Esta Dirección de la Autoridad Portuaria de
Pasajes, de conformidad con lo establecido en el
artículo 43.2.b) de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre,
de Puertos del Estado y de la Marina Mercante,
en su redacción dada por la Ley 62/1997, de 26
de diciembre, es competente para la incoación y
tramitación de los expediente sancionadores que se
tramitan en el puerto de Pasajes.
En virtud de lo expuesto y en aplicación de lo
establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificado por la
Ley 4/1999, de 13 de enero, sobre delegación de
competencias, se adopta la presente resolución.
Se delega en el Jefe de la División de Operaciones
Terrestres de la Autoridad Portuaria de Pasajes la
competencia para la incoación y tramitación de los
expedientes sancionadores que se tramiten, en
relación con el estacionamiento y circulación de
vehículos en el puerto de Pasajes.
La presente resolución surtirá efectos a partir del
día siguiente al de su publicación en el "Boletín
Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial de
Gipuzkoa".
Pasaia, 19 de septiembre de 2000.-El Director,
Rafael L. Segura.-&55.079.
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