La Alcaldía de Premià de Mar, en fecha 28 de
julio de 2000, adoptó la resolución del contenido
siguiente:
Decreto de Alcaldía: "M. Jesús Fanego I
Lorigados, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de
Premià de Mar. Haciendo uso de las atribuciones
que me confiere el artículo 51.1 de la Ley Municipal
y de Régimen Local de Cataluña. Advertido error
material en la página 70 del pliego de cláusulas
administrativas para la concesión de los servicios
de recogida y eliminación de residuos sólidos
urbanos, limpieza viaria y limpieza de playas en el
término municipal de Premià de Mar, y de
conformidad con lo que dispone el artículo 115.2 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, procede
rectificar este error material y dar publicidad de esta
corrección. He resuelto: Primero.-Rectificar el
redactado del anexo II que contiene el modelo de
proposición, pliego de cláusulas administrativas para
los servicios de recogida y eliminación de residuos
sólidos urbanos, limpieza viaria y limpieza de playas
en el térmimo municipal de Premià de Mar, de
la siguiente manera: Donde dice: "Precios unitarios
para recogida de sacos de escombros", ha de decir:
"Instalación y mantenimiento de papeleras".
Segundo.-Publicar la presente recitificación en el "Boletín
Oficial del Estado", "Boletín Oficial" de la provincia
y "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña",
por urgencia. Tercero.-Ratificar los acuerdos
anteriores en el próximo Pleno Municipal que se
celebre".
Premiá de Mar, 8 de agosto de 2000.-La
Alcaldesa, M. Jesús Fanego Lorigados.-59.558.
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