Resolución rectoral sobre rectificación de errores
en el anexo I del pliego de cláusulas administrativas
particulares que rige el concurso para adjudicar los
servicios de bar-cafetería en los distintos centros
de la Universidad Complutense de Madrid.
Con fecha 25 de octubre de 2000 se dicta
Resolución rectoral por la que se inicia el expediente
de contratación del concurso para adjudicar los
servicios de bar-cafetería en los distintos centros
de la Universidad Complutense de Madrid, que fija
el canon mínimo anual para cada uno de los centros.
Visto el pliego de cláusulas administrativas
particulares que rige el citado concurso, se comprueba
que en el anexo I del mismo no se ha especificado
que el canon mínimo es anual, tal y como establece
la Resolución rectoral.
En consecuencia, este Rectorado, de conformidad
con lo establecido en el artículo 105.2 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, ha resuelto:
Rectificar el anexo I del pliego de cláusulas
administrativas particulares que rigen el concurso para
adjudicar los servicios de bar-cafetería en los
distintos centros de la Universidad Complutense de
Madrid, en el sentido añadir a la especificación
"Canon mínimo", la expresión "anual", de tal forma
que diga: "Canon mínimo anual", acordando su
publicación en el "Boletín Oficial del Estado", a
fin de asegurar su máxima publicidad.
Madrid, 20 de noviembre de 2000.-El Rector
(Resolución de 30 de septiembre de 1999, "Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid" de 15 de
octubre), P. D. el Gerente general, Dionisio Ramos
Martínez.-64.948.
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