Contido non dispoñible en galego
Don Juan Antonio Gallardo López, Jefe de Área
Jurídica del Organismo Nacional de Loterías y
Apuestas del Estado, en funciones, y en relación
con el procedimiento sancionador que se sigue
contra doña Antonia Pinos García, por
irregularidades en el ejercicio de su cargo como
Administradora de Lotería Nacional,
Hago saber: Que por este edicto se comunica
a la citada Administradora de Loterías acuerdo de
incoación de procedimiento sancionador y pliego
de cargos, cuyo texto es el siguiente: "Según
información facilitada por el Servicio de Gestión y
Análisis, la Delegación Territorial de Barcelona y el Área
de Inspección de las actuaciones practicadas los
días 24 y 25 de agosto en la Administración de
Loterías número 08/186/0023 de Sabadell
(Barcelona) se detectó un descubierto provisional de
79.000 pesetas en lotería nacional y 1.148.349
pesetas en juegos activos, por lo que los Inspectores
procedieron, de conformidad con la orden de
comisión de servicio de 19 de agosto de 1999, a la
retirada de billetes de la Administración y, en
consecuencia, al cierre cautelar de la misma.
Asimismo, se le indicó a la titular de la
Administración que debería ingresar en el plazo de cinco
días hábiles el importe del descubierto, sin que se
tenga constancia de dicho ingreso en este organismo.
La titular se negó a firmar dicha comunicación,
así como el acta de visita.
Consecuentemente, se acuerda lo siguiente:
a) Incoar expediente administrativo a la titular
de la Administración de Loterías número 23 de
Sabadell.
b) Nombrar instructor a don Juan Gallardo
López y Secretario del expediente a don Carlos
Sáez Calzado, funcionarios de esa asesoría jurídica.
c) Solicitar de la compañía Aurora Polar el
importe del descubierto.
d) Una vez contestado por el interesado el pliego
de cargos y la propuesta de resolución, elevar la
resolución pertinente.
e) De acuerdo con lo previsto con la Orden
de 14 de abril de 1999 ("Boletín Oficial del Estado"
del 23) el plazo máximo para resolver y notificar
la resolución que, en su caso, recaiga en el presente
procedimiento será de seis meses a contar desde
el día de la fecha. Asimismo, podrá solicitar cuanta
información interese sobre el estado de tramitación
de este expediente en la dirección que figura al final
de esta comunicación.
Madrid, 6 de septiembre de 1999.-El Director
general, Luis Perezagua Clamagirand.
Sr. Asesor jurídico de Organismo Nacional de
Loterías y Apuestas del Estado.
Madrid, 30 de septiembre de 1999.-AJ.:
531/99/08-057 C. 02. asunto: Pliego de cargos.
JG/jm.
Doña Antonia Pinos García. Administración
23/ER 14.280. Sabadell (Barcelona).
Con motivo de las anomalías detectadas en esa
Administración de Lotería número 23/ER 14.280
de Sabadell (Barcelona), de la que usted es titular,
se ha acordado incoar el preceptivo procedimiento
sancionador (de cuya resolución se adjunta copia),
designando como Instructor y Secretario para la
sustanciación de dicho expediente a don Juan
Antonio Gallardo López, Jefe de Servicio del Área
Jurídica de este organismo, y a don Carlos Sáez Calzado,
Jefe de Sección de dicha Área, respectivamente,
y de conformidad con lo previsto en el artículo
205 de la Instrucción General de Loterías, artículos
112 y 113 de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas y 224 del Reglamento General
de Contratación en cuanto no se oponga a la anterior
norma, formulo al interesado el siguiente pliego de
cargos:
Haberse detectado en su Administración un
descubierto contable cifrado provisionalmente en
setenta y nueve mil (79.000) pesetas en concepto de
lotería nacional, y un millón ciento cuarenta y ocho
mil trescientas cuarenta y nueve (1.148.349) pesetas
en concepto de lotería primitiva.
Dado que los hechos citados inciden en el
supuesto previsto y sancionado en el artículo 202 de la
Instrucción General de Loterías, así como en los
artículos 4.e), 15.1.e) y f) del Real Decreto
1082/1985, de 11 de junio, y demás normativa
citada, se le notifican los anteriores cargos para que
proceda a su contestación en el plazo de quince
días establecido en el artículo 224 del Reglamento
General de Contratación, proponiendo, en su caso,
las pruebas o formulando las alegaciones que estime
convenientes a su derecho, con la advertencia de
que transcurrido dicho plazo sin haber efectuado
pliego de descargos, se entenderá que presta su
conformidad al cargo formulado.
El Instructor.-Firmado y rubricado.-Juan A.
Gallardo López."
Dado en Madrid a 2 de noviembre de 1999.-P.
S., el Jefe del Área Jurídica.-Firmado y
rubricado.-Juan A. Gallardo López.-2.980.
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