Visto el expediente referenciado y examinados los
documentos obrantes en el mismo se constatan los
siguientes:
Antecedentes de hecho
Primero.-Con fecha 12 de febrero de 1997,
"Compañía Sevillana de Electricidad I, Sociedad
Anónima", unipersonal, solicitó de esta Delegación
Provincial la autorización administrativa,
aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en
concreto, de utilidad pública acompañando relación
de propietarios y organismos públicos afectados.
Segundo.-Por Resolución de 21 de enero
de 1998, de la Delegación Provincial de Trabajo
e Industria de Granada autorizó la instalación
eléctrica referida, aprobó el proyecto de ejecución y
declaró, en concreto, la utilidad pública de la misma.
Tercero.-En fecha 5 de noviembre de 1998 don
Francisco Molino Molino, en representación de la
entidad mercantil Formularios Alborada, interpuso
recurso ordinario contra la anterior Resolución.
Cuarto.-Por Resolución de 4 de octubre de 1999,
del excelentísimo señor Consejero de Trabajo e
Industria, se estimó parcialmente dicho recurso
ordinario y ordenó la retroactividad del expediente.
Quinto.-Posteriormente la Procuradora doña
María José García Anguiano, en representación de
"Formularios Alborada, Sociedad Anónima"
interpuso recurso contencioso-administrativo número
3269/99 contra la Resolución del excelentísimo
señor Consejero.
Sexto.-Consta en el expediente Resolución de
informe ambiental favorable, emitido con fecha 24
de septiembre de 1997, por la Delegación Provincial
de la Consejería de Medio Ambiente de Granada,
el cual sigue siendo válido pues las actuaciones han
sido paralizadas por plazo superior a dos años por
causa no imputable al promotor o titular.
Séptimo.-De acuerdo con el artículo 53 de la
Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector
Eléctrico, y del artículo 17 del Decreto de 26 de abril
de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de
la Ley de Expropiación Forzosa, se sometió el
expediente a información pública, insertándose anuncios
en el "Boletín Oficial del Estado" número 153, de 27
de junio de 2000, "Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía" número 81, de 15 de julio de 2000,
"Boletín Oficial de la Provincia de Granada"
número 137, de 16 de junio de 2000, y diario "Ideal"
de Granada, de 30 de julio de 2000.
Asimismo se remitieron separatas y se recabó
informe a los siguientes organismos afectados:
Ayuntamiento de Santa Fe.
Diputación Provincial Obras Públicas y
Transportes.
"Telefónica de España, Sociedad Anónima".
Imponiendo condicionados que posteriormente
fueron aceptados por la empresa peticionaria o bien
siendo aprobados por ausencia de respuesta a la
reiteración de la solicitud de condicionado e informe.
Cuarto.-Durante el período de información
pública, no se presentaron alegaciones.
Quinto.-Consta en el expediente informe técnico
de Ingeniero adscrito al Servicio de Industria,
Energía y Minas de esta Delegación Provincial de
Granada, en el que se pone de manifiesto, que efectuada
inspección sobre el terreno, la traza de la línea no
está afectada por las prohibiciones, ni limitaciones
a que se hace mención en el artículo 57 de la Ley
54/1997, del Sector Eléctrico, y en los artículos
25 y 26 del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.
Fundamentos de Derecho
Primero.-Esta Delegación Provincial de la
Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico en
Granada es competente para conceder la solicitada
aprobación del proyecto de ejecución, declaración, en
concreto, de utilidad pública y expropiación forzosa
de la línea en cuestión, según lo dispuesto en el
Título I, artículo 13, apartado 14 del Estatuto de
Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley
Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, Decreto de
Presidente de la Junta de Andalucía 6/2000, de 28
de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y
Decreto 244/2000, de 31 de mayo, por el que se
regula la Estructura Orgánica de la Consejería de
Empleo y Desarrollo Tecnológico.
Segundo.-La aprobación de las instalaciones
eléctricas está regulada por el artículo 11 del Decreto
2617/1966, en vigor, en virtud de la disposición
transitoria primera de la Ley 54/1997, de 27 de
noviembre, del Sector Eléctrico.
La aprobación del proyecto de ejecución de
instalaciones eléctricas está regulado por el artículo
14 del Decreto 2617/1966.
De conformidad con lo establecido en el
artículo 54 de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, la
declaración de utilidad pública llevará implícita en
todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes
o adquisición de los derechos afectados e implicará
la urgente ocupación a los efectos del artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación, esta Delegación Provincial de
Empleo y Desarrollo Tecnológico, resuelve:
Primero.-Autorizar la instalación cuyas
características principales son las siguientes:
Peticionario: "Compañía Sevillana de
Electricidad I, Sociedad Anónima".
Características: Línea aérea de A.T. 20 Kv
de 1.346 metros con cable Al-Ac de 116,2
milímetros cuadrados (3^110) D/C, apoyos metálicos,
de subestación Santa Fe a Plásticos Andalucía,
situada en el término municipal de Santa Fe.
Presupuesto: 15.400.103 pesetas.
Finalidad: Mejorar la calidad del servicio de la
zona.
Segundo.-Aprobar el proyecto de ejecución de
la citada línea.
Tercero.-Declarar, en concreto, la utilidad
pública de la citada línea, que lleva implícita la necesidad
de ocupación de los bienes o de adquisición de
derechos e implica la urgente ocupación a los efectos
del artículo 54 de la Ley 54/1997, del Sector
Eléctrico y el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa.
Cuarto.-Acordar la imposición de servidumbres
y limitaciones de dominio de los bienes que se
relacionan en la relación de propietarios afectados del
anexo a esta Resolución, a los efectos previstos en
el artículo 56 de la Ley 54/1997.
Contra la presente Resolución, que no pone fin
a la vía administrativa, se podrá interponer recurso
de alzada ante el excelentísimo señor Consejero de
Empleo y Desarrollo Tecnológico, en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de su
notificación o a partir de la última de las
publicaciones de la presente Resolución, de conformidad
con lo establecido en los artículos 114 y 115 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Granada, 16 de octubre de 2000.-El Delegado
provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico,
Mariano Gutiérrez Terrón.-63.022.
Anexo
Relación de propietarios afectados
Datos del proyecto Datos catastro
Sup.
afectada
por el vuelo
-m2
Parcela Apoyo
Sup. apoyo
-m2
Vuelo
-m
Polig. Parc.
T. municipal Propietario Naturaleza
Santa Fe. 3 - - 78 708 19 62 Herederos de don José Carrillo Albornoz. Calle
Romero, número 2, Huétor-Vega.
Labor.
Santa Fe. 3 2 1,32 58 586,65 19 63 Herederos de don Carlos Montoro Pacheco. Calle
Romero, número 2, Huétor-Vega.
Labor.
Santa Fe. 27 - - 56 491,16 19 306 Formularios Arbolada. Calle Vereda Ganapanes,
número 31, Madrid.
Labor.
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