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Documento BOE-B-2000-180136

Resolución del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria sobre notificación a Enrique Benavente Serrano (50015144B) e Isabel Rodríguez Decién (1790213P).

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 28 de julio de 2000, páginas 10310 a 10310 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2000-180136

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo

105.6 de la Ley General Tributaria, en su redacción

por Ley 66/1997, de 30 de diciembre ("Boletín

Oficial del Estado" del 31), y al objeto de proceder

a la notificación de los acuerdos de Imposición de

Sanción por Infracción Tributaria Grave por

I.R.P.F., ejercicios 1991, 1992 y 1995, se cita a

los sujetos pasivos, Enrique Benavente Serrano e

Isabel Rodríguez Decién (provistos de los N.I.F.

50015144B y 01790213P), con domicilio en la

avenida Rey Juan Carlos I, número 76, 28916, Leganés

(Madrid), para que comparezcan en la oficina de

la Secretaría Administrativa de esta Dependencia

de la Oficina Nacional de Inspección de Madrid,

paseo de la Castellana, número 106, planta quinta.

Comparecencia que deberá realizar, en el plazo de

diez días, a contar desde el siguiente al de

publicación de este anuncio.

En el momento de la comparecencia se le hará

entrega de la pertinente documentación atinente a

los expedientes cuyo concepto tributario y período

se expresan a continuación:

Referencia: Expediente sancionador asociado al

acta A02-70056622. Concepto Tributario: I.R.P.F.

Período: 1991.

Referencia: Expediente sancionador asociado al

acta A02-70056631. Concepto Tributario: I.R.P.F.

Período: 1992.

Referencia: Expediente sancionador asociado al

acta A02-70056665. Concepto Tributario: I.R.P.F.

Período: 1995.

Esta citación, para que el sujeto pasivo

comparezca al objeto de ser notificado, se produce porque,

habiéndose intentado previamente dicha

notificación por otros medios en dos ocasiones, la misma

no ha podido llevarse a cabo.

La no comparecencia en el expresado plazo de

diez días, determinará que, a partir del día siguiente

al del vencimiento del mismo, la notificación se

entenderá producida a todos los efectos legales.

Madrid, 28 de junio de 2000.-La Jefa de Servicio,

Josefina Buades Torrent.-45.073.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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