Está Vd. en

Documento BOE-B-2000-231145

Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el estudio informativo complementario del proyecto "Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa. Tramo: Madrid-Zaragoza, subtramo V-b".

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 26 de septiembre de 2000, páginas 12612 a 12613 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2000-231145

TEXTO

1. Antecedentes: Mediante Resolución de 17 de

abril de 1998, de la Dirección General de Calidad

y Evaluación de Impacto Ambiental, fue formulada

declaración de impacto ambiental sobre el estudio

informativo "Línea de Alta Velocidad

Madrid-Barcelona-Frontera Francesa. Tramo:

Madrid-Zaragoza, subtramo Madrid-Calatayud".

Con fecha 29 de abril de 1998, fue aprobado,

mediante Resolución de la entonces Secretaría de

Estado de Infraestructuras y Transportes, el estudio

informativo "Línea de Alta Velocidad

Madrid-Za

ragoza-Barcelona-Frontera Francesa. Tramo:

Madrid-Zaragoza, subtramo Madrid-Calatayud",

indicando el apartado 3.1 del cuerpo resolutivo de

la misma que en los proyectos constructivos se

tendrían en cuenta las prescripciones establecidas en

el condicionado de la declaración de impacto

ambiental y que incluirían siempre que fuera

técnicamente viable, de acuerdo con los requisitos

funcionales de la línea, las modificaciones puntuales

de trazado establecidas en el punto 1 de la

declaración de impacto ambiental.

En el punto 1.2 del condicionado de dicha

declaración se establecía que sobre la alternativa

seleccionada se realizaría siempre que fuera técnicamente

posible las siguientes modificaciones entre las que

se cita:

"En la zona de Torija y Trijueque, entre los puntos

kilómetros 72,250 a 95,000, aproximadamente, con

objeto de preservar las masas boscosas de encinas

más valiosas, se desplazará la traza hacia el noroeste

de forma que pase entre la urbanización "La

Beltraneja" (punto kilométrico 81) y la N-II..."

El 23 de diciembre de 1998, la Secretaría de

Estado de Infraestructuras y Transportes aprobó el

proyecto constructivo "Línea de Alta Velocidad

Madrid-Barcelona-Frontera Francesa. Tramo:

Madrid-Zaragoza, subtramo V-b", que incluye el

citado tramo entre las localidades de Aldeanueva de

Guadalajara y Gajanejos, discurriendo al sur de la

ubanización de "La Beltraneja" y que pretendía

conseguir el objetivo del condicionado de la declaración

de impacto ambiental en el sentido de minimizar

la afección a las masas boscosas de encinas,

procediéndose a licitar las correspondientes obras.

Considerando que corresponde al Ministerio de

Fomento, como órgano promotor del proyecto,

determinar y justificar las razones técnicas que hacen

inviable el trazado cuya modificación se establecía

en la D.I.A., y cumplir, en la mayor medida posible,

el objetivo ambiental que se pretende con la

condición de la D.I.A., en cuestión, el Ministerio de

Fomento remitió a la Dirección General de Calidad

y Evaluación Ambiental un informe en el que se

señalaban las características que concurrían en el

trazado aprobado y que lo hacían inviable

técnicamente entre las que cabe mencionar: La limitación

de velocidad de circulación que se produciría en

la zona, así como la afección paisajística, y los

problemas de seguridad al discurrir coincidente con

el oleoducto Rota-Zaragoza y la afección a la

circulación de la carretera N-II y la Cañada Real.

Dado que la solución adoptada discurría alejada

a la inicialmente sometida a información pública,

con fecha 3 de enero de 2000, la Secretaría de

Estado de Infraestructuras y Transportes, aprobó

el orden de estudio para la redacción del estudio

informativo complementario de la "Línea de Alta

Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera

Francesa. Tramo: Madrid-Zaragoza, subtramo V-b",

donde se analicen y comparen las diferentes

alternativas viables entre los términos municipales

señalados.

Con fecha 1 de febrero de 2000, la Secretaría

de Estado de Infraestructuras y Transportes aprobó

técnicamente el estudio informativo

complementario de referencia, ordenando que se incoase el

correspondiente expediente de información pública y

oficial, de acuerdo con lo establecido en la Ley de

Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT)

y en el Real Decreto 1302/1986, de Evaluación

de Impacto Ambiental.

La información pública se anunció en el "Boletín

Oficial del Estado" de fecha 9 de febrero de 2000

y en el "Boletín Oficial Provincial de Guadalajara"

de la misma fecha.

