Finalizado el plazo de información pública abierto
a efectos de subsanar posibles errores que hubieran
podido producirse en la relación de bienes, derechos
y propietarios afectados por el expediente de
referencia, este Ministerio, en virtud de lo dispuesto
en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación
Forzosa, ha resuelto fijar para los días 18 de
diciembre de 2000, en el Ayuntamiento de La Secuita,
19 de diciembre de 2000, en el Ayuntamiento de
Perafort, 20 de diciembre de 2000, en el
Ayuntamiento de Perafort, el levantamiento de las actas
previas a la ocupación de los bienes y derechos
de necesaria utilización para las obras, situados en
los términos municipales de La Secuita y de Perafort.
Independientemente de la citación de carácter
personal que se realizará a cada uno de los titulares
de los bienes y derechos afectados, según lo
establecido en el artículo 52 de la vigente Ley de
Expropiación Forzosa, se expondrán las relaciones
completas de los mencionados propietarios en el tablón
de anuncios del respectivo Ayuntamiento, así como
en dos periódicos de máxima difusión en la
provincia. Dicho trámite será iniciado en los
Ayuntamientos de La Secuita y de Perafort, en los días
y horas indicados, donde deberán comparecer los
interesados con los documentos que acrediten tanto
su identidad como la titularidad de los bienes y
derechos expropiados.
Madrid, 24 de noviembre de 2000.-El Ministro,
P. D., el Director general de Ferrocarriles (Orden
de 25 de septiembre de 2000, "Boletín Oficial del
Estado" de 5 de octubre), Manuel Niño
González.-67.058.
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