Notificación a "BSN Vidrio España, Sociedad
Anónima", de fallo dictado por el Tribunal
Económico-Administrativo Central, en el expediente
R.G. 8192-96, por aplicación de lo dispuesto en
el artículo 86 del Reglamento de Procedimiento en
las Reclamaciones Económico-Administrativas.
Al no haberse podido notificar en el domicilio
que consta en la actuaciones, según comunica el
Servicio de Correos, por el presente, se notifica
"BSN Vidrio España, Sociedad Anónima", que por
el Tribunal Económico-Administrativo Central, y en
el expediente R.G. 8192-96, seguido a instancia por
el Impuesto de Sociedades, se ha dictado resolución
en sesión del día 3 de noviembre de 1999, cuya
parte dispositiva dice lo siguiente:
"Este Tribunal Económico-Administrativo
Central, en Sala, en el presente recurso de alzada
interpuesto por "BSN Vidrio España, Sociedad
Anónima", contra la Resolución del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Madrid, de fecha
29 de marzo de 1996, recaída en el expediente de
reclamación número 1868/94, por el Impuesto
sobre Sociedades (solicitud de rectificación del
modelo 210 de no residentes) acuerda: 1.o Estimar
el recurso interpuesto; 2.o Revocar la resolución
recurrida y el acuerdo impugnado, ordenando que
se repongan las actuaciones a la oficina gestora,
a fin de que proceda a la citación devolución."
Lo que se le notifica, indicando que contra el
referido fallo podrán los interesados interponer
recurso contencioso-administrativo ante la
Audiencia Nacional, dentro del plazo de dos meses,
contados desde el día siguiente al de finalización de
la publicación del presente anuncio.
Madrid, 23 de diciembre de 1999.-El Vocal de
la Sección, Francisco Eiroa Villarnovo.-2.021.
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