El estudio informativo complementario analiza

dos alternativas denominadas "A" y "B"

respectivamente, a escala 1/5.000. El trazado de la

alternativa "A" coincide con el del proyecto constructivo

del subtramo V-b.

En la aprobación técnica de este estudio

informativo complementario se seleccionaba como

solución más idónea tras un análisis multicriterio, la

alternativa "A".

2. Informe del Servicio Jurídico: El Abogado

del Estado-Jefe, mediante escrito de fecha 18 de

mayo de 2000, ha informado que la tramitación

seguida en la información pública del estudio

informativo complementario del proyecto "Línea de Alta

Velocidad Madrid-Barcelona-Frontera Francesa.

Tramo: Madrid-Zaragoza, subtramo V-b", se ajusta

a lo dispuesto en los artículos 227 y 228 del

Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes

Terrestres, aprobado por Real Decreto 1211/1990,

de 28 de septiembre, y demás disposiciones que

resultan de aplicación.

3. Declaración de impacto ambiental: Con

fecha 11 de julio de 2000, la Dirección General

de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio

de Medio Ambiente, ha considerado que los

trazados planteados en el estudio informativo

complementario son ajustes de trazado sobre las

primeras alternativas consideradas, por lo que no

procede realizar una nueva declaración de impacto,

siendo válidos los criterios ambientales y las medidas

preventivas y correctoras recogidas en la declaración

inicial de 17 de abril de 1998.

4. Informe de la Subdirección General de Planes

y Proyectos de Infraestructuras Ferroviarias: La

Subdirección General de Planes y Proyectos de

Infraestructuras Ferroviarias elevó, con fecha 28 de julio

de 2000, la propuesta de aprobación del expediente

de información pública y aprobación definitiva del

estudio informativo complementario del proyecto

"Línea de Alta Velocidad

Madrid-Barcelona-Frontera Francesa. Tramo: Madrid-Zaragoza. Subtramo

V-b".

5. Resolución: A la vista de todo lo expuesto

anteriormente, esta Secretaría de Estado resuelve:

1. Hacer constar que el expediente reseñado

cumple con lo preceptuado en la Sección Primera,

capítulo 2.o del vigente Reglamento de la Ley de

Ordenación de los Transportes Terrestres (Real

Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre).

2. Aprobar el expediente de información pública

y definitivamente el estudio informativo

complementario del proyecto "Línea de Alta Velocidad

Madrid-Barcelona-Frontera Francesa. Tramo:

Madrid-Zaragoza. Subtramo V-b", seleccionando

como alternativa a desarrollar en el proyecto

constructivo la denominada alternativa "A". Esta

alternativa se genera combinando los siguientes

subtramos en los que se ha dividido el tramo completo

que abarca el estudio informativo:

Subtramos 1, 2 y 3: Corresponden a la solución

desarrollada en el proyecto constructivo de la "Línea

de Alta Velocidad Madrid-Barcelona-Frontera

Francesa. Tramo: Madrid-Zaragoza. Subtramo V-b",

aprobado el 23 de diciembre de 1998, entre los

puntos kilométricos 553+440 y 573+004,067.

Subtramo 4: Corresponde a la solución

desarrollada en el proyecto constructivo de la "Línea de

Alta Velocidad Madrid-Barcelona-Frontera

Francesa. Tramo: Madrid-Zaragoza. Subtramo V-a y b",

de abril de 1998, entre los puntos kilométricos

600+000 y 606+000.

3. Durante la redacción del proyecto

constructivo se mantendrán los contactos necesarios con

las empresas de servicios afectados con el fin de

coordinar y diseñar correctamente cuantas

interferencias pudieran existir.

4. La reposición de viales y servidumbre en el

estudio informativo se considerará de nuevo en el

proyecto constructivo para analizar posibles

modificaciones, así como la ejecución de nuevos pasos

o caminos. Durante la redacción de dichos proyectos

se mantendrán contactos con los Ayuntamientos,

asociaciones y otras instituciones interesadas, para

concretar con exactitud los caminos y pasos que

haya que reponer o construir, así como prever la

reposición de redes de riegos, acequias y demás

servicios afectados.

5. En las zonas en que se prevea puedan existir

yacimientos arqueológicos se realizará, antes de

iniciarse las obras, una campaña de reconocimiento,

a fin de preservar el patrimonio artístico y cultura.

Madrid, 28 de julio de 2000.-El Secretario de

Estado de Infraestructuras, Benigno Blanco

Rodríguez.-53.087.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid