El Real Decreto-ley 3/1992, de 22 de mayo, por
el que se adoptan medidas urgentes para reparar
los efectos producidos por la sequía, declaró de
interés general para la nación las obras de construcción
de la presa del Andévalo, así mismo por Acuerdo
del Consejo de Ministros de 30 de abril de 1999
se declaró la urgencia de ocupación de los bienes
necesarios.
En cumplimiento de lo preceptuado en los
artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de
16 de diciembre de 1954, y 56 y siguientes de su
Reglamento, se convoca a los propietarios para el
levantamiento de las correspondientes actas previas
a la ocupación, que tendrá lugar, según se publica
en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Puebla
de Guzmán (Huelva), el próximo día 19 de
diciembre, a las once treinta horas, en el Ayuntamiento
mencionado. No obstante lo anterior, si algún
afectado así lo solicita, el citado levantamiento se
producirá en los propios terrenos a expropiar.
A dicho acto podrán asistir los afectados
personalmente, o bien representados por una persona
debidamente autorizada para actuar en su nombre.
Aportarán la documentación acreditativa de la
titularidad de los bienes objeto de expropiación
(certificado del Registro de la Propiedad, escritura
pública o fotocopias compulsadas de esos documentos,
así como los recibos del IBI de los dos últimos
años, o fotocopias compulsadas de los mismos).
Los afectados pueden hacerse acompañar a su costa
de Perito y Notario, si lo estiman oportuno.
Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley
de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957,
las personas que se consideren afectadas podrán
formular por escrito ante esta Confederación hasta
el momento del levantamiento de las actas previas
a la ocupación, alegaciones a los solos efectos de
subsanar posibles errores que se hayan podido
producir al relacionar los bienes afectados.
Badajoz, 15 de noviembre de 2000.-El Secretario
general, Diego de la Cruz Otero.-66.382.
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