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Documento BOE-B-2000-185091

Resolución de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental relativa a la expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por obras de ejecución del proyecto clave 12-GR-2830, "Autovía Bailén-Motril, CN-323 de Bailén a Motril. Tramo: Alhendín-Dúrcal. Provincia de Granada". Modificado número 1.

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 3 de agosto de 2000, páginas 10673 a 10674 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2000-185091

TEXTO

Con fecha 11 de enero de 2000, la Dirección

General de Carreteras aprueba el proyecto reseñado

y ordena a esta Demarcación la incoación del

expediente de expropiación forzosa de los terrenos

necesarios para la ejecución de las correspondientes

obras. Tal aprobación lleva implícitas las

declaraciones de utilidad pública y necesidad de ocupación,

a los fines de expropiación, de ocupación temporal

o de imposición o modificación de servidumbre,

conforme lo establecido en el artículo 8 de la vigente

Ley de Carreteras de 29 de julio de 1988.

Por Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de

julio de 1999, se declara la urgente ocupación de

los bienes y derechos afectados de expropiación

forzosa como consecuencia de cualquiera de las obras

de ejecución de la mencionada autovía. La

tramitación del correspondiente expediente expropiatorio

se ha de ajustar, por tanto, a lo previsto en los

artículos 52 de la vigente Ley de Expropiación

Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y concordantes

de su Reglamento de 26 de abril de 1957.

Por cuanto antecede, esta Demarcación, en uso

de las facultades que le otorga el artículo 98 de

la mencionada Ley, resuelve:

Primero.-Incoar el expediente de expropiación

forzosa en los términos y a los efectos previstos

en los artículos 21.1 y 36.2 de la Ley de

Expropiación Forzosa.

Segundo.-Publicar la relación de interesados,

bienes y derechos afectados (anexo I) en el tablón

de anuncios de esta Demarcación y de los

Ayuntamientos de Padul, Villamena, Dúrcal y Nigüelas,

así como en el "Boletín Oficial del Estado" y en

el "Diario Ideal". La publicación en los boletines

oficiales servirá como notificación a los posibles

interesados no identificados, a los titulares de bienes

y derechos afectados que sean desconocidos y

aquéllos de quienes se ignore su paradero.

Tercero.-Señalar los días y horas que se

especifican al final de esta Resolución para proceder,

en el Ayuntamiento correspondiente a cada término

municipal, al levantamiento de las actas previas a

la ocupación, sin perjuicio de trasladarse al terreno

afectado si se estima necesario. Atendiendo a lo

señalado en la mencionada regla 2 del artículo 52,

de tal emplazamiento se dará traslado a cada uno

de los interesados mediante citación individual.

A dicho acto deberán asistir los titulares de los

bienes y derechos que se expropian, personal o

legalmente representados, aportando los documentos

acreditativos de su titularidad y el último recibo

del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pudiendo

hacerse acompañar, a su costa, de Peritos y de

Notario.

Conforme establece el artículo 56.2 del

Reglamento de Expropiación Forzosa, publicada esta

Resolución y hasta el momento del levantamiento

de las citadas actas previas, los interesados podrán

formular, por escrito y ante esta Demarcación

(avenida de Madrid, 7, 18071 Granada), alegaciones

a los solos efectos de subsanar posibles errores que

se hayan producido al relacionar los bienes afectados

por la urgente ocupación.

Los días y horas señalados para proceder al

levantamiento de las actas previas a la ocupación son

los siguientes:

Ayuntamiento de Padul: Día 28 de agosto de

2000, de diez a doce horas.

Ayuntamiento de Villamena: Días 29 y 30 de

agosto de 2000, de nueve a catorce horas.

Ayuntamiento de Dúrcal: Día 1 de septiembre,

a las nueve horas.

Ayuntamiento de Nigüelas: Día 1 de septiembre,

de once treinta a doce treinta horas.

Granada, 7 de julio de 2000.-El Jefe de la

Demarcación, Domingo Quesada Martos.-46.489.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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