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Documento BOE-B-2000-184058

Resolución de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas relativa a la expropiación forzosa de bienes y derechos afectados por las obras del proyecto de construcción de las obras e instalaciones de la planta desaladora de agua marina del canal de Alicante (términos municipales de Alicante y Elche), Alicante.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 2 de agosto de 2000, páginas 10618 a 10618 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2000-184058

TEXTO

Con fecha 29 de marzo de 2000, la Secretaría

de Aguas y Costas resolvió la aprobación definitiva

del proyecto de construcción de las obras e

instalaciones de la planta desaladora de agua marina

del canal de Alicante (términos municipales de

Alicante y Elche), Alicante.

Con fecha 5 de abril de 2000, la Secretaría de

Estado de Aguas y Costas resolvió adjudicar el

concurso de concesión para el proyecto, construcción

y explotación de la planta desaladora de agua marina

del canal de Alicante (términos municipales de

Alicante y Elche), Alicante, a la unión temporal de

empresas constituida por "Cadagua, Sociedad

Anónima"; "Necso Entrecanales Cubiertas, Sociedad

Anónima; "Infilco, Sociedad Anónima", y

"Ferrovial-Agromán, Sociedad Anónima".

La disposición adicional vigésima tercera de la

Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas

Fiscales, Administrativas y del Orden Social, declara

de interés general en su apartado 1.f) las plantas

desaladoras de agua marina como aportación de

nuevos recursos hidráulicos en el ámbito territorial

de la Confederación Hidrográfica del Segura, y en

su apartado 2 establece que dicha declaración llevará

implícita la de utilidad pública y urgente ocupación

a los efectos previstos en la Ley de 16 de diciembre

de 1954, de Expropiación Forzosa.

Por cuanto antecede, esta Dirección General, en

el ejercicio de las facultades en materia de

expropiación forzosa que le confiere el apartado 5.2) de

la Orden (Medio Ambiente) de 25 de septiembre

de 1996, ha resuelto:

Primero.-Incoar el expediente de expropiación

forzosa en los términos y a los efectos previstos

en los artículos 21.1 y 36.2 de la Ley de

Expropiación Forzosa.

Segundo.-Someter a información pública, por

plazo de quince días hábiles, contados a partir de

la última de las publicaciones en el "Boletín Oficial

del Estado", en el "Boletín Oficial de la Provincia

de Alicante" y en los periódicos "La Verdad" e

"Información", de Alicante, la relación anexa a esta

Resolución, con determinados bienes y derechos

afectados por la ejecución del mencionado proyecto,

al objeto de que todos los interesados, así como

los que sean titulares de derechos reales o intereses

económicos sobre dichos bienes, puedan formular,

por escrito, cuantas alegaciones estimen oportunas,

a los solos efectos de subsanar posibles errores que

se hayan producido al relacionar los bienes y

derechos afectados por la urgente ocupación o en sus

titulares, todo ello de conformidad con lo dispuesto

en la Ley de Expropiación Forzosa. Durante el

referido plazo, la relación de bienes y derechos

afectados, así como los planos parcelarios de

expropiación, estarán de manifiesto en los tablones de

anuncios de los Ayuntamientos de Alicante y Elche,

y en las oficinas centrales de la Mancomunidad

de los Canales del Taibilla, sitas en calle Mayor, 1,

Cartagena, donde podrán presentar las alegaciones

oportunas.

Tercero.-Las actas previas a la ocupación se

levantarán en los días y horas que se especifican

en la relación anexa y en los respectivos

Ayuntamientos de Alicante y Elche (lugar de reunión:

Secretaría), sin perjuicio de trasladarse a las fincas

afectadas si se estimare necesario, y, si procede,

formalizar la ocupación de los bienes y derechos

afectados, según lo dispuesto en el artículo 52 de

la Ley de Expropiación Forzosa.

El presente señalamiento será notificado por

cédula a los titulares de derechos afectados de las fincas

que se expresan en la relación anexa, para que,

en el día y hora señalados, comparezcan en el

Ayuntamiento en que radican los bienes afectados, como

punto de reunión al efecto indicado.

A dicho acto deberán asistir los interesados,

personalmente o bien representados por persona

debidamente autorizada para intervenir en su nombre,

aportando los documentos acreditativos de su

titularidad, documento nacional de identidad y el último

recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que

corresponda al bien afectado, pudiendo hacerse

acompañar, a su costa, de Perito y Notario, si lo

estiman oportuno.

La unión temporal de empresas concesionaria,

"Cadagua, Sociedad Anónima"; "Necso

Entrecanales Cubiertas, Sociedad Anónima"; "Infilco,

Sociedad Anónima", y "Ferrovial-Agromán, Sociedad

Anónima", asume en el expediente de expropiación

los derechos y obligaciones del beneficiario de la

expropiación que regula la mencionada Ley y el

Reglamento de Expropiación Forzosa.

Asimismo, se hace constar que, a tenor de lo

previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, y en la norma segunda del artículo

52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el presente

anuncio servirá como notificación a los posibles

interesados no identificados, a los titulares de bienes

y derechos afectados que sean desconocidos y a

aquellos respecto de quienes sea ignorado su

paradero.

Madrid, 26 de julio de 2000.-El Director general

de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas, José

María Piñero Campos.-&47.383.

Anexo

Término municipal de Alicante

Número de finca: 1. Titular y domicilio: Don

Francisco Bonmatí Piñol, Agua Amarga, número 71,

Alicante. Citación: Día 26 de septiembre de 2000,

a las once horas, Ayuntamiento de

Alicante-Secretaría. Datos catastrales: Naturaleza rústica-polígono,

37-parcela 20. Paraje: Agua Amarga. Expropiación:

1,7247 hectáreas, calificación terreno-matorral.

Término municipal de Elche

Número de finca: 301. Titular y domicilio: Doña

Asunción Sansano Miñana, calle Luis Gonzaga

Llorente, número 1, Elche (Alicante). Citación: Día

27 de septiembre de 2000, a las once horas,

Ayuntamiento de Elche, Secretaría. Datos catastrales:

Naturaleza rústica, polígono 183, parcela 59. Paraje:

Peña de las Águilas. Expropiación: 1,4972 hectáreas,

calificación terreno-lomas.

Número de finca: 302. Titular y domicilio: Don

José Botella Calvo, calle Reina Victoria, número

16, entresuelo, Elche (Alicante). Citación: Día 27

de septiembre de 2000, a las doce horas,

Ayuntamiento de Elche, Secretaría. Datos catastrales:

Naturaleza rústica, polígono 183, parcela 80. Paraje:

Peña de las Águilas. Expropiación: 0,2779 hectáreas,

calificación terreno-lomas.

Número de finca: 303. Titular y domicilio:

"Pasucosi, Sociedad Limitada", Altabix, polígono 1,

número 81 A, Elche (Alicante). Citación: Día 27

de septiembre de 2000, a las trece horas,

Ayuntamiento de Elche, Secretaría. Datos catastrales:

Naturaleza rústica, polígono 183, parcela 80. Paraje:

Peña de las Águilas. Expropiación: 0,2396 hectáreas,

calificación terreno-lomas.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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