BOE núm. 185 Jueves 3 agosto 2000 10691
exteriorización como el actual, de tipo emergente,
sino para un mercado de previsión social
consolidado y estable; por lo que el incumplimiento de
dicha condición, en el caso de mediadores, no se
considera excluyente.
Madrid, 27 de julio de 2000.-El Secretario
general, Francisco Félix González García.-46.807.
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