Obra: Construcción de glorieta en la intersección
de las carreteras N-630, de Gijón al puerto de Sevilla,
y N-523, punto kilométrico 556,500. Tramo:
Travesía de Cáceres. Clave: 33-CC-2580.
Aprobado en fecha 23 de marzo de 1988, el
proyecto epigrafiado y dada su inclusión en el programa
de actuaciones prioritarias en carreteras, está
declarado de urgencia según el artículo 72 de la Ley
42/1994, de 30 de diciembre, siendo de aplicación
el procedimiento establecido en el artículo 52 de
la vigente Ley de Expropiación Forzosa, respecto
a los bienes y derechos afectados por las obras del
referido proyecto.
En su virtud, la Jefatura de esta Demarcación
de Carreteras ha resuelto:
Primero.-Publicar la convocatoria para el
levantamiento de las actas previas a la ocupación a que
se refiere el artículo 52.2 de la Ley de Expropiación
Forzosa, en el tablón oficial del Ayuntamiento
donde radican los bienes afectados y, en resumen, en
el "Boletín Oficial del Estado", "Boletín Oficial" de
la provincia, y en el diario "Extremadura" de
Cáceres, señalándose que la comparecencia tendrá lugar
en el indicado Ayuntamiento, desde donde se irá
al terreno, cuando fuere conveniente practicar un
nuevo reconocimiento del mismo, para iniciar el
levantamiento de las actas previas a la ocupación
con la siguiente cronología, con expresión de fecha
y hora:
Ayuntamiento de Cáceres, el día 12 de septiembre
de 2000, de las diez a las catorce treinta horas.
Segundo.-Notificar individualmente a los titulares
el día, hora y lugar del levantamiento de las actas
de las fincas de su presunta propiedad, al que habrán
de asistir personalmente o representados por
persona debidamente autorizada, portando los
documentos acreditativos de su personalidad y de la
titularidad de los bienes y derechos afectados, pudiendo
hacerse acompañar, si así lo desean, y con gastos
a su costa, de Peritos y Notario, advirtiéndose que,
en caso de incomparecencia, se entenderán las
diligencias con el Ministerio Fiscal, según previene el
artículo 5.o de la Ley de Expropiación Forzosa.
Tercero.-Significar que de acuerdo con lo previsto
en el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de
Expropiación Forzosa, los interesados, hasta el
momento del levantamiento del acta previa, podrán
formular por escrito ante la Demarcación de
Carreteras del Estado en Extremadura, sita en la avenida
de Europa, 1 (06071 Badajoz), alegaciones
fundadas, sin carácter de recurso, a los efectos de subsanar
posibles errores u omisiones que se hayan producido
en la relación y en el plano parcelario de las
afectaciones contempladas por la urgente ocupación,
documentos que podrán consultarse por quienes lo
soliciten en el Ayuntamiento donde radiquen los
bienes sometidos a la expropiación y en la unidad
de carreteras de Cáceres, sita en plaza de Santa
María, sin número.
Badajoz, 27 de junio de 2000.-El Jefe de la
Demarcación, Manuel Bruno Romero.-&48.787.
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