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Documento BOE-B-2000-284075

Resolución de la Delegación Provincial de Lugo, de 3 de noviembre de 2000, por la que se abre información pública para estudio ambiental, autorización administrativa, declaración de utilidad pública, aprobación del proyecto de ejecución y proyecto sectorial de las instalaciones que comprende el proyecto del Parque Eólico de Viveiro, promovido por "Gamesa Energía, Sociedad Anónima" (expediente número 034-EOL).

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 27 de noviembre de 2000, páginas 15726 a 15726 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-B-2000-284075

TEXTO

Por Resolución de 3 de noviembre de 2000, de

la Delegación Provincial de Lugo, a los efectos

previstos en el Decreto 442/1990, de 13 de septiembre,

de evaluación de impacto ambiental para Galicia,

Decreto 327/1991, de 4 de octubre, de Evaluación

de Efectos Ambientales para Galicia; en los

Decretos 2617/1996, sobre autorización de instalaciones

eléctricas, 2619/1966, sobre expropiación forzosa

y sanciones en materia de instalaciones eléctricas,

y artículos 53 y 54 de la Ley 54/1997, de 27 de

noviembre, del Sector Eléctrico, artículo 25 de la

Ley 10/1995, de Ordenación del Territorio de

Galicia, y Decreto 205/1995, por el que se regula el

aprovechamiento de la energía eólica en la

Comunidad Autónoma de Galicia, se ha sometido a

información pública la solicitud de la empresa "Gamesa

Energía, Sociedad Anónima", para el estudio

ambiental, autorización administrativa, declaración

de utilidad pública, que llevará consigo la urgente

ocupación de los bienes y derechos afectados, y

aprobación del proyecto de ejecución y del proyecto

sectorial de las instalaciones que comprende el

proyecto del Parque Eólico de Viveiro, con las siguientes

características:

Peticionaria: "Gamesa Energía, Sociedad

Anónima", avenida Do Cruceiro Da Coruña, 201-A,

15705 Santiago de Compostela.

Situación: Ayuntamientos de Viveiro y Xove (Lugo).

Emplazamiento: (Coordenadas poligonales en

unidades UTM):

V 1 ( 0 . 6 1 6 . 2 0 3 , 4 4 5 ; 4 . 8 3 6 . 4 3 6 , 6 0 3 ) ,

V 2 ( 0 . 6 1 6 . 3 0 4 , 0 9 1 ; 4 . 8 3 6 . 2 2 9 , 0 2 6 ) ,

V 3 ( 0 . 6 1 6 . 6 0 5 , 7 2 3 ; 4 . 8 3 5 . 9 6 1 , 4 2 6 ) ,

V 4 ( 0 . 6 1 9 . 9 4 1 , 8 7 5 ; 4 . 8 3 1 . 9 5 1 , 5 2 9 ) ,

V 5 ( 0 . 6 1 9 . 8 2 7 , 1 1 9 ; 4 . 8 3 1 . 7 8 7 , 7 2 6 ) ,

V 6 ( 0 . 6 1 7 . 9 6 8 , 8 8 2 ; 4 . 8 3 2 . 1 5 0 , 1 0 3 ) ,

V 7 ( 0 . 6 1 7 . 8 5 0 , 1 9 5 ; 4 . 8 3 2 . 3 1 1 , 0 8 0 ) ,

V 8 ( 0 . 6 1 7 . 8 6 2 , 6 5 8 ; 4 . 8 3 3 . 2 4 4 , 7 3 1 ) ,

V 9 ( 0 . 6 1 6 . 0 8 5 , 6 1 0 ; 4 . 8 3 2 . 0 4 5 , 8 2 9 ) ,

V 1 0 ( 0 . 6 1 5 . 1 4 9 , 9 0 1 ; 4 . 8 3 2 . 4 6 5 , 3 2 6 ) ,

V 1 1 ( 0 . 6 1 5 . 1 9 5 , 3 2 6 ; 4 . 8 3 2 . 6 6 0 , 0 9 9 ) ,

V 1 2 ( 0 . 6 1 7 . 4 5 9 , 0 8 1 ; 4 . 8 3 3 . 4 2 8 , 9 4 8 ) ,

V 1 3 ( 0 . 6 1 5 . 8 6 5 , 1 5 5 ; 4 . 8 3 3 . 4 6 9 , 3 7 1 ) ,

V 1 4 ( 0 . 6 1 5 . 4 6 8 , 0 9 9 ; 4 . 8 3 4 . 1 4 6 , 8 0 8 ) ,

V 1 5 ( 0 . 6 1 5 . 9 9 0 , 0 4 8 ; 4 . 8 3 5 . 1 2 3 , 6 7 6 ) ,

V16 (0.615.837,406; 4.836.349,347).

Características técnicas del Parque Eólico:

Número de aerogeneradores: 55.

Potencia nominal unitaria: 660 kW.

Potencia total instalada: 36,30 MW.

Tipo de aerogenerador: G-47.

Producción neta anual estimada: 103.283 MWh/año.

Presupuesto total: 4.555.414.913 pesetas.

Características técnicas de la infraestructura

eléctrica de generación, transformación e interconexión:

Cincuenta y cinco aerogeneradores tipo G-47 de

660 kW de potencia nominal unitaria.

Cincuenta y cinco centros de transformación de

775 kVA de potencia unitaria y relación de

transformación 0,69/20 kV, instalados unitariamente en

interior de torre de aerogenerador con su

correspondiente aparamenta de seccionamiento, maniobra

y protección.

Líneas de media tensión subterráneas para

evacuación de energía a 20 kV, de interconexión entre

centros de recogida de media tensión y subestación

transformadora 20/132 kV.

Subestación transformadora 20/132 kV para

evacuación de energía producida en el Parque Eólico

de Viveiro, compuesta por un transformador

principal 20/132 kV de 40 MVA ONAN de potencia

nominal y un transformador para servicios auxiliares

20/0,42-0,24 kV de 100 kVA de potencia nominal,

con los correspondientes equipos de control,

seccionamiento, maniobra, medida y protección.

Afección a fincas particulares:

S. E.: Las afecciones denominadas "Zapatas" y

"Plataforma" implican la expropiación de pleno dominio

de los terrenos afectados.

S. P.: Las afecciones denominadas "Viales" y

"Zanjas" implican la imposición de servidumbre de paso.

S. V.: Las afecciones denominadas "Vuelo" implican

la servidumbre de vuelo de las palas de los

aerogeneradores.

P. E.: Las afecciones denominadas "Protección

eólica" implican las siguientes licitaciones de dominio:

Prohibición de situar obstáculos de altura superior

a 10 metros (construcciones, árboles, postes y otros).

O. T.: Ocupación temporal de los terrenos durante

un plazo de dieciocho meses.

Lo que se hace público para conocimiento general

y de los propietarios de las fincas y demás titulares

afectados que no llegaron a un acuerdo con la

entidad solicitante, así como a las personas que siendo

titulares de derechos reales o intereses económicos

sobre los bienes afectados fuesen omitidos, para que

puedan examinar el proyecto y presentar sus

objeciones o alegaciones al mismo, en el plazo de treinta

días, en esta Delegación Provincial sita en edificio

administrativo Ronda da Muralla, 70 (27071 Lugo).

Es de significar que esta publicación se realiza

igualmente para los efectos determinados por el

artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

cuando los interesados sean desconocidos, se ignore

el lugar de notificación, o bien, intentada la

notificación no se pudiese realizar.

Lugo, 3 de noviembre de 2000.-El Delegado

provincial, Jesús Bendaña Suárez.-&64.534.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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