Content not available in English
Considerando lo que prevé el título 5 de la Ley
34/1998, de 7 de octubre, del Sector de
Hidrocarburos, y de acuerdo con la Resolución de 6 de
julio de 2000, de autorización administrativa y
declaración de utilidad pública que lleva implícita la
necesidad de ocupación de los bienes y los derechos
afectados por la ejecución del proyecto de
religamiento técnico entre las redes existentes de gas
natural, 01-DN-16'' 45 bares, en el término municipal
de La Roca del Vallès, y la 00-DN-8'' 16 bares,
en el término municipal de Argentona, a los efectos
previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa, de 16 de diciembre de 1954; considerando
que la relación concreta e individualizada de los
bienes y derechos afectados, en cumplimiento de
lo que exige el artículo 17 de la Ley de Expropiación
Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, ha sido
sometida a un período de información pública mediante
el anuncio publicado en el "Diario Oficial de la
Generalidad de Cataluña" número 2766, de 16 de
noviembre de 1998; en el "Boletín Oficial del
Estado" número 281, de 24 de noviembre de 1998,
y en los diarios "Avui" de 20 de noviembre de
1998; "La Vanguardia" de 20 de noviembre de 1998;
"El Punt" (edición de El Maresme), de 20 de
noviembre de 1998, y "El 9 Nou" (edición de El
Vallés Oriental), de 20 de noviembre de 1998.
De acuerdo con lo que prevé la citada Ley de
expropiación forzosa, resuelvo:
Fijar las fechas siguientes para proceder a la
redacción de las actas previas a la ocupación de los bienes
y derechos afectados, en los términos municipales
que se indican:
Término municipal de La Roca del Vallès, el día
11 de octubre de 2000, a las nueve treinta horas.
Término municipal de Argentona, el día 16 de
octubre de 2000, a las diez horas.
Esta resolución se notificará individualmente a
las personas interesadas que figuran en la relación
expuesta en el tablón de anuncios de los
Ayuntamientos afectados y de esta Dirección General
de Energía y Minas (avenida Diagonal, 514,
segundo, 08006 Barcelona).
Han de asistir al acto los titulares de los bienes
y derechos afectados, personalmente o
representados por una persona debidamente autorizada;
deberán presentar los documentos acreditativos de su
titularidad y el último recibo de la contribución que
corresponda al bien afectado y, si lo estiman
conveniente, pueden ir acompañados, a su cargo, de
un Perito y/o un Notario.
Las reuniones tendrán lugar en las sedes del
Ayuntamiento antes mencionados.
A continuación los asistentes se trasladarán, si
procede, a los terrenos afectados para proceder a
la redacción de las actas.
Barcelona, 15 de septiembre de 2000.-El Jefe
de la Sección de Gas Canalizado, Llorenç Vegas
del Pino.-&53.464.
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid