De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 75 de la Ley de Ordenación de los Transportes
Terrestres y artículos 77 y siguientes de su
Reglamento, el ilustrísimo señor Director general de
Ferrocarriles y Transportes por Carretera ha
dispuesto:
Primero.-Autorizar las ampliaciones de itinerario
siguiente:
a) Entre Concha y Lanestosa, con paradas en
Soscaño, Tres Palacios, Llano, Otides, San Cipriano,
Treto y Sangrices.
b) Entre Malabrigo y Balmaseda, con paradas
en Venta del Sol, El Arroyo y Balmaseda.
Segundo.-Autorizar paradas en La Tejera,
Traslosheros y San Miguel.
Tercero.-Las condiciones jurídicas, técnicas y
económicas aplicables a las modificaciones que se
autorizan serán las que rigen actualmente en la
concesión VAC-065.
Cuarto.-La empresa concesionaria comunicará
en el plazo de diez días la fecha de iniciación del
nuevo servicio, acompañando los cuadros de precios
y horarios correspondientes, que habrán de ser
aprobados por esta Dirección General, así como un
plano de la concesión en el que se incluyan las
modificaciones autorizadas.
Contra la presente resolución podrá interponerse
recurso de alzada ante el ilustrísimo señor
Subsecretario del Ministerio de Fomento en el plazo de
un mes, contado a partir del día siguiente al de
la notificación de la misma, de acuerdo con lo
dispuesto en los artículos 107 y 114 de la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 27 de junio de 2000.-El Director general,
Juan Miguel Sánchez García.-54.582.
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