano, Sociedad Anónima",

por "Santander Central Hispano Investment,

Sociedad Anónima" (antes, "Banco Santander de

Negocios, Sociedad Anónima"), como entidad depositaria

del fondo, cambiar su denominación "BCH Rentas

1M, FIM", por "BCH Rentas 2 M, FIM", incluir

la posibilidad de aplicar descuentos a favor del fondo

en las suscripciones y reembolsos, y reducir el límite

máximo de inversión por partícipe a partir del cual

la gestora se reserva el derecho de aceptar nuevas

suscripciones de participaciones.

De conformidad con lo dispuesto en el

artículo 35.2 del Real Decreto 1393/1990, estas

modificaciones confieren a los partícipes un derecho de

separación, quienes podrán optar, en el plazo de

un mes desde la fecha de remisión de las

comunicaciones o desde la fecha de publicación en el

"Boletín Oficial del Estado" del presente anuncio,

si ésta fuera posterior, por el reembolso de sus

participaciones sin deducción de comisión ni gasto

alguno, por el valor liquidativo que corresponda a la

fecha de inscripción de la actualización del folleto

informativo del fondo en los registros de la Comisión

Nacional del Mercado de Valores.

Madrid, 18 de julio de 2000.-El Vicesecretario

del Consejo de Administración.-45.556.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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