Se instruye por la Secretaría General de Política
Económica y Defensa de la Competencia del
Ministerio de Economía, con el número 2.199/00,
expediente de renovación de una práctica exceptuada.
Por auto de 1 de septiembre de 2000, el Tribunal
de Defensa de la Competencia acordó la incoación
de expediente para la renovación de la autorización
concedida al Centro de Cooperación Interbancaria,
con fechas 30 de diciembre de 1993, 7 de octubre
de 1994 y 16 de abril de 1998, para el
funcionamiento de un Registro de Aceptaciones
Impagadas (RAI).
Considerando que la Ley 16/1989, de 17 de julio,
de Defensa de la Competencia ("Boletín Oficial del
Estado" del 18), modificada por la Ley 52/1999,
de 28 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"
del 29), contempla la facultad del Tribunal de
Defensa de la Competencia de renovar los acuerdos
autorizados,
Esta Secretaría General, en cuanto órgano
instructor del expediente, y conforme a lo previsto
en el artículo 38.3 de la Ley 16/1989, ha acordado
abrir un período de información pública durante
diez días, a partir de la publicación de este aviso,
según lo preceptuado en el artículo 36.4 de la
Ley 16/1989, para que toda persona física o jurídica,
sea o no interesada, pueda aportar cualquier clase
de información y exponer cuantos datos estime
significativos acerca del objeto del referido expediente.
Madrid, 2 de octubre de 2000.-El Secretario
general de Política Económica y Defensa de la
Competencia, Luis de Guindos Jurado.-56.333.
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