Desconociéndose los domicilios actuales de los
propietarios que constan en el expediente de su
razón, se hace público, a los efectos de notificación
previstos en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, modificada por Ley 4/1999,
de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, el siguiente requerimiento a las
personas cuyo último domicilio conocido se detalla:
Doña María Fernanda Sánchez García. Paseo
López Orduña, 25, Las Palmas de Gran Canaria.
Don Antonio Mateos Díaz. Paseo López Orduña,
24, Las Palmas de Gran Canaria.
Doña Carmen Quesada Santos. Calle Pino
Canario, 17, La Laguna.
Don Juan Hernández Espinosa. Calle Pino
Canario, 17, La Laguna.
Doña Olga Izquierdo de la Rosa. Calle Veinticinco
de Julio, 53, Santa Cruz de Tenerife.
Don Ángel Cruz Fernández. Calle Veinticinco
de Julio, 53, Santa Cruz de Tenerife.
Doña María del Pilar Cuesta García. Calle Pedro
J. Mendizábal, 15. Santa Cruz de Tenerife.
Don Cristóbal Rijo Abreu. Calle Pedro J.
Mendizábal, 15, Santa Cruz de Tenerife.
Don Cayetano García García. Barrio Salud Alto,
bloque 17, Santa Cruz de Tenerife.
Por medio del presente se les comunica que
habiendo incumplido el requerimiento de esta
Autoridad Portuaria para que procedieran, en su calidad
de copropietarios, a retirar los restos del buque en
construcción denominado "Construcción
número 19", que se encontraba en aguas del puerto de
Avilés, en un estado de abandono total, así como
parcialmente hundido, esta Autoridad Portuaria ha
procedido a la retirada del mismo, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 107.2 de la Ley 27/1992,
de 24 de noviembre, modificada por Ley 62/1997,
de 26 de diciembre, de Puertos del Estado y de
la Marina Mercante.
De acuerdo con lo dispuesto en el mismo precepto
los propietarios del buque están obligados a sufragar
los gastos ocasionados. Por ello se les requiere para
que, en el plazo improrrogable de quince días
naturales a contar desde la publicación del presente
anuncio, procedan a abonar a esta Autoridad
Portuaria el pago de los gastos ocasionados por la
retirada de los restos del mencionado buque, que
ascienden a la cantidad de cuatro millones ochocientas
cincuenta mil (4.850.000) pesetas, incluido el IVA,
así como la posterior retirada de los restos del buque
de su actual emplazamiento en la zona de servicio
del puerto de Avilés.
Transcurrido dicho plazo sin haber sido
verificadas por los interesados las actuaciones objeto del
presente requerimiento, y de acuerdo con el
mencionado artículo 107 de la Ley de Puertos del Estado
y de la Marina Mercante, esta Autoridad Portuaria
procederá a la enajenación de los restos del buque,
deduciendo del importe obtenido los gastos
ocasionados y el importe de las tarifas de las que sean
deudores, procediendo, si no fuera suficiente, a exigir
la diferencia por vía de apremio.
Avilés, 21 de agosto de 2000.-El Director,
Antonio Navarro Bidegain.-50.114.
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