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Documento BOE-B-2000-226066

Resolución de la Consejería de Industria, Turismo, Trabajo y Comunicaciones (Dirección General de Industria,Gobierno de Cantabria) por la que se otorga a la empresa "Electra de Viesgo, Sociedad Anónima", la autorización administrativa, la declaración en concreto de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de una línea eléctrica en el término municipal de Medio Cudeyo (expediente AT-60-97).

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 20 de septiembre de 2000, páginas 12318 a 12319 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-B-2000-226066

TEXTO

La empresa "Electra de Viesgo, Sociedad

Anónima", con domicilio social en la calle del Medio, 12,

Santander, ha solicitado ante la Dirección General

de Industria de la Consejería de Industrial Turismo,

Trabajo y Comunicaciones, la autorización

administrativa, la declaración, en concreto, de utilidad

pública y la aprobación del proyecto de ejecución

de la red de baja tensión en San Vitores. En

cumplimiento de los trámites que establecen los Decretos

2617/1966, de 20 de octubre, sobre las normas

para el otorgamiento de autorización administrativa

en materia de instalaciones eléctricas, y 2619/1966,

de 20 de octubre, por el que se aprueba el

Reglamento sobre Expropiación y Sanciones en Materia

de Instalaciones Eléctricas, que continúan en vigor,

de acuerdo con lo que prevé la disposición

transitoria primera de la Ley 54/1997, de 27 de

noviembre, del Sector Eléctrico, la solicitud mencionada

ha sido sometida a un período de información

pública, mediante el anuncio publicado en el "Boletín

Oficial de Cantabria", número 66, de 2 de abril

de 1998; en el "Boletín Oficial del Estado" número

92, de 17 de abril de 1998, y en el periódico "El

Diario Montañés", de 18 de julio de 1998.

Paralelamente al trámite de información pública, en

cumplimiento de lo que dispone el artículo 16.2 del

Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, se ha

notificado al único afectado, don Manuel Pontones Hoz,

para que pudiese formular las alegaciones

procedentes, y en cumplimiento de lo dispuesto en el

artículo 11 del mencionado Decreto 2619/1966, de

20 de octubre, se ha notificado al Ayuntamiento

de Medio Cudeyo. Dentro del plazo otorgado ha

presentado alegaciones don Ángel Cobo Teja,

exponiendo que en la relación de afectados aparecida

en el anuncio de información pública se señala a

don Manuel Pontones Hoz como propietario de

las parcelas 325 y 326, siendo el propietario legítimo

de la parcela 326 la Junta Vecinal de San Vitores,

demostrándolo documentalmente. Cumplidos los

trámites administrativos establecidos en la

Ley 54/1997 y en los Decretos 2617/1966 y

2619/1966, ambos de 20 de octubre, ya citados;

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, y demás normas

de legal y vigente aplicación.

Visto que de acuerdo con lo que dispone el Real

Decreto 1903/1996, de 2 de agosto y el

Decreto 99/1996, de 26 de septiembre, la competencia

para autorizar instalaciones eléctricas provinciales

corresponde a la Dirección General de Industrial.

Visto el informe favorable del Servicio de Energía,

resuelvo:

Primero.-Aprobar el proyecto de ejecución a la

empresa "Electra de Viesgo I, Sociedad Anónima",

la instalación eléctrica red de baja tensión en San

Vitores, con las características técnicas siguientes:

Línea eléctrica: Tensión, 3 ^ 380/220 V; longitud,

33 metros; número de circuitos, uno; conductor,

rz 4^25 Al; apoyos, un apoyo hormigón 9/630;

origen de la línea, apoyo hormigón existente; fin

de la línea, apoyo fin de línea proyectado.

Segundo.-Declarar la utilidad pública de la

instalación eléctrica que se autoriza, conforme a lo

dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la

Ley 54/1997, de 27 de noviembre, que llevará

implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación o

de adquisición de los derechos afectados de los

propietarios con los que el solicitante no ha llegado

a un acuerdo, e implicará su urgente ocupación a

los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación

Forzosa, de 16 de diciembre de 1954. Esta

Resolución se dicta de acuerdo con lo dispuesto en la

normativa anteriormente citada y sometida a las

condiciones especiales siguientes:

Primera.-Las instalaciones deberán realizarse de

acuerdo con el proyecto técnico firmado por el

Ingeniero Industrial don José Fernández García, y visado

por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de

Santander, con el número 696/97, de 10 de octubre

de 1997.

Segunda.-La empresa titular será la responsable

del uso, la conservación y el mantenimiento de la

instalación, de acuerdo con las condiciones de

seguridad que establece la normativa vigente.

Tercera.-El plazo para la puesta en marcha de

la instalación contemplada será de seis meses, a

contar desde la fecha de la última publicación de

esta Resolución.

Cuarta.-El titular comunicará al Servicio de

Energía el inicio de las obras, las incidencias y su

finalización, a efectos de reconocimiento definitivo y

extensión del acta de puesta en marcha.

Quinta.-La Administración dejará sin efecto la

presente Resolución en cualquier momento en que

observe el incumplimiento de las condiciones

impuestas.

Sexta.-La autorización se otorga sin perjuicio a

terceros y es independiente de las autorizaciones

o licencias de competencia de otros organismos.

Contra esta Resolución, que no agota la vía

administrativa, se podrá interponer recurso de alzada

ante el Consejero de Industria, Turismo, Trabajo

y Comunicaciones del Gobierno de Cantabria, en

el plazo de un mes desde el día siguiente a su

notificación, de acuerdo con lo establecido en los

artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero.

Santander, 4 de septiembre de 2000.

Santander, Cantabria, 16 de agosto de 2000.-El

Director general de Industria, P. A., el Jefe de

Servicio de Fomento, Eduardo de la Mora

Laso.-52.014.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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