Está Vd. en

Documento BOE-B-2000-183137

Orden de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, de 26 de julio de 2000, relativa a la interrupción del cómputo de los plazos previstos legalmente para la resolución de los expedientes cuyo conocimiento corresponda a la Comisión de Urbanismo de Madrid, desde el día 25 de julio de 2000, hasta el día de la celebración de la siguiente sesión ordinaria de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 2000, páginas 10576 a 10576 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-B-2000-183137

TEXTO

En sesión celebrada el día 25 de julio de 2000,

la Comisión de Urbanismo de Madrid adoptó, entre

otros, acuerdo por el que decidió suspender sus

sesiones desde la citada fecha, 25 de julio de 2000,

hasta el día de la celebración de la siguiente sesión

ordinaria. Asimismo, acordó informar

favorablemente, a los efectos previstos por el artículo 9.2

del Decreto de Madrid 69/1983, de 30 de junio,

la propuesta relativa a interrupción del cómputo

de los plazos previstos en la legislación vigente para

la resolución de los expedientes cuyo conocimiento

corresponda a la Comisión de Urbanismo de

Madrid, durante el período en que dicho órgano

colegiado suspende sus sesiones, y elevar la misma

al excelentisimo señor Consejero de Obras Públicas,

Urbanismo y Transportes para que resolviese en

el sentido expresado.

Tal acuerdo se adoptó con base en lo preceptuado

por el artículo 22 del Decreto de Madrid 68/1983,

de 30 de junio, por el que se crea la Comisión

de Urbanismo y Medio Ambiente de Madrid (hoy

Comisión de Urbanismo de Madrid), y se aprueba

su Reglamento de Organización y Funcionamiento,

que atribuye al Consejero de Ordenación del

Territorio, Medio Ambiente y Vivienda (hoy Consejero

de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes), la

competencia para descontar del cómputo de los

plazos previstos por la vigente legislación para la

resolución de los expedientes cuyo conocimiento

competa a la Comisión de Urbanismo, el tiempo en

que se suspendan las sesiones de dicha Comisión,

y, en todo caso, el mes de agosto de cada año,

previa aprobación, en ambos supuestos, mediante

Orden de dicho órgano y sin perjuicio de que,

durante dicho período, puedan adoptarse los acuerdos

que se estimen oportunos.

Asimismo, el citado artículo prevé la publicación

de la citada Orden tanto en el "Boletín Oficial del

Estado" como en el "Boletín Oficial de la

Comunidad de Madrid".

A la vista de lo expuesto, esta Consejería de Obras

Públicas, Urbanismo y Transportes, en uso de las

competencias que tiene atribuidas, ha resuelto:

Primero.-Descontar del cómputo de los plazos

previstos en la legislación vigente para la resolución

de los expedientes cuyo conocimiento competa a

la Comisión de Urbanismo de Madrid, el tiempo

comprendido entre el día 25 de julio de 2000, fecha

de celebración de la ultima sesión de la Comisión,

y el día de celebración de la siguiente sesión

ordinaria de dicho órgano colegiado, período en el que

quedan suspendidas las sesiones de la Comisión,

sin perjuicio de que, durante dicho período, puedan

adoptarse los acuerdos que se estimen oportunos.

Segundo.-Publicar la presente Orden en el

"Boletín Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial

de la Comunidad de Madrid".

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 26 de julio de 2000.-El Consejero de

Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, Luis

Eduardo Cortés Muñoz.-&47.118.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid